jueves, 25 de septiembre de 2025

Análisis de la Imprevisibilidad de la Política Arancelaria de Donald Trump y su Configuración como Fuerza Mayor o Hardship en la Contratación Internacional

Análisis de la Imprevisibilidad de la Política Arancelaria de Donald Trump y su Configuración como Fuerza Mayor o Hardship en la Contratación Internacional


Cristian Beltrán Barrero


Introducción


El 2 de abril de 2025, la administración de Donald Trump implementó una política arancelaria que impuso un arancel base del 10% a la mayoría de los países y aranceles recíprocos más altos a socios comerciales clave como China, la Unión Europea, Canadá y México. Esta medida, que reconfigura las dinámicas del comercio internacional, ha generado incertidumbre en los mercados globales y plantea una pregunta crucial: ¿Pueden estos aranceles calificarse como fuerza mayor o hardship en contratos internacionales? En este ensayo analizo esta cuestión bajo los Principios UNIDROIT, la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) y la jurisprudencia internacional (ICC y CLOUT), evaluando la imprevisibilidad de los aranceles y su impacto en las obligaciones contractuales.


Objetivo


Examinar si los aranceles impuestos por Trump cumplen los requisitos para ser considerados fuerza mayor o hardship según los marcos legales internacionales, considerando la imprevisibilidad de las medidas y su impacto en el cumplimiento de contratos internacionales.


Marco Teórico: Fuerza Mayor y Hardship en el Comercio Internacional


  1. Fuerza Mayor


Según los Principios UNIDROIT (Artículo 7.1.7), la fuerza mayor exime de responsabilidad a una parte cuando un evento externo, imprevisible e inevitable impide el cumplimiento del contrato. Los requisitos son:


  1. Externo: El evento debe ser ajeno al control de las partes.

  2. Imprevisible: No debía ser razonablemente previsible al momento de celebrar el contrato.

  3. Inevitable: No puede superarse con medidas razonables.

  4. Impedimento: Debe imposibilitar el cumplimiento.


La CISG (Artículo 79) establece un estándar similar, eximiendo a una parte de responsabilidad por incumplimiento debido a un impedimento fuera de su control, imprevisible y que no podía evitarse o superarse. La Cláusula de Fuerza Mayor de la ICC (2020) incluye "restricciones gubernamentales" como posibles eventos, siempre que cumplan con los criterios mencionados.


  1. Hardship


Los Principios UNIDROIT (Artículos 6.2.2 y 6.2.3) definen el hardship como una alteración fundamental del equilibrio contractual que hace el cumplimiento excesivamente oneroso debido a un evento imprevisible. A diferencia de la fuerza mayor, el hardship no exime del cumplimiento, sino que permite renegociar o adaptar el contrato. Aunque la CISG no regula explícitamente el hardship, algunos intérpretes argumentan que el Artículo 79 puede aplicarse en casos de onerosidad extrema. La Cláusula de Hardship de la ICC (2020) permite renegociar el contrato si un evento altera significativamente su equilibrio económico.


  1. Diferencias Clave


La fuerza mayor implica la imposibilidad absoluta de cumplir, mientras que el hardship se refiere a un cumplimiento posible pero excesivamente gravoso. Por ejemplo, un arancel del 25% que haga inviable importar acero podría calificarse como fuerza mayor si frustra el contrato, mientras que un arancel del 10% que reduzca márgenes de ganancia podría configurarse como hardship.


Análisis de los Aranceles de Trump como Fuerza Mayor o Hardship


  1. Contexto de los Aranceles


El 2 de abril de 2025, Trump impuso aranceles que incluyen un 10% general y tasas recíprocas más altas a países como China, la UE, Canadá y México. Estas medidas, justificadas bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA), fueron declaradas ilegales el 28 de mayo de 2025 por el Tribunal de Comercio Internacional de EE.UU., aunque una apelación las mantiene vigentes temporalmente (El País, 2025; BBC, 2025; El Confidencial, 2025). Los aranceles han elevado los costos de importación, alterado cadenas de suministro y generado incertidumbre en los mercados globales.


  1. Argumentos a Favor


  1. Imprevisibilidad: Aunque la retórica arancelaria de Trump era conocida desde su primera presidencia, los detalles específicos (magnitud, países afectados y fecha de implementación) no eran completamente predecibles para contratos firmados antes de su reelección en noviembre de 2024. Por ejemplo, un contrato de compraventa de acero firmado en 2024 no podía prever un arancel del 25% a China anunciado en 2025.

  2. Carácter Externo: Los aranceles son medidas gubernamentales fuera del control de las partes contratantes.

  3. Impacto Contractual: En casos extremos, los aranceles pueden imposibilitar el cumplimiento (fuerza mayor), como cuando un importador no puede pagar un arancel elevado, frustrando el contrato. En otros casos, pueden generar hardship al aumentar significativamente los costos, como un arancel del 10% que elimina márgenes de ganancia.

  4. Inestabilidad Legal: La declaración de ilegalidad de los aranceles por el Tribunal de Comercio Internacional y la apelación en curso refuerzan la imprevisibilidad, especialmente para contratos celebrados durante este período de incertidumbre legal.


Casos Relevantes:


  1. Caso ICC No. 22179 (2020): Un tribunal arbitral consideró que sanciones económicas imprevisibles podían calificarse como fuerza mayor si impedían el cumplimiento. Los aranceles de Trump podrían analogarse en casos similares.

  2. Caso CLOUT No. 54 (Alemania, 1999): Un tribunal alemán aplicó el Artículo 79 de la CISG para eximir a un vendedor por restricciones gubernamentales inesperadas, lo que sugiere que los aranceles podrían calificarse como fuerza mayor en circunstancias específicas.


  1. Argumentos en Contra


  1. Previsibilidad: La retórica proteccionista de Trump, especialmente contra los BRICS, era conocida desde su primera presidencia y campaña electoral. Contratos celebrados tras su reelección (20 de enero de 2025) podrían considerarse predecibles, debilitando la alegación de fuerza mayor o hardship.

  2. Falta de Imposibilidad: En muchos casos, los aranceles aumentan los costos sin imposibilitar el cumplimiento, lo que descarta la fuerza mayor y limita la aplicabilidad al hardship. Por ejemplo, un arancel del 10% puede reducir márgenes, pero no necesariamente frustra el contrato.

  3. Mitigación Contractual: Las partes podrían haber incluido cláusulas de ajuste de precios o fuerza mayor específicas para aranceles, lo que reduce la imprevisibilidad. La ausencia de tales cláusulas podría interpretarse como una asunción de riesgo por las partes.

  4. Contexto Legal: Aunque la declaración de ilegalidad añade incertidumbre, la retórica previa de Trump podría considerarse suficiente para que las partes anticiparan riesgos arancelarios.


Casos Relevantes:


Caso ICC No. 17049 (2018): Un tribunal arbitral rechazó una alegación de fuerza mayor por sanciones económicas predecibles, lo que podría aplicarse a contratos firmados tras la reelección de Trump.


  1. Aplicación de las Cláusulas Modelo de la ICC


  1. Cláusula de Fuerza Mayor (ICC, 2020): Incluye "restricciones gubernamentales" como posibles eventos de fuerza mayor, pero exige imprevisibilidad e imposibilidad de cumplimiento. Los aranceles podrían activar esta cláusula si frustran el contrato (por ejemplo, un importador incapaz de pagar un arancel del 25%).

  2. Cláusula de Hardship (ICC, 2020): Permite renegociar si un evento altera el equilibrio contractual. Un arancel del 10% que elimine márgenes de ganancia podría justificar su aplicación.

  3. Recomendación Práctica: Las partes deben incluir cláusulas específicas, como: “En caso de nuevos aranceles o restricciones comerciales, las partes acuerdan renegociar los términos dentro de 30 días”. Esto mitiga riesgos en contextos de incertidumbre como el actual.


  1. Contexto de los BRICS


Los BRICS (Brasil, Rusia, India, China, Sudáfrica) han superado al G7 en PIB ajustado por paridad de compra, lo que les otorga resiliencia frente a la presión arancelaria. Sin embargo, los aranceles recíprocos contra China podrían tener un impacto significativo en contratos con empresas chinas, aumentando la relevancia del hardship en estos casos.


Conclusión


Los aranceles de Trump pueden calificarse como fuerza mayor en casos excepcionales donde imposibiliten el cumplimiento y sean imprevisibles, como en contratos firmados antes de 2025. Más frecuentemente, se configuran como hardship al incrementar significativamente los costos, alterando el equilibrio contractual. Sin embargo, la previsibilidad de la retórica arancelaria de Trump, especialmente tras su reelección, limita la aplicabilidad de ambas figuras en contratos recientes.


La imprevisibilidad, el impacto contractual y el contexto legal (incluida la anulación temporal de los aranceles) son factores clave para determinar su calificación. Las cláusulas modelo de la ICC ofrecen herramientas prácticas para mitigar riesgos, y los precedentes de ICC y CLOUT proporcionan guías valiosas. En un entorno de "guerra arancelaria", las empresas deben incorporar cláusulas específicas de fuerza mayor y hardship, monitorear desarrollos legales y prepararse para renegociaciones, asegurando así la resiliencia de sus contratos internacionales.


Referencias


  1. El País. (28 de mayo de 2025). El Tribunal de Comercio de Estados Unidos declara ilegales los aranceles de Trump.

  2. BBC. (2025). Artículos sobre los aranceles de Trump.

  3. El Confidencial. (29 de mayo de 2025). Tribunal de Comercio de EE.UU. declara ilegales los aranceles de Trump.

  4. Principios UNIDROIT (Artículos 6.2.2, 6.2.3, 7.1.7).

  5. CISG (Artículos 79).

  6. ICC. Cláusulas de Fuerza Mayor y Hardship (2020).

  7. Casos ICC No. 17049 (2018) y No. 22179 (2020).

  8. Caso CLOUT No. 54 (Alemania, 1999).


La Investigación Como Herramienta Para Transformar La Realidad

La Investigación Como Herramienta Para Transformar La Realidad


Critian Beltrán Barrero


Introducción


La investigación, entendida como un proceso sistemático, riguroso y reflexivo, es mucho más que una actividad académica; es, en mi opinión, la herramienta más eficaz y eficiente para transformar la realidad y construir un mejor mañana. Esta convicción, que ha guiado mi trayectoria como académico, se fundamenta en la capacidad de la investigación para generar conocimiento crítico, cuestionar las estructuras establecidas y proponer soluciones innovadoras a los problemas que enfrenta nuestra sociedad. A través de esta reflexión sobre mis propios intereses y las ideas expresadas en mis entradas de blog, en este ensayo pretendo exponer ¿Por qué considero que la investigación es un vehículo esencial para el cambio social? y ¿De que forma el pensamiento crítico y la producción de conocimiento desde una perspectiva crítica son pilares fundamentales de este proceso?.


La investigación como motor de transformación


En mi entrada de blog titulada ¿Cómo investigar la realidad para transformarla? (Beltrán, 2024), argumento que la investigación no debe ser un ejercicio meramente contemplativo, sino un acto de compromiso con la realidad. Investigar implica sumergirse en los problemas del mundo, comprender sus causas profundas y proponer caminos para su transformación. La investigación, desde esta perspectiva, trasciende la producción de papers o la acumulación de datos; se convierte en un proceso activo que busca incidir en la realidad, modificándola para hacerla más justa, equitativa y sostenible.


Mi interés por la investigación radica precisamente en su capacidad para generar impacto. Como académico, considero que tenemos una responsabilidad ética no solo observar el mundo sino también contribuir activamente a su mejora. La investigación nos permite identificar las desigualdades, los conflictos y las injusticias que atraviesan nuestras sociedades y, a partir de un análisis riguroso, proponer soluciones basadas en evidencia. Este enfoque transformador de la investigación me motiva a seguir explorando, cuestionando y proponiendo, consciente de que el conocimiento que generamos puede tener un impacto directo en la vida de las personas.


Por ejemplo, en el ámbito social, la investigación puede visibilizar problemas que han sido ignorados o normalizados, como la exclusión de ciertos grupos poblacionales o el impacto de políticas públicas ineficientes. Al abordar estas cuestiones desde un enfoque crítico, la investigación no solo describe la realidad, sino que la desafía, proponiendo alternativas que pueden inspirar cambios estructurales. Este potencial transformador es lo que me apasiona y me impulsa a considerar la investigación como la “única” herramienta capaz de construir un mejor mañana.


El papel del pensamiento crítico en la investigación


En mi segunda entrada de blog, El pensamiento crítico aplicado a la investigación (Beltrán, 2024), profundizo en la forma en la que el pensamiento crítico es un pilar esencial para que la investigación cumpla su propósito transformador. El pensamiento crítico nos permite cuestionar las verdades establecidas, desafiar los paradigmas dominantes y analizar la realidad desde perspectivas diversas. En un mundo donde la información abunda, pero no siempre es confiable, el pensamiento crítico actúa como un filtro que nos ayuda a discernir entre lo relevante y lo superfluo, entre lo justo y lo injusto.


Mi interés por la investigación se nutre de esta capacidad del pensamiento crítico para ir más allá de las apariencias. En el proceso investigativo, el pensamiento crítico nos obliga a preguntarnos: ¿Quién se beneficia de esta situación? ¿Qué voces han sido silenciadas? ¿Qué supuestos damos por sentados? Estas preguntas no solo enriquecen el análisis, sino que también garantizan que la investigación sea un ejercicio ético, orientado a la búsqueda de la verdad y no a la reproducción de prejuicios o intereses particulares.


Por ejemplo, en el estudio de fenómenos sociales complejos, como la pobreza o la desigualdad estructural, el pensamiento crítico nos permite desentrañar las estructuras de poder que perpetúan estas problemáticas. Al aplicar este enfoque en mi propio trabajo, he encontrado que la investigación crítica no solo genera conocimiento, sino que también empodera a las comunidades al darles voz y visibilidad. Este aspecto ético y transformador del pensamiento crítico refuerza mi compromiso con la investigación como un medio para construir un mundo más justo.


Producción de conocimiento desde la investigación crítica


En mi tercera entrada, Producción de conocimiento desde la investigación crítica (Beltrán, 2024), exploro la forma en la que la investigación crítica se distingue por su compromiso con la transformación social y su rechazo a la neutralidad acrítica. La investigación crítica no se conforma con describir el mundo; busca entenderlo para cambiarlo. Este enfoque resuena profundamente con mi visión de la academia como un espacio de resistencia y propuesta, en la que los académicos tenemos la responsabilidad de generar conocimiento que no solo sea útil, sino también emancipador.


Mi interés por la investigación crítica surge de su capacidad para desafiar las narrativas dominantes y proponer nuevas formas de entender la realidad. Por ejemplo, en contextos donde las desigualdades son naturalizadas, la investigación crítica puede revelar las dinámicas de poder que las sostienen, abriendo espacio para soluciones innovadoras. Este tipo de investigación requiere un compromiso con la justicia social y una disposición a cuestionar nuestras propias creencias y métodos, lo cual encuentro profundamente enriquecedor tanto a nivel personal como profesional.


Además, la investigación crítica fomenta la colaboración con las comunidades, reconociendo que el conocimiento no es propiedad exclusiva de la academia, sino que se construye de manera colectiva. Este enfoque participativo refuerza mi convicción de que la investigación debe estar al servicio de la sociedad, respondiendo a sus necesidades y aspiraciones. En este sentido, mi interés por la investigación no se limita a la producción de conocimiento, sino que abarca también su aplicación práctica para generar cambios tangibles.


La responsabilidad de los académicos en la construcción de un mejor mundo


Como académico, siento una profunda responsabilidad de contribuir a la construcción de un mundo mejor a través de la investigación. Esta responsabilidad no es solo profesional, sino también ética y moral. En un contexto global marcado por desafíos como el cambio climático, las desigualdades sociales y las crisis políticas, los académicos no podemos permitirnos ser meros espectadores. La investigación nos otorga las herramientas para analizar estos problemas, proponer soluciones y movilizar a la sociedad hacia el cambio.


Mi interés por la investigación se ve reforzado por esta responsabilidad. Creo firmemente que la academia debe ser un espacio de acción, no solo de reflexión. Cada estudio, cada artículo, cada proyecto de investigación tiene el potencial de influir en las políticas públicas, transformar las prácticas sociales y empoderar a las comunidades. Esta visión me motiva a seguir investigando, a pesar de los desafíos que implica, como la falta de recursos o las resistencias institucionales.


Producción académica propia en el área de investigación


  1. Métodos cualitativos en la investigación social

    1. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2025/08/metodos-cualitativos-en-la.html

  2. El diario del profesor como un recurso para la investigación en el aula.

    1. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2025/08/el-diario-del-profesor-como-recurso.html

  3. Los paradigmas de la investigación científica

    1. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2025/08/los-paradigmas-de-la-investigacion.html

  4. INFLUENCIA DE LA MÚSICA EN EL DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD CRIMINAL DEL ADOLESCENTE

    1. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/influencia-de-la-musica-en-el.html 

    2. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/propuesta-de-la-investigacion.html 

    3. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/supuestos-paradigmaticos-de-la.html 

    4. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/propuesta-de-investigacion-influencia.html

  5. Protección Constitucional Al Menor De Edad Con Respecto A Las Músicas Con Contenidos Explícitos e Inapropiadas

    1. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/proteccion-constitucional-al-menor-de.html 

    2. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/analisis-jurisprudencial-proteccion.html 

    3. https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2023/06/resumenes-de-jurisprudencia-en-torno-la.html 

  6. IMPACTO DE INTERNET EN LA MÚSICA

    1. https://marketingcolombia.blogspot.com/2015/09/impacto-de-internet-en-la-musica.html 


Conclusión


En conclusión, mi interés por la investigación radica en su capacidad única para transformar la realidad y construir un mejor mañana. Como he expuesto en mis entradas de blog, la investigación, cuando se aborda desde un enfoque crítico, no solo genera conocimiento, sino que también cuestiona las estructuras de poder, visibiliza las injusticias y propone soluciones innovadoras. El pensamiento crítico y la investigación crítica son herramientas esenciales en este proceso, ya que nos permiten analizar la realidad con profundidad y compromiso ético. Como académico, siento una gran responsabilidad de contribuir a este cambio, utilizando la investigación como un medio para empoderar a las comunidades y construir un mundo más justo y equitativo. En última instancia, mi pasión por la investigación no solo refleja mi compromiso con la academia, sino también mi esperanza en un futuro mejor, donde el conocimiento sea la base para la transformación social.


Referencias


  1. Beltrán, C. (2024). ¿Cómo investigar la realidad para transformarla? [Entrada de blog]. Recuperado de https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2024/12/como-investigar-la-realidad-para.html

  2. Beltrán, C. (2024). El pensamiento crítico aplicado a la investigación [Entrada de blog]. Recuperado de https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2025/08/el-pensamiento-critico-aplicado-la.html 

  3. Beltrán, C. (2024). Producción de conocimiento desde la investigación crítica [Entrada de blog]. Recuperado de https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2025/08/produccion-de-conocimiento-desde-la.html 

  4. Beltrán, C. (2024). Problemáticas en la investigación y recomendaciones [Entrada de blog]. recuperado de https://cristianbeltranbarrero.blogspot.com/2024/11/problematicas-en-la-investigacion-y.html