martes, 7 de mayo de 2024

10 Pasos Para Exportar

10 Pasos Para Exportar 

  1. CREACIÓN DE EMPRESA: Es recomendable, aunque no obligatorio, que usted cree una persona jurídica (empresa) para realizar negocios con el exterior. 

  2. LOCALICE LA POSICIÓN ARANCELARIA DE SU PRODUCTO: La posición arancelaria es un código de 6 dígitos que identificará a su producto en cualquier país, y le permitirá conocer las condiciones de acceso al mercado de destino. Existe un único código para cada producto, y estos están listados en el Arancel de Aduanas de Colombia, que usted puede consultar de forma física y con la ayuda de uno de nuestros asesores, en nuestras oficinas, o de forma virtual en www.dian.gov.co

    1. Para algunos productos puede ser difícil determinar la posición arancelaria, debido a la existencia de varias opciones; por ello, la División de Arancel de la DIAN, ha sido la única facultada en virtud del Decreto 2685 de 1999, para certificar las posiciones arancelarias cuando haya un requerimiento específico por parte de un exportador. El costo de esta clasificación certificada es de medio Salario Mínimo Legal Vigente. 

  3. SELECCIÓN DE MERCADOS POTENCIALES: Si usted desea conocer acerca de la potencialidad de su producto en los mercados externos, es recomendable hacer una investigación sobre las tendencias de importación de productos similares al suyo por parte de otros países, las condiciones de acceso, los tratados o preferencias comerciales vigentes, la operación logística, y la competencia. Todo esto con el objeto de caracterizar la demanda, y emprender una búsqueda de compradores potenciales con mayores probabilidades de éxito. 

  4. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT): De acuerdo con las disposiciones legales vigentes (Decreto 2788 de 2004), cualquier empresa o persona natural que vaya a efectuar exportaciones, debe obtener un RUT que lo habilite para tal efecto ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y además estará obligada a operar bajo Régimen Común, por adquirir la condición exportador y/o usuario aduanero. Este documento se puede tramitar en www.dian.gov.co 

  5. REGISTRO DE PRODUCTORES NACIONALES, OFERTA EXPORTABLE Y SOLICITUD DE DETERMINACIÓN DE ORIGEN: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es el organismo encargado de llevar el Registro de la Producción Nacional de oferta exportable y determinar el origen de los productos con destino a exportación. Este registro tiene dos fines: 

    1. Tener información acertada acerca de lo que las empresas colombianas producen, lo cual es fundamental para negociar Tratados de Libre Comercio que no vulneren los intereses de la industria nacional. 

    2. Tener la capacidad de emitir certificados de origen cuando fuera necesario, para hacer efectivo el acceso preferencial que se le otorga a los productos colombianos en otros países, en virtud de los Tratados de Libre Comercio y las Preferencias Unilaterales. 

    3. Para llevar a cabo este procedimiento, existen tres opciones: 

      1. Diligenciamiento y radicación física del Formulario 02 que se puede adquirir en las oficinas del Ministerio de Comercio (Calle 28 # 13A – 15 Piso 1). 

      2. Diligenciamiento y radicación virtual, a título personal, del Formulario 02 a través del módulo FUCE (Formulario Único de Comercio Exterior), que se encuentra disponible en el sistema VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior), cuya dirección en Internet es: www.vuce.gov.co

      3.  Diligenciamiento y radicación virtual, realizada por un tercero (generalmente una agencia de aduana), del Formulario 02 a través del módulo FUCE, a favor del exportador. 

      4. Es importante tener en cuenta que para poder diligenciar este formulario de forma virtual, usted debe comprar una firma digital, que expide CERTICÁMARA (www.certicamara.com), filial ubicada en nuestra Sede Salitre (Av. Calle 26 No 68D-35 Piso 5), así como descargar el aplicativo (software) que vende el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y, por último, solicitar al Ministerio un nombre de usuario y contraseña para realizar trámites a través de VUCE. 

  6. SOLICITUD DE CERTIFICADO DE ORIGEN: La solicitud de certificados de origen, solamente se puede efectuar a través del portal VUCE. El pago de $10.000 que se debe efectuar por cada certificado emitido, se hace en línea, utilizando una cuenta bancaria. 

    1. Por favor, tenga en cuenta que el Certificado de Origen solamente es necesario cuando se va a exportar un producto que está cobijado por una preferencia arancelaria, otorgada por el país de destino de la mercancía. 

  7. VISTOS BUENOS PARA EXPORTACIÓN: Algunos productos requieren un visto bueno adicional emitido por otras entidades relacionadas con el sector económico específico. Al cual pertenecen. De acuerdo con lo estipulado en el Decreto 2685 de 1999, sus posteriores modificaciones y la normatividad internacional, algunos ejemplos de estos productos son: 

TIPO DE PRODUCTO 

ENTIDAD QUE OTORGA EL VISTO BUENO

Frutas, vegetales, hortalizas y demás productos agrícolas FRESCOS

Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

Alimentos procesados, farmacéuticos y cosméticos

INVIMA

Madera y semillas 

Dep. Adm. Medio Ambiente (DAMA)

Productos piscícolas 

INCODER

Fauna y Flora 

Ministerio de Medio Ambiente

Metales y piedras preciosas 

INGEOMINAS

Obras de arte y cultura 

MINISTERIO DE CULTURA

  1. MANEJO LOGÍSTICO: En un negocio de exportación es de vital importancia que exista un acuerdo entre las partes para definir el alcance de la responsabilidad, los riesgos y los costos que asumirá cada uno (exportador e importador). 

    1. Usted, como exportador deberá tener claro, al emitir la factura, cuáles son los términos del negocio: dónde va a entregar la mercancía a su comprador, en qué tiempo y bajo qué condiciones. 

    2. Estas condiciones han sido estandarizadas por la Cámara de Comercio Internacional, a través de los INCOTERMS (Términos de Comercio Internacional), cuyo alcance puede ser consultado en Internet. 

    3. En Colombia existen empresas especializadas en la gestión de la logística para exportaciones e importaciones, debidamente autorizadas por el Gobierno nacional, tales como los Operadores Logísticos o los Agentes de Carga Internacional. 

  2. PROCEDIMIENTO ADUANERO: En Colombia, las disposiciones legales exigen la contratación de un Agencia de Aduanas (antes conocidas como SIAs) autorizada, para gestionar los procedimientos aduaneros de cualquier exportación cuyo monto sea superior a USD 10.000; esto significa que se podrá actuar directamente ante la DIAN, sin intermediario, en exportaciones con montos inferiores a USD 10.000, en virtud del Decreto 2883 de 2008. 

    1. Una vez contratada la Agencia de Aduana, la Declaración de exportación de Exportación debe presentarse ante la Administración de Aduanas ubicada en el puerto de despacho de la mercancía, junto con los documentos correspondientes: 

      1. Factura comercial 

      2. Certificado de Origen (si se requiere) 

      3. Packing list (si se requiere) 

      4. Vistos buenos de exportación (si se requieren) 

      5. Documento de transporte. 

  3. PROCEDIMIENTO CAMBIARIO: Es necesario pactar con su comprador en el exterior el medio de pago a utilizar, ya sea giro directo, o alguno que utilice una cobertura de riesgo, tal como las cartas de crédito o las garantías stand by, y siempre canalizar los pagos a través de intermediarios financieros autorizados. 

    1. Una vez que las divisas provenientes de la exportación sean canalizadas a través de un intermediario cambiario como un Banco Comercial, usted deberá diligenciar el Formulario de Declaración de Cambio No.5 para legalizar la entrada de las divisas ante el Banco de la República. 



13 Pasos Para Exportar Servicios



  1. CREACIÓN DE EMPRESA: Nunca se es pequeño para exportar servicios. Se puede exportar servicios como persona natural o como persona jurídica Sin embargo, es recomendable, aunque no obligatorio, que usted se constituya como persona jurídica, es decir cree empresa, para realizar negocios en el exterior. 

  2. DEFINA LA MODALIDAD DE SUMINISTRO DEL SERVICIO: Según el Acuerdo General de Comercio en Servicios, AGCS, de la Organización Mundial del Comercio (www.wto.org) se han definido cuatro (4) formas o modalidades por medio de las cuales el empresario puede suministrar, es decir exportar el servicio: 

    1. Suministro transfronterizo: Consiste en la prestación de un servicio de un país a otro país, en consecuencia el que traspasa la frontera es el servicio. Hace referencia a los servicios que se exportan a través de cualquier medio de comunicación: fax, teléfono, correo electrónico (Internet), entre otros. 

    2. Consumo en el exterior: Un consumidor extranjero hace uso del servicio en otro país. Es decir, el comprador del servicio se desplaza al país que ofrece el servicio. Ejemplo específico el turismo, los turistas que se desplazan a Colombia a disfrutar el servicio y luego regresan a su país. 

    3. Presencia comercial: Residentes nacionales que para el desarrollo de su actividad establecen presencia comercial en otro país. Hace referencia a todo tipo de inversión que se realice en el país receptor, es decir que para prestar el servicio se requiere establecer una empresa en el país de destino. 

    4. Movimiento de personas: Desplazamiento físico de personas, de forma temporal, de un país a otro para suministrar el servicio. Hace referencia a los servicios que requieren el desplazamiento del proveedor del servicio al otro país, como las diferentes formas de prestar consultoría o asesoría. 

  3. CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO A EXPORTAR: A nivel internacional existen diferentes clasificaciones en materia de servicios, entre ellas se encuentran: W120 de la Organización Mundial del Comercio (OMC); CPC de las Naciones Unidas; EBOPS del Fondo Monetario Internacional y la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU, entre otras. En el caso colombiano el Ministerio de Comercio Industria y Turismo utiliza la CPC de las Naciones Unidas (www.unstats.un.org

  4. ESTUDIO DEL MERCADO OBJETIVO: Esta actividad implica investigar los mercados potenciales para el servicio que se desea exportar, sus condiciones y exigencias. Se requiere analizar el comportamiento de la oferta y la demanda, el suministro local y el origen de las importaciones. Adicionalmente, es necesario analizar la afinidad cultural y comercial y las condiciones de acceso relacionadas con: pruebas de necesidad económica; prohibición de prestar los servicios a través de cualquiera de los modos de prestación; exigencia de presencia comercial; restricciones a la inversión extranjera y participación accionaria en las empresas; restricciones al ingreso de servicios profesionales y personas físicas; requerimiento de visas y necesidad de convalidación y homologación de títulos, entre otros. 

  5. PREPÁRESE PARA EXPORTAR SERVICIOS: Cuando se toma la decisión de exportar servicios es necesario tener en cuenta que se exporta un intangible, por lo tanto, la preparación se debe orientar a generar confianza y credibilidad en el cliente potencial, demostrar capacidades, habilidades y experiencia, contar con material publicitario e imagen de talla mundial, efectuar presentaciones públicas, estar dispuesto a realizar alianzas estratégicas y entrar a hacer parte de redes empresariales, entre otras. 

  6. REGISTRO COMO EXPORTADOR MEDIANTE EL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT): De acuerdo con las disposiciones legales vigentes (Decreto 2788 de 2004) cualquier empresa o persona natural que ejerza la actividad exportadora, debe obtener el RUT que lo habilite para tal efecto ante la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN) y además estará obligado a operar bajo Régimen Común, por adquirir la condición de exportador y/o usuario aduanero. Este documento se tramita en la página en Internet de la DIAN www.dian.gov.co 

  7. ADQUIERA LA FIRMA DIGITAL: Esta actividad se realiza ante CERTICÁMARA, entidad filial de la Cámara de Comercio de Bogotá, situada en la Calle 26 68D-35, piso 5°, www.certicamara.com . Luego de obtener la firma digital, el empresario envía el nombre de la empresa, nombre del representante legal, dirección de correo electrónico, número de teléfono, fax, dirección y ciudad de domicilio a la dirección de correo electrónico del Grupo Operativo del Ministerio de Comercio Industria y Turismo registro@mincomercio.gov.co. El Ministerio envía al empresario el usuario y contraseña correspondiente y el empresario procede a diligenciar la declaración escrita de exportación de servicios. 

  8. DECLARACIÓN ESCRITA SOBRE CONTRATOS DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS: El Ministerio de Comercio Industria y Turismo es el encargado de llevar el registro de la Declaración Escrita sobre Contratos de Exportación de Servicios, trámite que se efectúa ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) utilizando el Formulario Único de Comercio Exterior (FUCE) Forma 01, acción que se realiza previo al reintegro de divisas, según lo dispuesto en el Decreto 2681 de 1999 y la Circular Externa 14 de 2007. 

  9. TRANSMISIÓN DEL CONTRATO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS Y FACTURAS COMERCIALES: A través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) el empresario transmite escaneados como archivos adjuntos el contrato de exportación de servicios y/o las facturas de prestación de servicios. En caso que los anexos no puedan ser escaneados, se deben radicar físicamente en el Ministerio de Comercio Industria y Turismo o enviar por correo certificado, dirigido al Grupo Tecnología y Comercio de Servicios. 

    1. Cuando se trata de un contrato global el empresario puede transmitir este contrato y subir al sistema cada una de las facturas en la medida que se expidan. 

    2. Este procedimiento es necesario para recibir los beneficios o los incentivos otorgados a los exportadores de servicios IVA y retención en la fuente. 

  10. ASPECTOS CLAVES DEL CONTRATO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS: El contrato de prestación de servicios se debe hacer siempre por escrito y debería contener por lo menos la siguiente información: Identificación de las partes, objeto del contrato que establezca claramente el servicio a exportar, valor del contrato, medio de pago y especificar que la empresa contratante no tiene negocios ni actividades en Colombia. 

  11. MEDIOS DE PAGO: Uno de los aspectos claves del contrato de exportación de servicios es definir la forma cómo su cliente pagará la exportación del servicio. Existen varios instrumentos de pago internacional, como cartas de crédito, letras avaladas, garantías Stand by, entre otros, que aseguran la transacción. Es necesario canalizar los pagos a través de intermediarios financieros autorizados. 

  12. REINTEGRO DE DIVISAS: Una vez que las divisas provenientes de la exportación sean canalizadas a través de un intermediario cambiario como un banco comercial, el empresario deberá diligenciar el Formulario de Declaración de Cambio N°5 ante el Banco de la República para legalizar la entrada de las divisas al país por concepto de exportación de servicios. 

  13. CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS SOPORTE: Es necesario que el empresario conserve los documentos soportes de la operación de exportación de servicios, la certificación del país de destino del servicio sobre la existencia y representación legal del contratante extranjero y la declaración dado el caso, sobre el pago del impuesto de timbre que se genere por el contrato por un término de dos (2) años, para poner a disposición de las autoridades correspondientes, cuando así se requiera.