ABC Negocios

Glosario de Términos de Negocios Internacionales

ACCESO A MERCADO/ Market Access::Nivel de restricción (o facilidad) establecido en la normativa nacional de política comercial de un país para el ingreso de productos importados a ese mercado nacional. Determina la posibilidad real de los proveedores nacionales para penetrar en un mercado externo (acceso a terceros mercados). Las normas de acceso a mercado y, en particular, los aranceles han sido históricamente el principal y, a menudo, el único objetivo de las negociaciones y acuerdos comerciales internacionales.

ACCESO MINIMO - ACCESO ACTUAL / Minimum Access-Current Access: :Se refiere al volumen (contingente o cuota) de un producto agropecuario determinado de un país se ha comprometido a aceptar que ingrese al mercado nacional bajo condiciones arancelarias preferenciales no restrictivas, en circunstancias que para las importaciones que superen dicho volumen el país ha fijado un arancel muy alto prohibitivo. Se aplica a los productos que fueron “arancelizados” en la Ronda Uruguay, los cuales quedaron con un arancel equivalente muy alto.

ACUERDO / Agreement: :Resolución tomada en común por varias personas en una negociación

ARMADOR NAVIERO O PORTEADOR MARITIMO:Es el dueño o propietario del buque. En el caso que asumiera directamente la gestión comercial del buque, su rol será de un armador-operador, comercializando sus espacios útiles de carga (bodega) y percibiendo cierta rentabilidad en términos de flete.

ARRENDAMIENTO DE MANTENIMIENTO Y EQUIPO:Se refiere al arrendamiento de paquetes combinados del servicio de mantenimiento y de los equipos

ARRENDAMIENTO FINANCIERO:Es la operación mediante la cual una empresa adquiere un bien mueble o inmueble conforme a las especificaciones indicadas por el interesado, quien lo recibe para su uso por un período determinado a cambio de una contraprestación dineraria que incluya amortización del préstamo, intereses, comisiones, y recargos previstos en el contrato, puede optar durante el transcurso o vencimiento del contrato por devolver el bien, sustituirlo por otro, renovar el contrato o adquirir el bien de acuerdo a las estipulaciones contractuales.

ARRENDAMIENTO SINDICADOS:Son aquellos destinados a atender el financiamiento de proyectos económicos de gran envergadura tales como complejos de industrias manufactureras y básicas, equipos portuarios, aeropuertos, redes ferroviarias, infraestructura petrolera, etc.

ATEIA:Acuerdo entre Transitarios Internacionales y Asimilados.

ATP:Acuerdo Internacional sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas y sobre Vehículos Especiales.

AVERIA:Pérdida o daño que sufre la mercancía. La legislación aduanera establece que en casos de avería debe ajustarse la base imponible en proporción a la cuantía estimada de la misma.

AVERIA GRUESA:Cuando se ha hecho intencionada y razonablemente un daño o sacrificio de la mercancía con el objetivo de preservar un buque y/o las otras mercancías

AVISO DE EMBARQUE:Este aviso es enviado por la compañía de transporte al exportador para informarle del momento en que puede entregar las mercancías en el puerto. Una vez que el exportador ha recibido el aviso, entrega las mercancías a la compañía naviera para su embarque.

BACK TO BACK:Expresión inglesa referida al crédito documentario que se abre con garantía de otro. Constituye una obligación distinta e independiente, por cuyo motivo se considera a efectos de riesgos como un crédito nuevo.

BACO:Barge Container Carrier

BAF:Bunker Adjustement Factor- Factor de Ajuste de Combustible. Influye en el cálculo de l flete

BALANZA COMERCIAL:Es la parte de la Balanza de Pagos que recoge los movimientos en un lapso o período, por lo general un año, de mercancías entre un país y el resto del mundo. Incluye todas las exportaciones (créditos) y las importaciones (débitos de bienes o mercancías entre los residentes de un país y el resto del mundo. El saldo positivo o negativo del total de las exportaciones menos el total de las importaciones, se llama balanza comercial

BALANZA DE PAGOS:Es el registro sistemático de todas las transacciones económicas ocurridas durante un período determinado , entre los residentes de un país, y los residentes del resto del mundo. Es un estado estadístico de un período dado que indica: - las transacciones de bienes y servicios y renta entre una economía y el resto del mundo - los traspasos de propiedad y otras variaciones del oro monetario, los derechos especiales de giro DEG, y los activos y pasivos de esa economía frente al resto del mundo y Las transferencias unilaterales y asientos de control, partidas necesarias para equilibrar, desde el punto de vista contable, los asientos de las transacciones y variaciones recién enumeradas que nos se compensan entre sí.

BANCO ACEPTADOR:Similar al banco pagador, pero en este caso acepta un efecto al vencimiento en lugar de pagar o comprometerse al pago

BANCO CONFIRMADOR:Garantiza el pago por parte del Banco emisor. Se usa cuando las garantías que ofrece el Banco emisor no se consideran suficientes. Suele ser el Banco avisador

BANCO EMISOR:Banco elegido por el importador. Confecciona y realiza la apertura del crédito. Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el banco del Importador

BANCO INTERNACIONAL DE PAGOS:Fue creada en 1930, con sede en Basilea Suiza, Cuyo propósito original era la de coordinación de varios bancos centrales para los pagos de las reparaciones de guerra de Alemania. Es una especie de Banco Central de bancos centrales europeos que sirve para realizar muchas operaciones en el anonimato.

BANCO NEGOCIADOR:Compra (descuenta) un efecto al exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el exportador cobra a la vista (con o sin intereses)

BANCO PAGADOR:Generalmente es un banco en el país del exportador, que recibe el mandato del banco emisor para pagar o comprometerse al pago contra presentación de la documentación exigida. Para el exportador es conveniente que exista un banco pagador en su país.

BANCOEX:Banco de Comercio Exterior - Venezuela, se crea el 12 de julio de 1996, con el objeto de otorgar financiamiento y garantías a los exportadores, funciona como banco de segundo piso, otorgando líneas de crédito a otros bancos, canalizando los recursos hacia los exportadores

BANCOS DE INVERSION:Son instituciones financieras que venden y distribuyen emisiones nuevas de valores, que además compra grandes lotes de estas nuevas emisiones y toma el riesgo de su colocación.


BANCOS UNIVERSALES:Son instituciones donde se hacen préstamos, se suscriben obligaciones y toman posiciones de valores privados.

BANDAS DE FLUCTUACION:Es un sistema que intenta conjugar la inflexibilidad de un sistema de tipo de cambio fijo con un sistema de cambio flotante o flexible y permite estabilizar el tipo de cambio de manera automática y ofrece a las autoridades mayores grados de libertad para instrumentar la política monetaria.

BARRERAS ARANCELARIAS:Nivel de aranceles tan alto, que impide, en la práctica, el ingreso de un producto a un país

BARRERAS NO ARANCELARIAS:Se denomina así todo método distinto al de los aranceles o impuestos aduanales, para desalentar las importaciones de un país. Como ejemplo de éstas prácticas tenemos; a) cuotas de importación, b) prohibición absoluta de importar ciertos bienes, c) licencias previas para comprar ciertos bienes, d) bienes que sólo pueden ser importados por el gobierno y e) exigencias de permisos sanitarios.

BASE IMPONIBLE:Base de cálculo del tributo, que resulta de la cuantificación del hecho imponible. En materia aduanera, la base imponible puede ser, el valor de las mercancías, el peso y otra medida cuantificable de las mercancías. Para aplicar la base imponible es necesario considerar si la tarifa aplicable es ad-valorem específica o mixta.

BASE MONETARIA :Pasivos monetarios del Banco Central con el público y con otros bancos. Se refiere al efectivo en poder del público, depósitos especialmente en el banco central y Reservas Bancarias

BENEFICIARIO:Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el pago al banco emisor o al pagador una vez ha cumplido las condiciones establecidas en el crédito. Es el exportador.

BENELUX:Siglas de la Unión Económica entre Bélgica, Nederland (Países Bajos) y Luxemburgo, instituida por tratado firmado en la Haya el 3/2/58

BERD:Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo

BID:Banco Interamericano de Desarrollo, creado el 31 de diciembre de 1959, con capital de los países miembros de la OEA y Estados Unidos, teniendo como objetivo principal, ayudar al desarrollo mediante préstamos a largo y mediano plazo, con tasas ligeramente inferiores a la de los mercados internacionales.

BIEN:Es todo objeto concreto que sirve para satisfacer una necesidad humana o producir otro bien que satisfaga esa necesidad.

BIENES COMPLEMENTARIOS:Son aquellos bienes cuya demanda se incrementa cuando aumenta la de aquel bien que es su complemento.

BIENES DE CAPITAL:Son aquellos bienes producidos por el hombre para producir bienes de consumo u otros bienes de capital

BIENES DE CONSUMO:Son los bienes tangibles que sirven para la satisfacción directa de las necesidades individuales.

BIENES DE PRODUCCION:Son bienes que sirven para producir otros bienes o dar servicios productivos.

BIENES INTANGIBLES:Se denominan así a los serviciosBIENES LIBRES:Son aquellos bienes que sirven para satisfacer las necesidades, pero como su oferta supera ampliamente a la demanda y son obtenibles sin costo alguno, por lo tanto no son económicos. Existen pocos bienes libres.

BIENES PUBLICOS:Son aquellos bienes o servicios que son consumidos o utilizados colectivamente, aquel cuyos beneficios no se agotan o disminuyen por un usuario o consumidor adicional y de aquel, que es muy difícil o imposible excluir a las personas de su disfrute.

BIENES SUSTITUTIVOS:Son aquellos que pueden ser sustituidos unos por otros, en un proceso productivo o en la satisfacción de una necesidad.

BILATERALISMO:Práctica del comercio internacional parecida al trueque. Los egresos de divisas por importaciones se compensen por ingresos de divisa derivados de las exportaciones.

BILL OF LADING:Recibo dado al embarcador por las mercancías entregadas. Demuestra la existencia de un contrato de transporte marítimo y otorga derechos sobre la mercancía.

BIRF . BANCO MUNDIAL:Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - Banco Mundial, fue creado conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional en 1944, cuyo objetivo fue proporcionar un mecanismo de financiamiento a largo plazo para la reconstrucción de los países devastados por la II Guerra mundial y luego para financiar el desarrollo de infraestructura en países no industrializados. Cuenta con 144 miembros.

BL A LA ORDEN (to the Order):Cuando un BL es a la orden, el propietario de la mercancía (el poseedor del BL), puede convertirlo: en nominativo (mediante endoso), ponerlo a la orden de otra firma o dejarlo con el endoso firmado en blanco. Son los más utilizados.

BL AL PORTADOR (to the bearer):El poseedor del documento es el propietario de la mercancía

BL HOUSE:Cuando el BL lo emite un transitario. Es un documento no negociable, que no da derechos sobre la mercancía

BL NOMINATIVO:Son extendidos a nombre de una persona determinada, que podrá hacerse cargo de la mercancía previa identificación y presentación de uno de los BL originales. No admiten endoso

BULTO POSTAL:Es el bulto destinado a la importación y exportación de mercancías, sujeto al control aduanero y que circula por el correo conforme a los respectivos acuerdos internacionales. Su límite de peso es de 20 Kgs. Y no debe exceder de 1,05 mts. En su dimensión, ni de 2 metros la suma de la longitud y del contorno mayor

BULTO SOBRANTE:Mercancía sobrante. Mercancía por unidad de embalaje (caja, paleta, paquete, etc.) descargada de más. Los bultos sobrantes se pueden determinar una vez terminada la confrontación general de los cargamentos por el manifiesto de carga y los conocimientos de embarques.

BUQUE TRAMP:Estos buques no siguen rutas regulares sino que tocan los puntos donde tienen mercancía para cargar.

BUQUES CHARTER:Pueden fletarse para transportar productos para un fin o un período determinado



CABOTAJE:Es el paso voluntario y legal, de mercaderías nacionales o nacionalizadas, entre puertos ubicados en el territorio aduanero nacional

CAD:Pago contra documentos

CADENA DE COMERCIALIZACION:Para que un bien final llegue a su último destinatario que es el consumidor, se requiere lo que se llama cadena de comercialización.

CAF:Corporación Andina de Fomento

CAF - Currency Adjustement Factor:Factor de ajuste de moneda. Influye en el flete

CAG:Pago contra mercancía

CAJA DE CONVERSION:Es un "Banco Central" que aumenta (disminuye) la cantidad de moneda cuando las reservas internacionales experimentan un incremento (descenso) sobre la base de un tipo de cambio fijo. Si la relación que se establece es de uno a uno, por cada bolívar en circulación debe existir un dólar de respaldo en poder de la caja, también se conoce como Junta Monetaria.

CALETA :Servicio de movilización de la mercancía desde el vehículo de transporte hasta la zona de almacenamiento o viceversa.

CALL OPTION - Opción de compra:Contrato que ofrece a su poseedor el derecho, no la obligación, de comprar una cantidad de divisas a un tipo de cambio predeterminado durante un período de tiempo o bien en la fecha de vencimiento del contrato

CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL:Esta institución agrupa a los banqueros y hombres de negocios de un gran número de países. Presta asesoramiento sobre normas y procedimientos comerciales.

CAPITAN:Director técnico de la navegación y, además, es el que ejerce la autoridad suprema sobre todas las personas que se encuentran a bordo. El Capitán esta revestido por ministerio de Ley, de atribuciones extraordinarias no concedidas a ningún otro ciudadano del Estado, bajo pabellón se cobija y navega.

CARGA:Conjunto de mercancías que para ser transportadas son colocadas en un vehículo. Operación de colocación de mercancías en un vehículo de transporte.

CARGA CONSOLIDADA:Carga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidador), en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatarios finales.

CARIBANK:Banco de Desarrollo del Caribe, creado en 1970, es el organismo financiero de apoyo al proceso de integración y de y de desarrollo de los países del CARICOM, es un organismo autónomo y además son miembros Gran Bretaña, Colombia, Canadá y Venezuela.

CARICOM:Comunidad Económica del Caribe desde 1973, conformado por: Antigua, Barbados, Bahamas, Belice, Bermudas, Antillas Holandesas, Cuba, Dominica, Granada, Guayana, Guadalupe, Guyana, Haití, Islas Vírgenes, Jamaica, Caimán, Turcas y Caicos, Martinica, Montserrat, República Dominicana, Santa Lucia, San Cristóbal, San Vicente y las Granadinas, St Kitts y Nevis, Surinam,Trinidad y Tobago

CARRIER:Transportista

CARTA DE CREDITO:Es instrumento mediante el cual, un banco actuando por cuenta y orden de una persona natural o jurídica, se compromete, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en ella, a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o a su orden, o a pagar, aceptar o negociar las letras de cambio que libre el beneficiario.

CARTA DE CREDITO DOCUMENTARIO:Es un convenio mediante el cual, un banco (banco emisor) obrando a petición y de conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante), se obliga a efectuar el pago a un tercero (beneficiario) o a su orden, o a aceptar o negociar las letras de cambio (giros) que libre el beneficiario o a su orden que tales pagos sean efectuados o que tales giros sean pagados, aceptados o negociados por otro banco, contra entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando los términos y condiciones del crédito se hayan cumplido.

CARTEL:Es una organización de productores de una industria que se unen para tomar decisiones, fijar los precios o dividirse el mercado.

CATALOGOS:Folleto que describe un productos o un servicio y la empresa que lo fabrica o suministra, sirve para la publicidad de un producto o servicio

CCI:Cámara de Comercio Internacional

CEI:Comunidad de Estados Independientes. Desde 1991. Miembros: Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Azerbayán, Georgia, Armenia, Kazajastán, Turkmenistán, y Tayikistán

CEPAL:Comisión Económica para la América Latina, Es un organismo anexo al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, fue establecido en 1948 y sus objetivos básicos son: a) favorecer altas tasas de desarrollo en los países latinoamericanos y b) incrementar la cooperación económica y el comercio entre los países latinoamericanos y el resto del mundo.

CERTIFICADO DE ANALISIS:Documento que certifica que la naturaleza, composición, grado, etc, de la mercancía corresponde a la calidad contratada

CERTIFICADO DE DEPOSITO:Se exige en los casos en que la existencia de depósito previo obligue haberlo realizado antes de despachar la mercancía.

CERTIFICADO DE INSPECCION:Certificado que indica que las mercancías han sido examinadas y encontradas conformes con la mencionada en un contrato o una proforma. Lo realizan compañías especializadas. SGS, Bureau Veritas, Lloyd¨s, etc. Generalmente se inspecciona el 10% de la mercancía

CERTIFICADO DE ORIGEN:Documento que identifica las mercancías expedidas y declara expresamente dónde se fabricó las mercancía. Se utiliza principalmente para aprovechar ventajas impositivas que ofrecen algunos países con los cuales se han celebrado convenios

CERTIFICADO DE PESO:Es un documento en el que se hace constar el peso de la mercancía (neto y bruto) bulto por bulto.

CERTIFICADO DE SANIDAD :Documento que certifica que la mercancía ha sido examinada y se encuentra en perfectas condiciones para el consumo humano

CERTIFICADO DE SEGURO:Documento que prueba que se ha contratado el seguro sobre la carga durante la travesía como parte de una póliza de seguros global.

CERTIFICADO DE VALOR:Este documento indica que la factura contiene una declaración verdadera y completa del precio del producto

CFR - Cost and Freight - Costo y Flete :El vendedor debe pagar los gastos y flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido con el comprador y despacha la mercancía en aduana para la exportación, sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional debido a acontecimiento incurrido después del momento en que la mercancía fue entregada a bordo de buque, se transfiere al comprador cuando la mercancía traspasa la borde del buque en el puerto de embarque.

CFS:Container Freight Station - Estación de Fletes de Contenedores

CGC:Consejo de Cooperación del Golfo. Desde 1979. Agrupa a Arabia Saudí, Bahrein, Emiratos Arabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar.

CIF- Cost Insurance and Freight Puerto de Destino Convenido:El vendedor debe pagar los gastos y flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido con el comprador, contrata el seguro con cobertura mínima y paga la prima correspondiente y despacha la mercancía en aduana para la exportación

CIM:Carta de Porte Internacional para Ferrocarril

CIP – Carriage and insurance paid to – Transporte y seguro pagados hasta el lugar de destino convenidos:El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino mencionado por el comprador así como todos los gastos incurridos, incluyendo los de carga y descarga en el lugar de destino y debe contratar y pagar la prima de un seguro de cobertura mínima contra riesgo de pérdida o daño de la mercancía.

CIRCUNSCRIPCION:Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta ejercerá la potestad aduanera.

CKD -Complete Knock Down):Conjunto de partes, piezas y componentes para uso industrial que se importan conforme a una autorización emanada del organismo competente, siguiendo una política de incorporación de o partes y piezas nacionales. Las mercancías que se importan bajo régimen de CKD disfrutan de una rebaja de impuestos de importación, así como de la liberación de las restricciones cuantitativas, según las previsiones legales respectivas.

CLASIFICACION ARANCELARIA:Indicación correcta del código de la posición o partida, de la subposición o subpartida, del item y del subitem correspondiente a las respectivas mercancías

CLAUSULA DE ARBITRAJE:Se trata de la cláusula que se inserta en los contratos por la que se conviene y regula el procedimiento de arbitraje para la solución de diferencias o controversias en un contrato

CLAUSULA DE NACION MAS FAVORECIDA:Se aplica en tratados y acuerdos sobre comercio internacional, por lo cual un Estado o nación independiente, se obliga a conceder un tratamiento arancelario a los productos de la otra nación o Estado, que no debe ser peor que el que se otorgue a cualquier otra nación.

CLAUSULA ROJA:Permite al exportador disponer total o parcialmente del importe del crédito antes de presentar los documentos en él requeridos y aún antes de expedir la mercancía. Es una financiación del importador al exportador.

CLEAN BILL OF EXCHANGE:Es una letra de cambio que no tiene documentos anexados

CLEARING:Empleado para designar un mecanismo de liquidación de deudas por compensación, su puesta en práctica permite el intercambio comercial, sin uso de divisas, entre dos países cuya moneda, al menos la de uno de ellos, no son convertibles

CLIENTE DIRECTO:Es el que compra y paga los productos directamente al exportador.

CLUB DE PARIS:Comité ad hoc representativo de los gobiernos acreedores de un país determinado, los cuales en forma conjunta negocian la reestructuración de sus créditos a mediano plazo con países con problemas de balanza de pagos

CMR:Carta de Porte Internacional para transporte por Carretera

CODIGO ARANCELARIO:Serie numérica que identifica las distintas aperturas del arancel de aduanas. El código Arancelario esta basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías

COEFICIENTE DE ESTIBA:Ce = V/P; siendo V = Volumen (m3) y P = Peso (Tn3)

COLLECTION CREDITS:Son Créditos emitidos en la forma habitual pero disponibles para pago en las cajas del banco emisor, es decir, el banco emisor es el pagador. Es desaconsejable para el exportador, que le conviene mas que el banco pagador esté en su propio país.

COLLET SURCHARGE:Recargo por cobro del flete en destino

COMERCIO EXTERIOR:Intercambio de bienes y servicios en los cuales media un interés lucrativo y que se realiza con personas y organismos de otro país o países.

COMISION:Es un sistema de remuneración a un agente, corredor o vendedor, según el cual la retribución está en función de la cantidad o el valor de las mercancías vendidas (o compradas según los casos).

COMISO:Sanción consistente en la pérdida de las mercancías, de los vehículos en que se transporten, de los envases o recipientes que las contengan, y de las construcciones, instalaciones y equipos destinados principalmente para elaborarlas, recibirlas o depositarlas, de acuerdo con la ley especial que establezca la pena

COMPAÑIAS ASEGURADORAS:Empresas que se dedican a cubrir los riesgos involucrados en el comercio internacional

COMPROBACION - CONFRONTACION:Operación realizada al iniciarse la tramitación para el despacho de una mercadería, con el objeto de establecer la exactitud y correspondencia de las declaraciones y datos consignados en el documento aduanero respectivo, con los demás que sean necesarios.

CONCESIONARIOS:Son aquellos comerciantes que obtienen de los vendedores extranjeros el derecho de vender con carácter exclusivo en el territorio nacional o en una parte del mismo, en su propio nombre y por su propia cuenta, las mercancías que fabrican o distribuyen dichos vendedores y que suelen obligarse a no vender mercancías competitivas o incluso a vender exclusivamente las mercancías del vendedor extranjero.

CONDICIONES DE ENTREGA:Estas condiciones se reflejan en el contrato de compraventa para determinar las responsabilidades del exportador y del cliente. Estas condiciones definen exactamente a cargo de quien corren los riesgos en cada una de las etapas del viaje de las mercancías, desde la fábrica del exportador hasta el domicilio del cliente. En ellas se establece claramente la responsabilidad, tanto por las mercancías como por los diversos gastos.

CONDICIONES DE PAGO:Hay varias formas en que un exportador puede cobrar por sus mercancías exportadas, las que se conocen como las condiciones de pago. Pago al contado, pago en cuanta corriente, embarque en consignación, con letra de cambio y con carta de crédito.

CONDICIONES DE VENTA:Es la enumeración de los términos de venta del exportador, en ellas, usualmente, el exportador se reserva ciertos derechos, de acuerdo a un formato con cláusulas uniformizadas. En ocasiones incluyen cláusulas específicas a determinados productos. El exportador coloca sus condiciones de venta en su cotización y además en su acuse de recibo y aceptación de oferta.

CONFRONTACION DE DOCUMENTOS:Ver comprobación

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE:Recibo de las mercancía puestas a bordo de un barco, firmado por la persona o agente que se compromete por contrato a transportarlas

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE AEREO:Documento de consignación de flete aéreo rellenado por el expedidor o en su nombre. AWB. Da título sobre las mercancías

CONSEJO DEL MAR BALTICO:Creado en marzo de 1992. Miembros: Alemania, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Letonia, Lituania, Noruega, Polonia, Rusia y Suecia.

CONSENSO OCDE:Acuerdo entre los países más desarrollados para limitar las condiciones financieras de sus ofertas internacionales, evitando competencias financieras.

CONSIGNADOR:Persona que consigna o envía mercancía a un corresponsal

CONSIGNATARIO:Persona a cuyo nombre son despachadas las mercancías

CONSOLIDACION:Sistema de expedición de diversos paquetes de diferentes consignadores bajo un agente o destino común (Grupaje)

CONSOLIDACION DE CARGA INTERNACIONAL:Es la operación mediante la cual un operador, distinto del porteador transporta en el vehículo de éste, carga en forma agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales.

CONSORCIO:Es la asociación entre varias empresas para obtener un resultado común sin que los agrupados pierdan su personalidad jurídica o su independencia financiera.

CONTINGENTE:Un contingente es la eventual limitación para exportar o importar una determinada cantidad de mercancías, durante un tiempo determinado

CONTINGENTE ARANCELARIO:Cupo o cuota aplicable a determinada mercancía de exportación o importación, durante un período determinado, beneficiándose de un derecho arancelario mas bajo que lo normal, o de una excepción a restricciones cuantitativas.

CONTINGENTE CUANTITATIVO:Cuando se prohibe exportar o importador una determinada cantidad de mercancía, o durante un tiempo determinado un tipo de mercancía, o ambas prohibiciones juntas

CONTINGENTE DE IMPORTACIÓN:Es un método de control con el fin de proteger la industria nacional; mediante el cual el Estado asigna la cantidad de mercancía que puede importarse, condicionada a la compra en el país de una determinada cantidad de productos de origen nacional, o a la exportación de un determinado volumen de productos nacionales

CONTRABANDO:Consiste en la entrada ilegal de mercancías importadas sin pagar los correspondientes derechos aduaneros.

CONTRATO DE EXPORTACION:Es el contrato de compra venta entre partes situadas en diferentes países.

CONTROL ADUANERO:Conjunto de medidas tomadas con vistas a asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que la aduana está encargada de aplicar.

COOPERACION ECONOMICA DEL MAR NEGRO:Desde 1991. Miembros: Armenia, Azerbayán, Bulgaria, Georgia, Grecia, Moldavia, Rumanía, Rusia, Turquía y Ucrania.

CORRESPONSAL:Es el Banco establecido en otra plaza, el cual previo cobro de comisión de corresponsalía presta servicios a otros bancos que no posean plaza allí

COSTEO:Calculo del costo de fabricación , venta y entrega un producto

COSTES BANCARIOS CRED. DOC. :Estos gastos bancarios son: preaviso, notificación y confirmación, comisiones de pago, pago diferido, aceptación o negociación, los costes de las modificaciones, la no utilización del crédito, los intereses de la negociación y los costes de los mensajes.

COSTO DE VENTA:Son los derivados de todas las operaciones de venta de un producto, como gastos de publicidad y las comisiones de los agentes

COSTO UNITARIO:Es el cociente resultante de dividir el costo global de fabricación y venta de un producto determinado por el número de unidades fabricadas.

COSTOS FIJOS:Costos de hacer negocios, que dentro de los límites de la capacidad de producción y de la organización administrativa, permanecen invariables, independientemente del volumen de producción y de las ventas. Son, entre otros los alquileres, los salarios y el costo de la maquinaria y los equipos.

COSTOS MARGINALES:Los derivados de la producción de un volumen adicional de bienes. Esto requiere diferenciar los costos variables de los costos fijos, que permanecen más o menos constantes al incrementarse la producción.

COSTOS VARIABLES:Son los que varían con el volumen de producción o de ventas. Las materias primas etc.

COVENIN:Comisión Venezolana de Normas Industriales creada para la normalización de actividades de los diferentes procesos y procedimientos utilizados en la producción de bienes de consumo, como en la prestación de servicios.

COYUNTURA:Se refiere esencialmente a la evolución de las principales variables económicas en un período determinado, durante el cual no cambian otras variables, tales como población, dotación de recursos, relaciones de producción, entorno socio-jurídico. Etc.

CPA:Código de Procedimiento Aduanero

CPT Carriage paid to - Transporte pagado hasta el lugar de destino convenido:El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino mencionado por el comprador así como todos los gastos incurridos, incluyendo los de carga y descarga en el lugar de destino El riesgo de pérdida o daño de las mercancías, así como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos que ocurran después del momento en que la mercancía haya sido entregada al primer transportista, se transfiere del vendedor al comprador

CRAWLING PEG:Es un esquema cambiario intermedio entre tasas fijas y flotantes.

CREDITO DOCUMENTARIO :Es un convenio en virtud del cual un banco (banco emisor), obrando a petición de un cliente (ordenante) y de conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro banco a efectuar dicho pago, contra presentación de los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificando, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del crédito.

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA ACEPTACION:El crédito es disponible contra aceptación de documentos y de un efecto librado a plazo (giro) contra un banco designado por el crédito (banco aceptador ) que puede ser el propio emisor. El banco aceptador asume el compromiso de pago al vencimiento independientemente si ha confirmado el crédito o no. El efecto puede ser descontado si el banco lo considera oportuno. Los gastos del descuento son por cuenta del beneficiario, a menos que el crédito especifique lo contrario

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA NEGOCIACION:El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de un efecto, a la vista o a plazo, librado contra el banco emisor o contra el ordenante del crédito. El banco negociador se limita a financiar al beneficiario por cuenta del banco emisor. El banco negociador compra por cuenta del emisor los derechos del beneficiario sobre el crédito. Puede ser negociado por cualquier banco.

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA PAGO:Se pago al beneficiario contra prestación de los documentos indicados en el crédito. El crédito es disponible sin efectos. En el caso de pago a la vista puede exigir un efecto librado por el beneficiario contra el banco determinado en el crédito. Debe designar un banco pagador que puede ser el propio emisor. Si es pagadero a la vista y confirmado `por el banco pagador designado, este no puede demorar el pago en espera de los fondos, previa comprobación de los documentos. Si es pagadero A PLAZO y confirmado, el banco confirmador se compromete contra entrega de documentos a pagar al vencimiento. Si no fuese confirmado, el banco puede comunicar que toma los documentos sin compromiso. El vencimiento puede estar fijado mediante un plazo, fecha recepción mercancía, fecha embarque mercancía, fecha entrega de documentos, etc.

CREDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE:El crédito no puede ser modificado o cancelado sin el acuerdo del banco emisor, banco confirmador (si lo hubiese) y del beneficiario. Es un compromiso en firme por parte del banco emisor a favor del exportador. A falta de una indicación clara en el crédito, este será considerado como irrevocable. El crédito documentario irrevocable, puede ser confirmado o no confirmado.

CREDITO DOCUMENTARIO REVOCABLE:Pueden ser anulados o modificados por el banco emisor en cualquier momento y sin tener que avisar al beneficiario. Sin embargo el banco emisor queda obligado por todos los pagos, compromisos, aceptaciones o negociaciones efectuadas con anterioridad al recibo de la notificación de modificación o cancelación. Se desaconseja absolutamente su uso, ya que no es un compromiso de pago en firme. En la práctica no se emplean nunca, sal vo contadas excepcones.

CREDITO DOCUMENTARIO TRANSFERIBLE:Es emitido a favor de un beneficiario que no es quien produce la mercancía sino un intermediario, que ha establecido un contrato de venta con un comprador, pero depende de una tercera parte (el exportador), para suministrar la mercancía a su cliente. Especialmente indicado para las Trading Companys. El beneficiario puede dar instrucciones al banco pagador, aceptador o negociador para el crédito sea utilizable, parcial o totalmente, por uno o más beneficiarios de su país o de otro país. Si se quiere que un crédito documentario sea transferible, hay que especificarlo en las condiciones del crédito, indicando la mención transferible.

CREDITO STAND-BY:Es usado como sustituto de un aval. Es un aval de ejecución documentaria sujeto a los URU´s. Se pueden usar en cualquier tipo de transacción y están basados en el concepto de incumplimiento de contrato por parte del ordenante del crédito Stand-By

CREDITO TRANSFERIBLE:Cuando en el momento de la apertura del crédito documentario se autoriza al exportador a traspasar parte o la totalidad del crédito a un tercero (posiblemente a un proveedor).

CREDITOS REALIZABLES A LA VISTA:Es un documento que garantiza el pago cuando se entregan los documentos de despacho de la mercancía vendida, al Banco del exportador o cuando son recibidos dichos documentos por el Banco del país importador

CREDITOS ROTATIVOS O REVOLVING:Es un crédito de uso múltiple, donde cada vez que se realice una exportación y utilización de la carta de crédito, se regenera el monto disponible para una nueva exportación. La rotación se puede hacer en tiempo y en monto y puede ser acumulativa y no acumulativa..

CROSS BORDER LEASING DE EXPORTACION:Es una operación mediante la cual los bienes domésticos son arrendados en el exterior por una arrendadora nacional

CTBL:Combined Transport Bill of Lading. Documento de Transporte Multimodal

CUENTA CAPITAL:Partida que forma parte de las cuentas de la balanza de pagos que registra las salidas y entradas de capital de un país en sus transacciones con el exterior

CUENTA CORRIENTE:Es uno de los componentes de la balanza de pagos y registra la salida y entrada de las mercancías, servicios y transferencias de un país en sus transacciones con el exterior

CUENTAS DE NIVELACION DE CAMBIOS Y FONDOS DE ESTABILIZACION DE LA MONEDA:Tiene como función, controlar el valor externo de la moneda y el valor de las reservas del país, Los Fondos de ésta cuenta pueden usarse para la inversión en valores, compra de oro, etc. Según lo determinen las autoridades del país

CUOTAS DE IMPORTACION:Son los volúmenes (peso, cantidad) o valores (dinero) máximos que e pueden importar de determinados productos

CY:Container Yard - Almacen de Contenedores

DAF - Delivered at Frontier - Entregado en Frontera:El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha entregado la mercancía, despachada en aduana para la exportación en el punto y lugar convenidos de la frontera, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, asumiendo todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de entrega de la mercancía.

DDP - Entregada derechos pagados en lugar de destino convenido:El vendedor cumple con su obligación de entrega, cuando la mercancía es entregada a disposición en el lugar acordado en el país de importación. El vendedor asume todos los riesgos y gastos, incluidos derechos, impuestos y otras cargar por llevar la mercancía hasta el lugar, una vez despachada en aduana para la importación

DDU - Delivered duty Umpaid - Entregada derechos no pagados en lugar de destino convenido:El vendedor cumple su obligación de entrega de la mercancía, cuando entrega la mercancía a disposición en el lugar convenido del país de importación., asume tos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que entregue la mercancía. No retira la mercancía de la aduana para la importación.

DECLARACION:Acto por el cual se proporcionan, por escrito u oralmente, las informaciones necesarias para la aduana

DECLARACION DE ADUANAS:Es el documento presentado a las autoridades aduaneras por el importador o exportador (o su agente o transitario) para el despacho de las mercancías, con el fin de que aquel se haga cargo de las mismas

DECLARACION DE MERCANCIAS:La declaración que se realiza en la forma prescrita por la aduana, por la cual las personas autorizadas por ella indican el régimen aduanero que debe dársele a las mercaderías y proporcionan las informaciones necesarias para su aplicación.

DECLARACION DE TRANSITO:Documento que ampara las mercancías enviadas desde una oficina aduanera de origen o entrada a una oficina aduanera de destino o de salida y en el cual se especifica la ruta que deberá seguir el vehículo que las transporta.

DECLARACIÓN DE VALOR:Es el documento mediante el cual el consignatario de la mercancía declara ante la oficina aduanera el valor normal o base imponible de aquella.

DELEGACIONES:Son autorizaciones que concede el Ejecutivo Nacional a particulares para que realicen operaciones de importación y/o exportación de mercancías que le son reservadas por ley al Estado.

DEMERITO:En la Legislación Aduanera Nacional, se concede una rebaja de impuestos de importación al equipaje considerado como menaje de casa y vehículos, por demérito conforme al tiempo de uso.

DEPOSITO ADUANERO:Son recintos, bajo el control de la Aduana, en el cual las mercancías no cancelan los impuestos de importación. Se usan sobre todo, cuando un importador no sabe cual será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones de manipulación, tales como reacondicionamiento, reenvase, extracción o toma de muestras..

DEPOSITOS ADUANEROS - IN BOND:Régimen especial mediante el cual, las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo control y potestad de la aduana, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa por servicio de aduana, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales

DEPOSITOS TEMPORALES:Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente, en recintos cerrados, silos, áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de la zona primaria de la aduana, o en espacios geográficos próximos a las oficinas aduaneras

DERECHOS O IMPUESTOS MIXTOS :Combinación de derechos o impuestos específicos y ad-valorém establecidos por el arancel de aduana, aplicados a una misma mercancía

DERECHOS ANTIDUMPING:Gravámenes aplicados a la importación en condiciones de dumping.

DERECHOS DE ADUANA:Los gravámenes establecidos en el arancel de aduanas, aplicado a las mercancías que entran o salen del territorio aduanero.

DERECHOS E IMPUESTOS AD-VALOREM:Los establecidos por los aranceles aduaneros, consistentes en porcentajes, recaudados por la aduana con ocasión de la importación o exportación de mercancías

DERECHOS E IMPUESTOS ESPECIFICOS:Los establecidos por el arancel de aduanas, consistente en importes fijos que se aplican sobre unidades físicas de las mercancías

DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG):Son activos de Reserva creados por el fondo Monetario Internacional, permite la liquidez internacional sin los inconvenientes que traía el uso del dólar como moneda de reserva , relacionando su valor con una cesta de las 5 monedas mas importantes en el mercado internacional

DESCARGA:Operación por la cual las mercancías se sacan del vehículo en el cual han sido transportadas.

DESCRIPCION ARANCELARIA :Descripción de una mercancía según los términos de la nomenclatura arancelaria.

DESCUENTOS ADMISIBLES:Se admitirán en el precio de la mercancía facturada, y en consecuencia, no deberán incrementarse, los descuentos o rebajas que se otorguen por alguna de las siguientes causas: a) por cantidad, b) por nivel comercial, c) por pago al contado o pronto pago, d) de garantía

DESCUENTOS NO ADMISIBLES:No pueden admitirse a efecto de la determinación del valor normal de las mercancías, debiéndose incrementar por consiguiente al precio de la factura, los descuentos siguientes: a) los concedidos únicamente a los representantes, distribuidores exclusivos, c) descuentos sobre muestras, d) descuentos por pago anticipado, e) descuento por retraso en el plazo de entrega, f) descuento para compensar deficiencias en entregas anteriores.

DESPACHO:Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para nacionalizar las mercancías importadas, someterlas a otro régimen aduanero, o también para exportarlas

DESPLAZAMIENTO DE ROSCA:Es el peso del buque construido pero sin combustible, equipajes, tripulación ni carga.

DEUDA EXTERNA:Son las deudas de la República, otros entes públicos y privados en moneda extranjera

DEUDA FLOTANTE:Es la deuda contraída por la República que no estaba presupuestada

DEUDA NACIONAL:Es la deuda de una nación con el resto del mundo

DEUDA PRIVADA:Son las acreencias en moneda extranjera que contraen personas naturales y jurídicas de naturaleza privada.

DEUDA PUBLICA:Es la deuda contraída por la el Gobierno Nacional y otros entes oficiales tales como Institutos Autónomos, empresas del Estado, etc.

DEVALUACIÓN:Es kla reducción del tipo o tasa oficial a la cual una moneda se intercambia por otra.

DIAS HABILES:A los efectos del Reglamento de la Ley de Aduanas, se consideran días hábiles los días laborables en la Administración Pública Nacional.

DISTRIBUCION FISICA:Es todo lo que concierne al transporte y distribución de las mercancías, incluidos la manipulación de los materiales, la colocación en envases y el embalaje, así como el transporte por cualquier medio, almacenamiento, etc.

DIVISA:Cualquier moneda extranjera

DOBLE RECONOCIMIENTO:Consiste en una nueva identificación de los bultos, una nueva verificación de su peso y contenido y una nueva revisión de la declaración del contribuyente a objeto de fijar la que sea correcta

DOCUMENTOS DE EMBARQUE:Son todos los documentos que se requieren enviar con un embarque de su lugar de fabricación a su destino o que, inclusive son necesarios para las gestiones de financiamiento o transporte.

DRAW BACK - DEVOLUCION DE IMPUESTOS:Régimen aduanero que permite la devolución total o parcial de los impuestos de importación, así como de los impuestos internos, pagados por las materias primas y demás materiales utilizados en la producción, elaboración o acondicionamiento de mercaderías que sean exportadas.

DUMPING:Del ingles to dump, inundar el mercado. Práctica comercial, mediante la cual se venden mercancías en un mercado del exterior, a un precio mas bajo del que se vende en otro y aún en el mismo país del exportador. Su uso responde al interés de penetrar el mercado y eliminar la competencia, para posteriormente elevar los precios, aprovechando la circunstancia de un mercado cautivo

DUOPOLIO:Es una estructura de mercado en donde existen dos vendedores o productores

DUOPSONIO:Es una estructura de mercado en la cual existen solo dos compradores

E C U :Siglas de la Unidad Monetaria Europea - European Currency Unit. Se usa como una moneda para expresar las casas de cambio centrales, como una unidad de cuentas para operaciones en mecanismos de intervención y crédito y como unidad de referencia para la operación del indicador de referencia, sirve también como un activo de reserva, como medio de pago entre las autoridades monetarias de la Comunidad Europea.

ECONOMIA INTERNACIONAL :Es una rama de la ciencia económica que intenta explicar las causas y factores determinantes del origen y evolución de los flujos internacionales de bienes, servicios y capitales., así como la influencia de estos flujos sobre el bienestar de los países.

EFECTOS AL COBRO O VALORES AL COBRO:Son los valores recibidos del cliente por concepto de cobranzas, el Banco no lo abona ni paga hasta que no esté perfectamente conformado por el Banco Girado.

EFECTOS DE COMERCIO O EFECTOS MERCANTILES:Es un pagaré quirografario, emitido por una cantidad específica y con vencimiento en determinado día, son emitidos por firmas industriales, manufactureras y por compañías financieras

EIP:European Investment Partners. Programa Europeo que subvenciona la creación de empresas mixtas o inversiones en los países mediterráneos, Asia y Sudamérica

El conjunto de recursos líquidos, y de facilidades financieras que tengan aceptación universal de que disponen los países para afrontar sus pagos externos y saldar sus déficit de balanza de pagos:

ELS - Extra Lenght Surcharge:Recargo por longitud en el flete

EMBALAJE:Son los depósitos en los que se expende un producto, en las cantidades específicas, con la protección adecuada y en muchos casos, de forma que resulte atractivo para el consumidor

EMBARCADOR O EXPORTADOR:Es aquella persona que entrega al Armador o transportista la mercancía en el puerto de origen para su debida transportación, generalmente recibiendo como evidencia el contrato de transporte, un Conocimiento de Embarque o Bill of Lading

EMBARGO PREVENTIVO::Medida que tiene por finalidad el aseguramiento de los bienes durante la tramitación de un proceso o juicio

EMPRESA EXTRANJERA:Cuando el capital extranjero es propietario de mas del 51% del capital social de la empresa.

EMPRESA MULTINACIONAL:Es una unidad económica que opera en varios países, por lo general posee sucursales en varios países aunque la propiedad se encuentra registrada en uno.

EMPRESAS MIXTAS:Cuando el Capital nacional tiene entre el 51% y el 80% del capital social estas empresas tiene acceso a los campos que no reservados a las empresas nacionales

EMPRESAS NACIONALES: Cuando el 80%, del capital de una empresa este en poder de nacionales del respectivo país.

En términos bancarios es un acuerdo para intercambiar pagos de intereses de una obligación que por su naturaleza paga intereses fijos, por una cuyos intereses son flotantes y posteriormente se reserva el intercambio.:

ENVIOS URGENTES:Son mercancías que deben ser desaduanadas rápidamente y con prioridad, en razón de su naturaleza o porque responden a una urgencia debidamente justificada.

EQUIPAJE:Es el conjunto de efectos de uso o consumo del viajero conducidos al o a los países de su trayecto o destino, en cantidades y valores que no demuestran finalidad comercial.

EQUIPAJE ACOMPAÑADO:Es aquel que el pasajero o tripulante trae consigo al momento de su arribo al país, o que llega con el pasajero en el mismo vehículo que lo ha transportado al país

EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO:Es aquel que llega con anterioridad o posterioridad a la fecha de arribo del pasajero, cualquiera ea la vía del transporte utilizada

Es un complemento natural e indispensable del esfuerzo de apertura individual , como un instrumento de acercamiento a otras regiones o subregiones del mundo en apoyo a la apertura interna. :

Es un documento que imita a la factura real y que el vendedor emplea para hacerle saber al cliente el importe de la compra que desea facturar, o para facilitarle la obtención de determinados documentos como las licencias de importación o exportación.:

Es un término más amplio que se refiere a la reducción de barreras económicas entre dos o mas países, con el fin de unir sectores o industrias, como si pertenecieran a un solo país, en lugar de pertenecer a dos o más. :

Es una factura visada por la autoridad diplomática o consular en el puerto o lugar de la exportación. :

ESTABILIDAD MONETARIA:Se dice que existe estabilidad monetaria, cuando la unidad monetaria de un país no se altera sustancialmente con respecto a las demás monedas.

ESTIBA:Carga y descarga en la bodega de los barcos. Colocación de ésta carga

EUROBANCOS:Son bancos internacionales, tienen su propio capital accionario, normalmente con oficinas en Londres, sus operaciones principales son la captación y préstamos de fondos eurodólares

EUROBONO:Es un bono internacional, denominado en una moneda diferente a la de curso legal en el país donde se esta realizando la colocación. También se dice que los eurobonos son los que se colocan simultaneamente en dos países, suscritos ordinariamente por un sindicato internacional, colocados en diferentes plazas, todas distintas del país de la moneda en la cual la emisión esta denominada.

EURODOLAR:Es un depósito realizado en dólares en un banco situado en un país, donde el dólar no tiene curso legal.

EUROMONEDA:Es todo depósito efectuado en un banco situado en un país donde la moneda en que está representado el depósito no tiene curso legal.

Europalet = 1200 X 800 mm. Altura máxima = aprox. 1,70 m.:

EWS - Extra Weight Surcharge:Recargo por sobre peso en la contratación del flete

EXAMEN PREVIO:Revisión o inspección de la mercancía antes de someterla a un régimen aduanero determinado.

EXENCIÓN :Liberación o dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada directamente por la Ley.

EXONERACIÓN:Liberación o dispensa total o parcial de la obligación tributaria otorgada por el Ejecutivo Nacional en los casos autorizados por Ley, y en los términos por ella previstos.

EXPATRIACIÓN DE CAPITAL:Retiro de capital del país de origen para realizar inversiones en el exterior

EXPORTACION:Son las ventas de bienes y servicios de un país a otro país

EXPORTACION TEMPORAL:Régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre circulación en el territorio aduanero nacional, y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación cuando no hayan experimentados modificación alguna.

EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO:Régimen mediante el cual se permite exportar mercancías temporalmente a objeto de que sean sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior, mas el total de los gastos causados hasta el puerto de llegada.

EXPORTADOR:Es la persona que entrega al Armador la mercancía en el puerto de origen para su debida transportación, generalmente recibiendo como evidencia el contrato de transporte, un Conocimiento de Embarque o Bill of Lading.

EXPOSICION:Es una exhibición organizada donde las empresas, asociaciones, gobiernos o alguna otra entidad prepara una muestra de sus productos o servicios

EXPOSICION INTERNACIONAL:Es una exhibición organizada en otro país, donde las empresas, asociaciones, gobiernos o alguna otra entidad de un país, prepara una muestra de sus productos o servicios con el fin de buscar mercados para ellos.

EXPOSITOR:Organismo, Industrial o comerciante que concurre a una feria o exposición para exhibir y vender sus productos.

EXW-Ex Work - En Fábrica:El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía, en su establecimiento (fábrica, taller, almacen, etc), a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercancía, ni de despacharla de aduana y no soporta ningún gasto ni riesgo sobre la mercancía.

FACTURA:Es un documento fechado, que da el vendedor de un bien o servicio al comprador y en donde se señalan datos como los nombres del vendedor y el comprador, la cantidad, precio, descripción de la mercancía o clase de servicio vendido y el impuesto deducido por la venta.

FACTURA ADUANERA:Es igual a una factura comercial ordinaria pero presentada en la forma exigida por las administración aduanera de los países importadores.

FACTURA COMERCIAL:Instrumento que registra los detalles específicos en cuanto a cantidades, precio unitario, etc, de la transacción entre exportador e importador.

FACTURA CONSULAR:Esta factura contiene una detallada descripción de las mercancías que se van a importar a un país determinado. Suele estar impresa en el idioma del país importador y debe expresarse en dicha lengua. Los impresos se adquieren en el consulado del país importador y en ocasiones hay que extender hasta seis copias que se presentan posteriormente en el consulado para su legalización.

FACTURA PROFORMA:Proyecto de factura. Tiene por finalidad facilitarle al comprador hacer las gestiones previas, propias de una compra internacional (autorización de divisas, liberación de gravámenes, licencias, permisos, etc) además sirve para dar a conocer al importador con exactitud el precio que pagará por la mercancía y la forma de pago.

FAR:Fondo Andino de Reservas, con sede en Bogotá , se crea el 12/11/76 y entra en vigor el 8/6/78

FAS - Free a Longside Ship - Franco al Costado del buque:El vendedor cumple con la obligación de entregar la mercancía hasta el costado del buque, en el muelle o en barcazas en el puerto de embarque convenido, despachada la mercancía en la aduana para la exportación y asume todos los gastos hasta que coloca la mercancía al costado del buque en el puerto fijado, en la fecha y punto fijado por el comprador y dentro del período establecido y en la forma acostumbrada en ese puerto.

FBL:Conocimiento FIATA negociable para transporte multimodal

FCA - Free Carrier - Franco Transportista:El vendedor cumple su obligación cuando entrega la mercancía al transportista en el lugar o punto fijado por el comprador, despachada en aduana para la exportación , con la documentación legal exigida por las autoridades. Y asumiendo todos los gastos hasta esta entrega al transportista.

FCL - Full Container Load:Contenedor de carga llena.

FCLA- Full Container Load Allowance :Rebaja en el flete por uso del container completo

FEDER VESSEL:Buques alimentadores

FERIA COMERCIAL:Es una exhibición organizada para hacer posible que los industriales y proveedores den a conocer sus productos o servicios a los compradores potenciales.

FERIA COMERCIAL DE CARÁCTER ESPECIFICO:Donde concurren los industriales y comerciantes a exponer productos similares, de una misma rama industrial, Ejm Transporte, Químicos, calzado, etc.

FERIA COMERCIAL DE CARÁCTER GENERAL:Donde concurren los industriales y comerciantes a exponer todo tipo de productos

FERIA INTERNACIONAL:Es una exhibición organizada en un país determinado, para hacer posible que los industriales y proveedores de otros países, den a conocer sus productos o servicios a los compradores potenciales. Es el mecanismo mas útil que tiene un país para promover sus exportaciones.

FILO- Free in Liner Out:Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la desestiba en destino.

FINANCIACION PREVIA AL EMBARQUE:Es un anticipo, sobregiro o préstamo bancario que se puede obtener sobre pedidos confirmados por el cliente. Esta financiación puede ascender al equivalente del valor FOB del envío.

FIOS - Free in and out stowed:Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía. El flete solo cubre el flete marítimo.

FIRMAS ASOCIADAS COMERCIALMENTE AUTONOMAS:Aquellas que compran y venden por su cuenta y riesgo, pero en las que existe una vinculación comercial, financiera o de otra índole, con el vendedor extranjero.

FIRMAS ASOCIADAS SIN AUTONOMIA COMERCIAL:Aquellas cuyas transacciones sólo constituyen simples transferencias de mercancías de una sección a otra de una misma empresa

FIRMAS CON LICENCIA:Aquellas que han concertado acuerdos con otras personas para producir en otro país determinadas mercancías utilizando procedimiento y patentes, marcas de fábrica o de comercio, que den lugar a la obligación de un pago por el derecho de utilizar los procedimientos, patentes o marcas, bien al vendedor extranjero, bien a cualquier otra persona.

FLETADOR:Contrata la prestación del servicio de transporte marítimo de un Armador, a través de una Póliza de Fletamiento

FLETE:Es el precio que cobra el transportista al usuario por la prestación del servicio de transporte. Costo del transporte marítimo

FMI:Fondo Monetario Internacional , fue creado en 1994 y tiene por objeto, facilitar la expansión y desarrollo del comercio mundial, promover la estabilidad cambiaria y evitar devaluaciones competitivas y establece un sistema multilateral de pagos

FOB- Free on Board - Franco a Bordo :El Vendedor cumple con su obligación de entrega, cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido con el comprador. El vendedor con despachada en la aduana para la exportación con la documentación exigida por las autoridades, y entrega la mercancía a bordo del buque, en el puerto de embarque fijado, en la fecha o dentro del plazo establecido y de la forma acostumbrada en dicho puerto, y soporta todos los riesgos y gastos hasta que la mercancía esté sobre la borda del buque.

FORFAITING:Compra de letras de cambio aceptadas, créditos documentarios u otras promesas de pago, renunciando el adquiriente de estos efectos a cualquier derecho o demanda frente al exportador y los anteriores titulares.

FORMA A:Certificado de Origen del SPG (sistema de Preferencias Generalizadas) Es un documento de importación y demuestra el trato preferencial otorgado a los países en vías de desarrollo

FORMALIDADES ADUANERA:Conjunto de trámites que deben realizarse para dar cumplimiento a las disposiciones aduaneras

FPA - Free of Particular Average. :Franco de avería particular. Esta Cláusula protege a las mercancías contra pérdida, daños totales y averías gruesas.

FRA - Forward Rate Agreement:Es un acuerdo entre dos partes sobre el tipo de interés a aplicar en un depósito en una fecha futura.

FRANQUICIA:Liberación de gravámenes, otorgada con motivo del destino o procedencia de la mercancía.

FRANQUICIA DIPLOMATICA:Liberación de gravámenes concedida a los funcionarios o misiones diplomáticas y consulares, para las mercancías de uso personal u oficial.

FREE-SHOP:Equivalente a los almacenes libres de impuestos

FRONTERA:Límite que separa e identifica la división política de un territorio con respecto a otro.

FRONTERA ADUANERA:Límite del territorio aduanero

FUERZA MAYOR:Una Cláusula que limita las responsabilidades de los proveedores y transportistas bajo ciertas circunstancias.

FURGON:Vagón o carruaje que se utiliza para el transporte de mercancías

GARANTIA:Seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación n (crédito), ya sea mediante el compromiso de una tercera persona (garantía personal; fianza) o ya sea mediante un bien determinado (garantía real) que puede ser sobre un bien mueble o un bien inmueble.

GARANTIA DE CREDITO A LA EXPORTACION:Es una forma de póliza de seguros que protege a un exportador o a una institución que financia una exportación contra el incumplimiento del importador o cliente.

GARANTIA DE INDEMNIZACION:Documento que garantiza al agente o expedidor de la indemnización de cualquier riesgo o reclamación originado por el uso indebido de un BL

GASTO FOB:Gastos de recepción, arrastre y carga de una mercancía desde que se recibe en el puerto hasta que se carga a bordo.

GATT:Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, regula las relaciones comerciales entre las partes contratantes del mismo. Su objetivo de creación fue servir de órgano de negociación para la reducción de las barreras arancelarias y comerciales. Fue creado el 30 de octubre de 1947 y entró en vigor en enero de 1948, su sede es Ginebra, Suiza.

GIRO BANCARIO:Cheque entendido por un banco a otro banco pagadero a un tercero

GRAVAMENES:Son los derechos aduaneros y cualquier otro tipo de recargo de efectos equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario o cambiario, que incidan sobre las importaciones

GRUPAJE:Práctica de las maneras por la cual se agrupa (consolida) distintas cargas para hacer el transporte más económico.

GRUPO DE LOS TRES -G-3:Es un Tratado existente entre Colombia, México y Venezuela, se le considera un Acuerdo de Nueva Generación, en virtud de que incorpora los llamados nuevos temas del comercio internacional, como: inversiones, compras gubernamentales, propiedad intelectual. Establece normas compatibles con el GATT, actualmente OMC, que restringe o prohibe restricciones arancelarias y para-arancelarias tanto a las importaciones como a las exportaciones, para los países miembros al Acuerdo, para los países incorporados al Programa de Liberación. Se firmó el 13 de junio de 1994

GRUPO DE VISEGRAD:Acuerdo de Libre Comercio de Europa Central. Desde 1992. Miembros: República Checa, Eslovaquia, Hungría y Polonia.

GUIA AEREA:Documento que expide una empresa de transporte aéreo, como constancia de haber recibido del embarcador o del despachador, determinadas mercancías para transportarlas de un aeropuerto a otro. Tiene carácter de contrato de transporte de carga.

GUIA DE ENCOMIENDA:Documento que expide una empresa de transporte de encomiendas, como constancia de haber recibido del embarcador, determinadas mercancías para transportarlas hasta su destino. Tiene carácter de contrato de transporte.

HABILITACION:Las operaciones aduaneras que pueden realizarse en cada aduana principal o subalterna. También significa lapso fuera de las horas hábiles o en los días feriados durante el cual se practiquen operaciones aduaneras

HARTER PARTY:Cuando un exportador contrata un buque tramping. No esta regido por los mismos criterios de un BL Normal

HAWB - House Air Waybill:Es el AWB emitido por un transitario en lugar de una compañía aérea regular

HEDGING:Cobertura cubrirse contra la pérdida eventual por especulación mediante transacciones compensatorias en otras divisas.

HOLDING:Se utiliza para designar a una empresa que controla las actividades de otras mediante la adquisición de todas o una parte significativa de sus acciones

IATA:Asociación de Transporte Aéreo Internacional

ICEX:Instituto Español de Comercia Exterior

ILICITO ADUANERO:Hechos contrarios a las disposiciones legales que regulan la renta y la actividad aduanera. Conforme a la legislación aduanera nacional, el contrabando y la infracción aduanera constituyen ilícitos aduaneros

IMARCO:Instituto Marítimo de Arbitraje y Contratación. Organismo arbitral español especializado en términos marítimos

IMPORTACION:Es la compra de mercancías o servicios que se realiza entre dos países

IMPUESTOS:Es una carga obligatoria que los individuos y empresas entregan al Estado para contribuir a financiar sus gastos.

IMPUESTOS ADUANEROS:Son tributos exigidos por el estado con motivo de la realización de operaciones aduaneras.

IMPUESTOS AD-VALOREM:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible el valor de las mercancías

IMPUESTOS DE EXPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las exportaciones

IMPUESTOS DE IMPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las importaciones

IMPUESTOS DE IMPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las importaciones

IMPUESTOS DIRECTOS:Son aquellos tributos que pagan directamente las personas o empresas..

IMPUESTOS ESPECIFICOS:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible una medida física (peso, longitud, capacidad)

IMPUESTOS ESPECIFICOS:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible una medida física (peso, longitud, capacidad)

IMPUESTOS INDIRECTOS:Tributos cuya carga es trasladada por el sujeto pasivo a otra persona, la cual se considera gravada en forma indirecta. Como ejemplo tenemos a los impuestos aduaneros, en virtud de que lo pagado por tal concepto, constituye parte del costo de la mercancía y el consumidor final soporta la carga tributaria.

INFORME DE SOLVENCIA (crediticio):Son los informes que elaboran los bancos, las oficinas de investigación comercial y los funcionarios comerciales de las embajadas, oficinas de exportación, etc., sobre la situación financiera, la reputación y crédito de una empresa sobre, un posible cliente de la empresa que solicita el informe.

INFRACCION ADUANERA:Hechos violatorios de la legislación aduanera calificados por la misma como tal.

INSCRIPCION:Información que debe suministrar un expositor al organizador o prom

otor de una feria , exposición , misión o rueda de negocios.

INSUMOS BASICOS PARA LA EXPORTACION:Están constituidos por las materias primas, partes, componentes y bienes semielaborados destinados a ser transformados a través de un proceso productivo, para ser posteriormente exportados.

INTEGRACION:Desde el punto de vista económico, la integración es un proceso, mediante el cual dos o mas mercados nacionales, previamente separados y de dimensiones unitarias estimadas como poco adecuadas, se unen para formar un mercado ampliado de una dimensión mas idónea

INTEGRACION ECONOMICA:Es un proceso de creciente solidaridad e interpenetración estructural, cuyos mecanismos, instrumentos y objetivos quedan definidos en el programa consensual que le da origen y que conduce a mayores grados de unidad entre los espacios nacionales participantes.- Juan Mario Vaccino

INTEGRACION ECONOMICA TOTAL:Es el paso final de la integración, que además de involucrar una Unión Económica, supone la unificación de las políticas monetarias, fiscales, sociales, anticíclicas, como también, el establecimiento de una autoridad supranacional, cuyas decisiones sean obligatorias para todos los estados participantes en el proceso.

INTEGRACION REGIONAL:Es una integración llevada a cabo por países que comparten vínculos culturales, políticos, económicos y, que además constituyen un área geográfica bien definida

INTERMODAL, TRANSPORTE:Acarreo de la mercancía por varios medios de transporte (aéreo, marítimo, carretera o ferroviario)

INVESTIGACION DE CAMPO:Acopio de información sobre un mercado mediante visitas, entrevistas, sondeos, etc. Realizados en el sitio

INVESTIGACION DE MARKETING:Acopio de la información necesaria para decidir la mejor forma de vender un producto al mercado. Esta información se refiere a temas muy diversos, que van desde los métodos de distribución, hasta las actividades y los productos de la competencia, pasando por las características generales del entorno económico. Para muchos, la investigación de mercados es solo un elemento mas de la investigación de marketing.

INVESTIGACIÓN DE MERCADOS:Es la recopilación sistemática de información relativa a los mercados, tanto a través de investigación teórica, como de la práctica. La investigación de mercados esta especialmente orientada a determinar la demanda presente o futura de un producto en un mercado concreto, así como a conocer las características de esa demanda en cuanto a la calidad del producto y a los actores del mercado

JETRO:Corporación Japonesa de Comercio Exterior

JOINT VENTURE:Es una asociación para realizar una determinada actividad entre varios socios, suscriben un compromiso en donde unos aportan medios de capital, tecnología, medios de financiamiento y otros conocimientos del mercado, mano de obra, etc.

LAVADO DE DINERO:Es aquella operación que se realiza haciendo aparentar el capital y las ganancias ilícitas como si tuviesen un origen legítimo.

LCL:Contenedor de Carga menos Llena

LEASE-BACK :Es una modalidad de leasing en el cual el cliente hace el papel de proveedor, a saber, el propietario de bienes y equipos que necesita capital de trabajo se los vende a la arrendadora financiera, la cual, acto seguido se los arrienda como en un contrato ordinario de leasing

LEASING:Significa alquilar o arrendar un bien o inmueble con propósito de financiamiento

LEASING FINANCIERO:Ver arrendamiento financiero

LEASING OPERATIVO:El arrendatario tiene la facultad de revocar el contrato mediante aviso comunicado al arrendador, se diferencia del arrendamiento común, en que el arrendatario elige del fabricante o vendedor, el bien o los bienes que necesita arrendar; no contempla la posibilidad de transferir la propiedad del bien al arrendatario y el monto del alquiler a pagar no estrachamente correlacionado con la amortización del precio de adquisición del bien.

LETRA DE CAMBIO:Documento o título valor mediante el cual una persona física o jurídica (librador) ordena a otra (librado) pagar una cantidad a favor de un tercero, a su vencimiento.

LEVANTE DE UNA MERCANCÍA:La puesta a disposición por parte de una autoridad aduanera, de una mercancía a los fines previstos, en el régimen aduanero a que esté sometida.

LIBOR:Tasa de interés usada solamente para depósitos o préstamos a otros bancos de primera clase. Sin embargo se toma como base para establecer tasas a clientes o a otros bancos no considerados como de primera clase.

LIBRE CAMBIO:La situación de las relaciones económicas en que es posible el comercio internacional sin trabas comerciales ni barreras arancelarias verdaderamente importantes, y en la cual tampoco existen obstáculos serios para los movimientos de los factores de producción

LIBRE PLATICA:Autorización otorgada por las autoridades competentes a la llegada de una nave, aeronave u otro vehículo de transporten para que se realicen libremente las operaciones de embarque y desembarque.

LICENCIA DE EXPORTACIÓN:Documento que concede permiso para exportar mercancías especificadas dentro de un plazo concreto

LICENCIA DE IMPORTACION:Es la autorización oficial que permite la entrada de las mercancías en el país del importador. Si las mercancías no están sometidas a restricciones aduaneras se expiden automáticamente.

LIFO - Liner in Free Out:Cláusula de contratación de flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la estiba en destino.

LIMBO MONEY:Es el dinero disponible por las transnacionales en virtud de utilidades realizadas y que por determinadas regulaciones o circunstancias no pueden remitir al exterior en forma de dividendos. Este dinero es invertido en depósitos aplazo, fijo, mesas de dinero o en títulos de fomento de carteras, etc. Hasta que llegue la oportunidad de ser enviado al exterior.

LINER TERMS:Términos de línea. Cuando el buque es de servicio regular

LIQUIDACION DE DERECHOS E IMPUESTOS:Determinación del monto de los derechos e impuestos que deben percibirse.

LIQUIDEZ MONETARIA :Agregado de monedas y billetes en poder del público, mas los depósitos totales que éste mantiene en el sistema bancario, incluyendo los llamados depósitos especiales en el Banco Central.

LISTA DE EMPAQUE:Documento en el cual se consignan los detalles de cantidad, marca, peso, etc., de las mercancías transportadas en cada contenedor

LOADED ON BOARD:Indica que la mercancía fue cargada a bordo

MANIFIESTO:La lista de carga de un barco

MAQUILA :Tipo de industria caracterizado por utilizar insumos y tecnología en gran parte importados de un país determinado, empleando mano de obra local, y destinando la producción a la exportación hacia el país de donde se obtienen los insumos o hacia el país ordenado por éste.

MARCA DE ORIGEN:Es una declaración que llevan las mercancías o sus envases indicando el país en que se han fabricado, es decir, el país de origen.

MATE´S RECEIPT:Es un documento firmado por el Capitán del buque acusando recibo de la mercancía a bordo. En base a este documento, las navieras extienden el BL

MCCA:Mercado Común Centro Americano. Formado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

MERCADERIAS NACIONALES:Son aquellas mercancías producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, creadas o que han nacido en el territorio aduanero nacional, no exportadas definitivamente (o exportadas con carácter temporal), o las que han debido regresar a dicho territorio por no encontrar mercado en el exterior.

MERCADERIAS NACIONALIZADAS:Son mercancías que no obstante haber nacido o sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, o creadas en otro territorio aduanero, han cumplido con todos los trámites inherentes a su nacionalización, o sea, los relativos y necesarios para su aceptación, adjudicación, liquidación, pago y retiro

MERCADO:Más que un sitio físico donde se encuentran vendedores y compradores de un producto, representa un proceso en donde se fijan los precios por los vendedores y compradores de un bien o servicio.

MERCADO COMUN:Es un área económica integrada por varias naciones, en la que además de realizarse una unión aduanera entre ellas, se eliminan las restricciones a los movimientos de los factores productivos, lo cual significa que debe haber la libre circulación de bienes y servicios, del capital y del trabajo, con la eliminación total de los controles aduaneros internos y el levantamiento de las barreras arancelarias que pudiesen existir.

MERCADO COMUN DEL SUR - MERCOSUR:Es un Acuerdo de Integración Económica con vocación regional, firmado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, se le denomina también Tratado de Asunción y es un Acuerdo abierto a la participación de los demás países miembros de ALADI. Fue firmado el 26 de marzo de 1991.

MERCANCIAS EN LIBRE CIRCULACION:Mercancías de las cuales se puede disponer sin restricciones, desde el punto de vista aduanero.

MERCANCIAS EXTRANJERAS:Son aquellas que han sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas manufacturadas, o creadas en otro territorio aduanero, sin que hayan cumplido os los trámites necesarios para su nacionalización.

MISIONES COMERCIALES:Cuando industriales y comerciantes de un país, acuden a otro país para explorar ese mercado y realizar contactos comerciales. Por lo general se acompañan de catálogos donde se describen los productos a negociar.

MODULO:Estructura básica suministrada por el promotor de una feria o exposición

MONOEXPORTADORES:Se refiere a los países que concentran la mayor parte de sus exportaciones, en un solo bien, generalmente un producto primario

MTD - Multimodal Transport Document:Son los documentos de transporte multimodal, normalmente emitidos por las líneas navieras de contenedores para cubrir el despacho de mercancías de un lugar de toma de cargo a un lugar de entrega.

MUELLAJE:Las tasas pagadas por usar un muelle o servicios de muelle (Derechos de Muelle)

MUESTRAS:Parte representativa de una mercancía o de su naturaleza, que se utiliza para su representación o análisis.

MULTILATERALISMO:Se aplica al comercio entre muchos países no restringido por acuerdos de preferencia bilateral, cuyos intercambios no están nivelados entre pares de países, no obstante de que tienden a equilibrarse en cuanto a los saldos globales de cada uno de ellos. Este intercambio permite que funcionen las ventajas comparativas del comercio internacional, pues los compradores escogen los vendedores que ofrezcan los mas bajos precios y la mejor calidad, y exportan sus productos en donde existan demanda para ellos..

NACIONALIZACION:Régimen aduanero en virtud del cual las mercancías importadas son puestas, por la aduana, a disposición de los interesados, previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras y de otro carácter que sean necesarias, así como del pago de los derechos e impuestos a la importación eventualmente exigibles, pudiendo, en consecuencia, permanecer dichas mercancías en territorio aduanero a título definitivo.

NEGOCIABLE:Transferible, la letra de cambio negociable puede transferirse por cesión, endoso o entrega a un tercero.

NETO:Se aplica al peso de una mercancía restando el de los embalajes o envases que la contengan.

NOTA DE CONSIGNACION:La nota de consignación de las características de un embarque en particular

NOTA DE EMBARQUE:Es un impreso completado por el exportador y que viaja con las mercancías hasta la entrega a la empresa naviera y contiene la información referente a las mercancías y una descripción de la misma.

OBVENCIONES:Son las remuneraciones señaladas por la Ley a los denunciantes y aprehensores de efectos decomisados, y solamente serán procedentes a los fines de la Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento

OCDE:Organización de Cooperación y Desarrollo Económico

OEA:Organización de Estados Am,ericanos. Desde 1948. Agrupa a los 34 Estados Americanos independientes, con excepción de Cuba.

OFICINA DE ADUANA:Locales y sitios anexos donde se cumplen habitualmente las formalidades aduaneras.

ONU:Organización de las Naciones Unidas, Organismo que reúne a todas las naciones del mundo, y en el cual se lleva a cabo un buen número de negociaciones internacionales de gran alcance económico, político y social. Su objetivo principal es el desarrollo de los pueblos y el mantenimiento de la paz mundial; fue creado en el año 1945.

OPERACIÓN DE TRANSITO ADUANERO:Es el transporte de mercancía desde una oficina aduanera de partida a una de destino bajo el régimen de tránsito aduanero.

OPERACIONES ADUANERAS:Conjunto de actividades de tráfico de mercancías sujetas a la potestad aduanera.

ORDENANTE:Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a su banco comprometiéndose a efectuar el pago. Es el importador.

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO - OMC:Constituye la base legal e institucional del sistema multilateral del comercio, proporcionando las principales obligaciones contractuales que determinan la manera como los gobiernos enmarcan e implementan su legislación y regulaciones internas en materia de comercio. Así mismo constituye la plataforma sobre la cual se desarrollan las relaciones comerciales entre los países vinculados mediante el debate colectivo, la negociación. Fue firmado el 15 de abril de 1994 en Marrakech, Marruecos por los representantes de 117 países participantes en la Ronda Uruguay y puesto en vigencia el 1º de enero de 1995.

OTM:Operador de Transporte Multimodal

OUTSIDERS:Buques que no pertenecen a una conferencia marítima

OVERNIGHT TASA:Es la tasa de interés cobrada por el mercado interbancario proveedor de fondos, a bancos que no presentaron liquidez al final de un día bancario. Es un indicador de iliquidez en el mercado

PA - Pallet Allowance:Rebaja en la contratación del flete por mercancía paletizada.

PABELLON:Espacio que reserva un país o institución para la exhibición de sus productos

PACKING LIST: Es una lista donde se especifica el contenido de cada bulto de una operación de exportación

PAGO CONTRA ENTREGA DE DOCUMENTOS:Es un procedimiento de pago mediante el cual se garantiza que las mercancías solo se entregan al cliente cuando se haya abonado la cantidad que se expresa en la letra de cambio, o cuando el cliente haya aceptado la letra con vencimiento (pago) en una fecha determinada.

PAGO DE CALETA:Es la liquidacion de los servicios portuarios de movimiento de las mercancías desde los almacenes hasta el sitio donde la naviera lo indique.

PALETA:Plataforma de madera o metal sobre la que se colocan las mercancías para el almacenamiento o transporte mecánico

PALLET:Plataforma constituida por dos pisos unidos por largueros. Madidas: Universal = 1200 X 1000 mm.

PARTICIPANTES:Países, instituciones, industriales y comerciantes que concurren a una feria a exponer sus productos y servicios

PASAJERO:Son todas aquellas personas nacionales o extranjeras, que entren al territorio nacional o salgan de él por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, en calidad de transeúntes, turistas, residentes y otros.

PASE AL VAPOR:Documento mediante el cual el agente autoriza a la naviera a retirar la mercancía en él descrita, de los almacenes. Los funcionarios del almacén tendrán una copia del pase al vapor para confrontarla con la que presenta la naviera

PERÍODO DE GRACIA:Es el lapso comprendido entre la fecha de emisión de un empréstito y la del primer abono por amortización del principal o capital.

PLAFOND LIMITE MAXIMO ARANCELARIO:Es una combinación de contingente cuantitativo y arancelario. Se establece un tiempo determinado para la suspensión o prohibición de importaciones o exportaciones.

PODER NOTARIADO OTORGADO AL AGENTE ADUANAL:Documento notariado que extiende el exportador e importador a favor del agente aduanal, mediante el cual lo autoriza a actuar en su nombre en todas las operaciones relacionadas con la actividad exportadora e importadora o en los trámites aduaneros correspondientes.

POLITICA COMERCIAL:Conjunto de medidas gubernamentales que regulan el comercio internacional, se ocupa de los aranceles, prohibiciones, cuotas, y contingentes a la importación, incentivos a las exportaciones, creación de área de libre cambio, acuerdos bilaterales o multilaterales, así como la estructuración de uniones aduaneras y otras formas de integración.

POLIZA DE SEGURO:Es el documento que recoge las condiciones en que se aseguran las mercancías. Pueden ser nominativas o a la orden

POSTPANAMAX:Buque qu no pueden pasar el Canal de Panamá

POTESTAD ADUANERA:Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre algunos bienes, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes y, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera.

PRECINTO:Sello de plomo, banda pegada o cualquier otra cosa que al abrirse se rompa. El precinto sirve para como medio de control, para evitar la apertura de cajones, contenedores, fardos u otro bulto o embalaje que asegure, sin que pueda evidenciarse.

PRECIO FOB DE EXPORTACION:Está constituido por la suma del precio del producto a puerta de fábrica, mas los gastos de transporte al lugar habilitado para la exportación y los necesarios para su colocación a bordo, incluyendo las tasas y los impuestos internos que se causen con motivo de su producción y exportación

PRECIO FOB NETO DE EXPORTACION:Diferencia entre el Precio FOB de Exportación y los gastos de comercialización causados y pagados en el exterior con ocasión de la exportación, mas los descuentos por ventas y otros gastos similares realizados en el exterior.

PRECIO NORMAL:Es aquel que se estima pudiera fijarse para las mercancías de importación, como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro, en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios

PRECIO OFICIAL DE REFERENCIA:Precio fijado por el Estado, generalmente con carácter temporal, para algunas mercancías de importación y exportación, y que constituye la base mínima imponible para el cálculo de los tributos aduaneros correspondientes.

PRECIO PROBABLE:Es el precio alcanzado en el territorio nacional por una mercancía idéntica a la importada en fecha anterior o próxima a la de valoración

PRECIO USUAL DE COMPETENCIA:Es el precio que habitualmente se aplica en las transacciones comerciales en condiciones de libre competencia para mercancías extranjeras idénticas o similares a las que se valoran.

PREENTRADA:El proceso de presentación de documentos en la aduana antes de la expedición o llegada de la mercancía

PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL - PAR:Es un instrumento multilateral establecido en el Tratado de Montevideo y esta destinado a amparar la totalidad del intercambio comercial originario de los países pertenecientes a la ALADI y consiste en una reducción porcentual de los aranceles aplicados por los países miembros de ALADI a las importaciones recíprocas de todos los productos originarios de sus territorios, salvo los incluidos en las respectivas listas de excepciones, que no recibirán el beneficio antes señalado, al ingresar al país de que se trate.

PREFERENCIAS:Son medidas que otorgan un acceso privilegiado a los bienes importados de un país en relación a los otros bienes, comúnmente a través de reducciones arancelarias, o mediante el levantamiento de cuotas y restricciones cuantitativas.

PRESENTACION DE MERCANCÍAS EN ADUANA:Acción de poner mercancías a la disposición de la aduana, para el cumplimiento de las formalidades aduaneras.

PRIMA RATE:Es la tasa cargada por los bancos comerciales norteamericanos a las empresas prestatarias de primera clase por préstamos a corto plazo. Esta tasa se cobra generalmente a las 50 empresas mas grandes de los Estados Unidos.

PRIMIUM - Prima:Es la cantidad que cobra el emisor de una opción y que le compensa el riesgo de cambio que asume.

PROMOCION DE EXPORTACIONES:Es el esfuerzo que realiza un país para promover las exportaciones no tradicionales y así reducir la dependencia de sus exportaciones en pocos artículos, generalmente productos primarios.

PROTECCIONISMO:Es el conjunto de políticas que tienden a reducir las importaciones, ya sea para beneficiar a la producción interna o bien para eliminar un problema de balanza comercial.

PROTESTA DE MAR:Puede ser por averías, naufragio, abordaje o incumplimiento de la presentación de la carga.

PROVISIONES DE A BORDO:Ingreso bajo potestad aduanera de los víveres y provisiones liberados del pago de impuestos de importación, destinados al uso y consumo de los pasajeros y tripulantes de vehículos que realicen transporte internacional de carga o pasajeros.

PUERTO FRANCO:Es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías

PUERTO LIBRE:Territorio sometido a régimen aduanero especial, en el cual pueden ingresar mercancías procedentes del exterior, libres de los gravámenes aduaneros, impuestos internos y restricciones cuantitativas, dentro del término y limitaciones previstas en la Ley.

PVD:Países en Vías de Desarrollo

PVD - ALA:Países en Vías de Desarrollo de Asia y América Latina

RANCHO:Víveres y provisiones destinados al uso o consumo de los pasajeros y tripulantes de vehículos que realicen transporte internacional. Se considera también rancho, el material de reparación y accesorios para estos vehículos

REASEGURO:Es el contrato en virtud del cual una empresa aseguradora, llamada reasegurador, asume en todo o en parte el riesgo ya asegurado por otro asegurador, comprometiéndose mediante el cobro de una prima, a resarcir en todo o en parte a dicho asegurador directo la indemnización que éste tenga que pagar en caso de producirse el siniestro.

RECARGO POR CONGESTION:Pago extra cobrado por la naviera además del flete, para cubrir el tiempo que deben esperar los buques antes de atracar o descargar en los puertos congestionados.

RECINTO FERIAL:Espacio donde se realiza una feria.

RECIPROCIDAD:Es la práctica de un país de entregar a otro país concesiones comerciales idénticas a las que éste concede.

RECONOCIMIENTO PREVIO:Ver examen previo

RECURSO:Acto por el cual una persona ejercita su derecho de reclamación o de petición ante la autoridad competente.

REDESCUENTO:El redescuento no es mas que la recepción de documentos (letras, o pagarés) a corto plazo que han sido descontados por instituciones financieras privadas e ingresan al Banco Central por endoso.

REEMBARQUE:Acción material de volver a embarcar una mercancía ya descargada.

REEXPORTACION:Exportación desde un territorio aduanero, de mercancías que han sido importadas anteriormente.

REGIMEN ADUANERO:Tratamiento aplicable a las mercancías sometidas al control de la aduana, de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación

REGIMEN DE DEPOSITO DE ADUANA:Régimen aduanero, en virtud del cual las mercaderías importadas son almacenadas bajo control de la aduana en un lugar designado a este efecto (depósito de aduana) sin pago de los derechos e impuestos a la importación.

REGIMENES SUSPENSIVOS DE DERECHO: Denominación genérica de los regímenes aduaneros que permiten la entrada o salida de las mercancías a/o desde el territorio aduanero, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación o a la exportación.

REGISTRO:Acto de fechar y numerar el documento en que se indica la operación o régimen aduanero a que debe someterse la mercancía

REGLAS DE ORIGEN:Disposiciones o normas específicas para determinar el origen de las mercancías

REIMPORTACION:Importación en un territorio aduanero de mercancías que han sido exportadas anteriormente desde el mismo territorio

REINTEGRO:Repetición de pago, devolución o restitución de lo pagado indebidamente por tributos, intereses, sanciones y recargos.

REMATE ADUANERO:Oferta y adjudicación de mercancías en pública subasta, realizada por la administración aduanera, conforme al procedimiento legalmente establecido.

REMESA:Utilizado en relación con los flujos de divisas. Es el dinero que envía a su país de origen la persona que trabaja en el extranjero.

REMESA DOCUMENTARIA:Es una letra de cambio que esta acompañada de ciertos documentos que deben ser entregados al librador contra pago o aceptación de su importe.

REMOLQUE LIGERO:Si el PMA es inferior a 750 Kgs.

RENUNCIA A LA CONSIGNACION DE MERCANCIAS:Designación de otra persona por parte del consignatario para declarar las mercancías. Tal designación puede hacerse mediante el endoso del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda, según el caso. Así como también, mediante escrito dirigido a la autoridad aduanera correspondiente, anexando la documentación de propiedad de las mercancías.

REPATRIACION DE CAPITALES:Es el regreso al país de origen del dinero invertido en empresas de otros países

REPOSICION CON FRANQUICIA ARANCELARIA :

REPOSICION DE EXISTENCIAS (STOCKS):Régimen aduanero que permite importar, por una sola vez, con liberación del pago de los impuestos de importación, mercancías equivalentes en cantidad, descripción, calidad y características técnicas, a aquellas respecto a las cuales fueron pagados los impuestos de importación, y que fueron utilizadas en la producción de mercancías exportadas previamente, con carácter definitivo

REQUISA:Examen que practica la autoridad aduanera en los vehículos, a fin de establecer la legalidad y condición de la carga y del rancho

REQUISA:Examen que practica la autoridad aduanera en los vehículos, a fin de establecer la legalidad y condición de la carga y del rancho.

RESERVAS DE UN CREDITO DOCUMENTARIO:Si los documentos no cumplen estrictamente los términos y condiciones establecidas en las condiciones del crédito, entonces se habla de reservas.

RESERVAS INTERNACIONALES:Son los activos denominados en moneda extranjera que los Bancos Centrales mantienen para hacerle frente a las necesidades de divisas de sus respectivos países

RESTRICCIONES CUANTITATIVAS A LA IMPORTACION:Consiste en fijar administrativamente un volumen determinado de importaciones, ya sea en unidades físicas o en valores. Debido a las prohibiciones, el estado no permite que se importen ciertos tipos de productos por considerarlos dañinos para la economía o salud de la nación

RETIRO:Acto por el cual la aduana autoriza a los interesados a disponer de una mercancía que ha sido objeto de un despacho

RIESGO POR PAIS:Son los riesgos financieros originados por la situación política o económica imperante en el país del comprador

ROL DE TRIPULACION :Nómina de los tripulantes de las naves, aeronaves y demás vehículos de transporte, con indicación de los datos exigidos por la legislación vigente.

ROLL ON ROLL OFF:Buques para transporte de carga rodada

RUEDAS DE NEGOCIOS :Cuando exportadores e importadores de uno o varios países, acuden a otro país y realizan negociaciones de compra venta, con exportadores e importadores del país anfitrión. Generalmente, los exportadores llevan muestras y catálogos de los productos, acompañando el equipaje.

RUPTURA DE CARGA - Breaking Bull:Es la descomposición total o parcial del container en sus elementos para proceder a su almacenaje o transporte al receptor de carga.

RUTAS LEGALES:Unicas vías de transporte autorizadas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes para el tráfico de las mercancías que se importen o exporten o circulen en tránsito.

SALA DE CONFERENCIAS:Lugar disponible dentro del complejo ferial para que los expositores, instituciones, fabricantes, comerciantes puedan dar a conocer sus productos, mediante charlas o conferencias

SDT:Declaración de cargadores para el transporte de mercancías peligrosas

SEA WAYBILL (SWB):Documento de Embarque No Negociable. Permite el acceso a la mercancía de la parte consignada contra identificación. Util para venta de la mercancía en tránsito.

SEGURO:Es un contrato por el cual una parte se obliga, mediante una prima, a indemnizar las pérdidas o los perjuicios que pueden sobrevenir a la otra en casos determinados o fortuitos o de fuerza mayor; o bien a pagar una suma determinada de dinero, según la duración o eventualidades de la vida o de la libertad de una persona.

SEGURO DE CREDITO:Es un contrato bajo el cual la empresa de seguros acuerda reembolsar a un mayorista, fabricante o intermediario, por las pérdidas fuera de lo común, ocasionadas por la falta de pago de cuentas por cobrar o por la insolvencia del deudor

SELA:Sistema Económico Latinoamericano- Organismo regional de consulta, coordinación, cooperación y promoción económica y social conjunta, de carácter permanente, con personalidad jurídica internacional, integrado por Estados soberanos latinoamericanos. Integrado por Argentina, Barbados, Bolívia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Guyana, Haiti, Honnduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

SELLOS ADUANEROS:Sellos que pone la aduana para la aplicación de ciertos regímenes aduaneros (tránsito aduanero, en particular), generalmente con el fin de prevenir o de permitir la constatación de cualquier daño a la integridad de los bultos o de los dispositivos de cierre de los vehículos o de los equipos de transporte. Pueden servir también de medio de identificación de las mimas mercancías

SERVICIOS DE BULTOS POSTALES:Comprende las operaciones aduaneras de importación y exportación de mercancías por correo

SHORT FORM BL - Blank Back:Se trata de un documento que no incluye todas las condiciones del contrato de transporte marítimo en el reverso del documento. Siempre ha de ser aceptado, a no ser que un crédito documentario especifique que no se acepta este tipo de BL.

SICRI:Sistema de Información Central de Riesgo -Es una lista de todos los deudores de los bancos que lleva la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

SIECA:Es la Secretaría Permanente del Mercado Común Centroamericano, con personalidad jurídica propia.

SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS:Nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes, las notas de las secciones, de los capítulos y de las subpartidas, así como las reglas generales para la interpretación que figuran en el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, dado en Bruselas el 14-06-83

SISTEMA DE PREFERENCIAS GENERALIZADAS:Son regulaciones destinadas a promover el comercio de los productos de los países en desarrollo, beneficiándolos con un tratamiento preferencial, que básicamente consiste en una disminución total o parcial de los gravámenes arancelarios. Los principios de éste Sistema fueron acordados en el marco de la UNTAD

SISTEMA MONETARIO INTERNACIONAL - SMI:Es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos que ordenan los pagos originados en las transacciones económicas internacionales

SISTEMA MULTILATERAL DE PAGOS:Sistema de liquidación de los saldos generales en el comercio de bienes, servicios o capitales entre países, consistente en el pago mediante medios monetarios o activos líquidos. Un país deudor cuando paga a otro acreedor, su pago puede ser utilizado por este último para saldar su deuda con un tercero.

SOBORDO:Documento que contiene una lista de las mercancías que constituyen el cargamento de la nave, aeronave y demás vehículos de transporte, en el momento de su llegada o salida a/o desde el territorio aduanero.

SOBRESTADIA:Dinero pagado por el exportador por los retrasos en la carga, descarga o por ocupar espacio en un puerto o almacén más allá de un plazo especificado.

SOBREVALUACION:Es el término aplicado a una moneda cuando puede comprar mas externamente cuando se cambia por una divisa, que cuando internamente se gasta o invierte en la compra de bienes y servicios nacionales

SPOT - Contado.:Es el cambio de compra venta de una moneda respecto a otra (generalmente USD)

SPREAD - Diferencial:Diferencia entre tasa de interés tomadora y prestadora.

STAND:Espacio donde cada expositor exhibe sus productos.

STANDARD & POOR´S CORPORATION:Es la agencia de calificación de riesgo crediticio norteamericana mas importante a nivel mundial

STRIKE PRICE - Precio de Ejercicio:Es el tipo de cambio prefijado en una opción de divisas.

SUBVALUACION:Es el término aplicado a una moneda cuando puede comprar más en su país de origen que cuando se cambia por una divisa para aplicarse en la compra de bienes y servicios importados.

SUSTITUCION DE MERCANCIAS:Régimen aduanero que permite introducir al territorio aduanero nacional con liberación de impuestos de importación, mercancías extranjeras que reemplazan a aquellas previamente nacionalizadas, que por haber resultado defectuosas o con diferentes especificaciones a las convenidas, deben retornar al extranjero.

SWAP:Venta y compra simultanea de una divisa en cantidades aproximadamente iguales en términos de vencimiento diferentes.

SWAPTIONS:Opciones sobre SWAPS

SWIFT - Society for Worldwide Interbank Financial Telecomunication:Mensajes de intercambio electrónico de datos entre bancos.

TAKEN IN CHARGE:Significa que la mercancía fue tomada para carga.

TARA:Peso que se rebaja en las mercancías por motivo de los embalajes, vehículo o cosa semejante en que están incluidas

TARA:Precio que no se aprecia en las mercancías por motivo de los embalajes o envases que las contienen. Con la Tara el precio se denomina bruto y sin ella peso neto.

TARIFA:Es un elemento de determinación tributaria. Representa la cantidad relativa de tributos aplicables aun hecho imponible. Puede ser ad-valorem, específica o mixta.

TARIFA AD-VALOREM:Es la cantidad porcentual del tributo aplicable al valor de las mercancías, para determinar el monto de la obligación tributaria. El valor en este caso constituye la base imponible.

TARIFA ESPECIFICA:Es la cantidad de tributo aplicable a una medida (unidades del sistema métrico decimal) de las mercancías, para determinar el monto de la obligación tributaria. El peso, la longitud o la capacidad en este caso constituyen la base imponible.

TARIFA MIXTA:Es una mezcla o combinación de las tarifas ad-valorem y específica. La obligación tributaria se determina aplicando tanto una cantidad porcentual de tributo al valor de las mercancías, como una cantidad de tributo a una medida de la misma.

TASA:Tributo exigido por el Estado, con motivo de la prestación de un servicio individualizado en el sujeto pasivo de la obligación. Equivale al precio fijado por el servicio público recibido.

TASA ADUANERA :Prestaciones pecuniarias que impone el estado, como consecuencia de la prestación de servicios vinculados a las actividades aduaneras.

TASA DE ALMACENAJE:Cantidad de dinero que debe pagar el usuario de los almacenes, patios y demás dependencias adscritas a la aduana, por la permanencia o depósito de mercancías en dichos lugares, según el volumen, peso o valor.

TASA POR CONSULTA DE CLASIFICACION ARANCELARIA:Cantidad que se debe pagar por consultar a la unidad competente, la clasificación arancelaria de cualquier mercancía.

TASA POR SERVICIOS DE ADUANA:Cantidad de dinero que debe pagar el usuario por el servicio que le prestan las aduanas para determinar el régimen aplicable a las mercancías sometidas a su potestad.

TERRITORIO ADUANERO:Territorio de un Estado en el cual las disposiciones de su legislación aduanera son aplicables.

THROUGH BL:Si el transporte marítimo lo efectúa mas de un transportista uno de los documentos que podrá cubrir la totalidad de la expedición en el Through BL

TIPO DE CAMBIO:Precio al cual una moneda nacional se cambia por una moneda extranjera

TLC:Tratado de Libre Comercio . Desde 1994. Miembros: Canadá, Estados Unidos y México

TLVO - Total Loss of Vessel Only :Pérdida total efectiva. El asegurador paga el cargamento solamente si el buque queda destruido. Es la mínima garantía.

TONELADA CORTA - Short Ton:2000 libras = 907,18 kgs.

TONELADA DE PESO MUERTO:Incluye el peso de la carga y de los consumibles de un buque

TONELADA LARGA - Long Ton:2240 libras = 1016,16 kgs.

TONELADA METRICA-MetricTon:2204 libras = 1000 kgs.

TRANSBORDO:El proceso de transferir la carga de un medio de transporte a otro

TRANSITARIO:La parte responsable de organizar la exportación y/o importación de la carga

TRANSITO:Es el paso legal y voluntario, por territorio aduanero nacional, de mercancías extranjeras destinadas a su consumo en otro territorio aduanero

TRANSITO ADUANERO:Es el régimen aduanero aplicable a las mercancías transportadas de una oficina aduanera a otra (de una de partida a una de destino), bajo control aduanero.

TRANSITO ADUANERO INTERNACIONAL:Es la operación en la cual solo se efectúa en el territorio aduanero nacional el paso de las mercancías

TRANSITO ADUANERO NACIONAL:Es la operación en la cual la aduana de partida o de destino es una aduana nacional

TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS:Carga hasta el límite de 20 Kgs. O 100 decímetros cúbicos, que sea transportada por vehículos de pasajeros en compartimientos especiales. Excluye animales vivos, explosivos o materiales que constituyan riesgo físico para las personas.

TRANSPORTE MULTIMODAL, INETRMODAL O COMBINADO:Es la operación de tránsito aduanero, mediante el cual el transporte de mercancías se realiza por dos o más modos diferentes de transporte, desde un lugar donde el operador del transporte multimodal se hace cargo de las mercancías a otro lugar designado para su entrega, situado en un país diferente.

TRASBORDO:Traslado de mercaderías efectuado bajo control aduanero en una misma aduana, desde una unidad de transporte a otra, o a la misma en distinto viaje, incluida su descarga a tierra, para continuar a su destino.

TRATADO:Convenio en el cual se establecen acuerdos entre dos o mas personas o países, sobre cualquier materia o acerca de varias materias.

TRIBUNAL ANDINO DE JUSTICIA:Donde se dirimen los problemas legales que surgen entre los países que conforman la Comunidad Andina, se crea el 28/05/79, con sede en Quito, Ecuador y se instala el 5/01/85

TRIPULANTES:Son todas aquellas personas que al arribar o al salir un vehículo del territorio nacional, por cualquier lugar habilitado para operaciones aduaneras, se encontraren a bordo del mismo, prestando servicios en calidad de empleado del transportador.

UBICACIÓN ARANCELARIA:Determinación del Código Arancelario correspondientes a las respectivas mercancías

UN:Naciones Unidas

UNCTAD:Conferencia sobre Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas.

UNIDAD MONETARIA:Es la expresión en términos de moneda de todos los precios y valores de un país

UNION ADUANERA:Sistema de integración que supone la supresión inmediata o gradual de las barreras aduaneras y comerciales a la circulación de mercancías entre los países que constituyen la unión, además frente a terceros países se aplica a las importaciones un arancel aduanero común

UNION ECONOMICA:Constituye la consolidación del mercado común, se eliminan las barreras al comercio, existe una tarifa externa común para terceros países, hay libre circulación de los factores de la producción y existe la armonización de las políticas económicas de los estados que conforman la unión.

UNION POSTAL UNIVERSAL U.P.U.:Es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas que tiene por objeto facilitar las relaciones entre los pueblos a través del correo. Se fundó el 1/07/48 y cuenta con 148 países miembros.

URU:Usos y Reglas Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional

VALOR C&f - Cost and freight:Costo y flete. El precio se entiende por mercancía puesta en precio de destino, flete pagado, seguro no.

VALOR CIF - Cost, Insurance and Freight:Costo, seguro y flete, significa que el precio se entiende por mercancía puesta en puerto de destino, flete y seguro pagado.

VALOR CIF & E - Cost insurance freight and exchange:El precio facturado por el exportador comprende (además del costo de la mercancía, el seguro y el flete), los gastos a que puede dar lugar el cambio y la negociación de su letra; estos gastos no pueden facturarse como extras.

VALOR EN ADUANA:Para calcular los derechos aduaneros que hay que aplicar, la Aduana define el concepto de Valor en Aduana, que es el de mercancía más todos los gastos (seguro, transporte, etc) que se hayan producido hasta el momento de pasar la aduana. Sobre este valor en aduana, se aplicará el tipo de arancel al cual este sometida la mercancía y el país de origen. El resultado de aplicar el arancel del valor en aduana se aplica el IVA correspondiente. Este valor es el Valor de la Mercancía.

VALOR EX -FABRICA Ex Works.:La mercancía es puesta, a disposición del comprador en el local habitualmente previsto, en el vehículo del comprador. Están incluidos en el precio apenas el embalaje necesario y los gastos para colocación de la mercancía en el vehículo transportador.

VALOR FAS - Free along side:Franco al costado del navío. El precio se entiende por mercancía puesta al costado del navío en el puerto convenido, con todos los gastos y riesgos hasta dicho puerto a cargo del vendedor.

VALOR FOB - Free on board:Franco a bordo. El precio se entiende por mercancía puesta a bordo del barco, con todos los gastos, derechos e impuestos y riesgos a cargo del vendedor hasta el momento en que la mercancía ha pasado la borda del barco

VALOR NORMAL :Precio normal, precio que, en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios, se estima que pudiera fijarse para las mercancías de importación como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia, entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro.

VALOR REAL:El precio al que son vendidas las mercancías en condiciones de libre competencia

VALORES DECLARADOS:Son envíos (cartas, impresos, cajas o paquetes postales) que pueden contener dinero metálico, billetes de banco o valores al portador, prendas o demás objetos preciosos y en general todo documento que represente valor en efectivo

VISITA DE RECEPCION Y CONTROL A BORDO DE AERONAVES:Operaciones por las cuales la aeronave es visitada por funcionarios de la aduana, a su llegada al aeropuerto o durante su permanencia en él, con el objeto de: a) recibir y examinar los documentos de la aeronave, b) registrar y vigilar la aeronave.

VISITA DE RECEPCION Y CONTROL A BORDO DE NAVES:Operaciones por las cuales la nave es visitada por funcionarios de la aduana, a su llegada al puerto o durante su permanencia en él, con el objeto de: a) recibir y examinar los documentos de la nave, b) registrar y vigilar la nave

VISITANTE:Son los industriales, comerciantes y cualquier persona que visita un recinto ferial o una exposición.

VISTA DE ADUANA:Funcionario técnico aduanero encargado de aforar las mercancías

WALL STREET:Es una dirección pero se emplea para referirse a las bolsas de valores de Estados Unidos, Bolsa de Valores de Nueva York y la Bolsa Americana de Valores.

ZONA ADUANERA:Area de circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósito, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas y , en general, por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga y descarga y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas.

ZONA DE ALMACENAMIENTO:Area integrada por patios, depósitos, y demás lugares de almacenamiento de las mercancías

ZONA DE LIBRE COMERCIO:Están formadas por dos o más Estados en las que se han eliminado los aranceles y otras barreras al comercio, las mismas tienen como objetivo mejorar la competitividad, incrementar las exportaciones y dinamizar la economía. Sistema de Integración que rige en un área formada por dos o más Estados que de forma inmediata o paulatina suprimen las barreras aduaneras y comerciales entre sí, pero manteniendo cada uno frente a terceros países, su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio

ZONA DE PREFERENCIAS COMERCIALES:Son acuerdos donde dos o más países se dan un tratamiento arancelario mas favorable que el concedido a otros países que se encuentran fuera del acuerdo preferencial.

ZONA DE VIGILANCIA ADUANERA :Parte determinada del territorio aduanero donde la aduana ejerce poderes especiales en virtud de los cuales aplica o puede aplicar medidas especiales de control aduanero.

ZONA FRANCA:Cualquier enclave nacional creado por las autoridades competentes de cada Estado, con el fin de considerar las mercancías que allí se encuentren fuera del territorio aduanero para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro impuesto. En las Zonas Francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de origen o de destino. Se pueden cargar y descargar, transbordar, almacenar y manipular mercancías. En casi todos los países del mundo existen Zonas Francas, las cuales ofrecen ventajas fiscales como suspensión de derechos aduaneros, IVA e impuestos especiales, no se aplican restricciones cuantitativas o cualitativas, etc.

ZONA FRANCA INDUSTRIAL:Zona franca en la cual las mercancías que se admiten pueden someterse a operaciones de transformación o perfeccionamiento legalmente autorizadas.

ZONA MARITIMA ADUANERA:Espacio marítimo donde la aduana ejerce jurisdicción de acuerdo con la legislación correspondiente

Glosario de términos de Negocios Internacionales

ACCESO A MERCADO/ Market Access::Nivel de restricción (o facilidad) establecido en la normativa nacional de política comercial de un país para el ingreso de productos importados a ese mercado nacional. Determina la posibilidad real de los proveedores nacionales para penetrar en un mercado externo (acceso a terceros mercados). Las normas de acceso a mercado y, en particular, los aranceles han sido históricamente el principal y, a menudo, el único objetivo de las negociaciones y acuerdos comerciales internacionales.

ACCESO MINIMO - ACCESO ACTUAL / Minimum Access-Current Access: :Se refiere al volumen (contingente o cuota) de un producto agropecuario determinado de un país se ha comprometido a aceptar que ingrese al mercado nacional bajo condiciones arancelarias preferenciales no restrictivas, en circunstancias que para las importaciones que superen dicho volumen el país ha fijado un arancel muy alto prohibitivo. Se aplica a los productos que fueron “arancelizados” en la Ronda Uruguay, los cuales quedaron con un arancel equivalente muy alto.

ACUERDO / Agreement: :Resolución tomada en común por varias personas en una negociación

ARMADOR NAVIERO O PORTEADOR MARITIMO:Es el dueño o propietario del buque. En el caso que asumiera directamente la gestión comercial del buque, su rol será de un armador-operador, comercializando sus espacios útiles de carga (bodega) y percibiendo cierta rentabilidad en términos de flete.

ARRENDAMIENTO DE MANTENIMIENTO Y EQUIPO:Se refiere al arrendamiento de paquetes combinados del servicio de mantenimiento y de los equipos

ARRENDAMIENTO FINANCIERO:Es la operación mediante la cual una empresa adquiere un bien mueble o inmueble conforme a las especificaciones indicadas por el interesado, quien lo recibe para su uso por un período determinado a cambio de una contraprestación dineraria que incluya amortización del préstamo, intereses, comisiones, y recargos previstos en el contrato, puede optar durante el transcurso o vencimiento del contrato por devolver el bien, sustituirlo por otro, renovar el contrato o adquirir el bien de acuerdo a las estipulaciones contractuales.

ARRENDAMIENTO SINDICADOS:Son aquellos destinados a atender el financiamiento de proyectos económicos de gran envergadura tales como complejos de industrias manufactureras y básicas, equipos portuarios, aeropuertos, redes ferroviarias, infraestructura petrolera, etc.

ATEIA:Acuerdo entre Transitarios Internacionales y Asimilados.

ATP:Acuerdo Internacional sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas y sobre Vehículos Especiales.

AVERIA:Pérdida o daño que sufre la mercancía. La legislación aduanera establece que en casos de avería debe ajustarse la base imponible en proporción a la cuantía estimada de la misma.

AVERIA GRUESA:Cuando se ha hecho intencionada y razonablemente un daño o sacrificio de la mercancía con el objetivo de preservar un buque y/o las otras mercancías

AVISO DE EMBARQUE:Este aviso es enviado por la compañía de transporte al exportador para informarle del momento en que puede entregar las mercancías en el puerto. Una vez que el exportador ha recibido el aviso, entrega las mercancías a la compañía naviera para su embarque.

BACK TO BACK:Expresión inglesa referida al crédito documentario que se abre con garantía de otro. Constituye una obligación distinta e independiente, por cuyo motivo se considera a efectos de riesgos como un crédito nuevo.

BACO:Barge Container Carrier

BAF:Bunker Adjustement Factor- Factor de Ajuste de Combustible. Influye en el cálculo de l flete

BALANZA COMERCIAL:Es la parte de la Balanza de Pagos que recoge los movimientos en un lapso o período, por lo general un año, de mercancías entre un país y el resto del mundo. Incluye todas las exportaciones (créditos) y las importaciones (débitos de bienes o mercancías entre los residentes de un país y el resto del mundo. El saldo positivo o negativo del total de las exportaciones menos el total de las importaciones, se llama balanza comercial

BALANZA DE PAGOS:Es el registro sistemático de todas las transacciones económicas ocurridas durante un período determinado , entre los residentes de un país, y los residentes del resto del mundo. Es un estado estadístico de un período dado que indica: - las transacciones de bienes y servicios y renta entre una economía y el resto del mundo - los traspasos de propiedad y otras variaciones del oro monetario, los derechos especiales de giro DEG, y los activos y pasivos de esa economía frente al resto del mundo y Las transferencias unilaterales y asientos de control, partidas necesarias para equilibrar, desde el punto de vista contable, los asientos de las transacciones y variaciones recién enumeradas que nos se compensan entre sí.

BANCO ACEPTADOR:Similar al banco pagador, pero en este caso acepta un efecto al vencimiento en lugar de pagar o comprometerse al pago

BANCO CONFIRMADOR:Garantiza el pago por parte del Banco emisor. Se usa cuando las garantías que ofrece el Banco emisor no se consideran suficientes. Suele ser el Banco avisador

BANCO EMISOR:Banco elegido por el importador. Confecciona y realiza la apertura del crédito. Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el banco del Importador

BANCO INTERNACIONAL DE PAGOS:Fue creada en 1930, con sede en Basilea Suiza, Cuyo propósito original era la de coordinación de varios bancos centrales para los pagos de las reparaciones de guerra de Alemania. Es una especie de Banco Central de bancos centrales europeos que sirve para realizar muchas operaciones en el anonimato.

BANCO NEGOCIADOR:Compra (descuenta) un efecto al exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el exportador cobra a la vista (con o sin intereses)

BANCO PAGADOR:Generalmente es un banco en el país del exportador, que recibe el mandato del banco emisor para pagar o comprometerse al pago contra presentación de la documentación exigida. Para el exportador es conveniente que exista un banco pagador en su país.

BANCOEX:Banco de Comercio Exterior - Venezuela, se crea el 12 de julio de 1996, con el objeto de otorgar financiamiento y garantías a los exportadores, funciona como banco de segundo piso, otorgando líneas de crédito a otros bancos, canalizando los recursos hacia los exportadores

BANCOS DE INVERSION:Son instituciones financieras que venden y distribuyen emisiones nuevas de valores, que además compra grandes lotes de estas nuevas emisiones y toma el riesgo de su colocación.

BANCOS UNIVERSALES:Son instituciones donde se hacen préstamos, se suscriben obligaciones y toman posiciones de valores privados.

BANDAS DE FLUCTUACION:Es un sistema que intenta conjugar la inflexibilidad de un sistema de tipo de cambio fijo con un sistema de cambio flotante o flexible y permite estabilizar el tipo de cambio de manera automática y ofrece a las autoridades mayores grados de libertad para instrumentar la política monetaria.

BARRERAS ARANCELARIAS:Nivel de aranceles tan alto, que impide, en la práctica, el ingreso de un producto a un país

BARRERAS NO ARANCELARIAS:Se denomina así todo método distinto al de los aranceles o impuestos aduanales, para desalentar las importaciones de un país. Como ejemplo de éstas prácticas tenemos; a) cuotas de importación, b) prohibición absoluta de importar ciertos bienes, c) licencias previas para comprar ciertos bienes, d) bienes que sólo pueden ser importados por el gobierno y e) exigencias de permisos sanitarios.

BASE IMPONIBLE:Base de cálculo del tributo, que resulta de la cuantificación del hecho imponible. En materia aduanera, la base imponible puede ser, el valor de las mercancías, el peso y otra medida cuantificable de las mercancías. Para aplicar la base imponible es necesario considerar si la tarifa aplicable es ad-valorem específica o mixta.

BASE MONETARIA :Pasivos monetarios del Banco Central con el público y con otros bancos. Se refiere al efectivo en poder del público, depósitos especialmente en el banco central y Reservas Bancarias

BENEFICIARIO:Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el pago al banco emisor o al pagador una vez ha cumplido las condiciones establecidas en el crédito. Es el exportador.

BENELUX:Siglas de la Unión Económica entre Bélgica, Nederland (Países Bajos) y Luxemburgo, instituida por tratado firmado en la Haya el 3/2/58

BERD:Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo

BID:Banco Interamericano de Desarrollo, creado el 31 de diciembre de 1959, con capital de los países miembros de la OEA y Estados Unidos, teniendo como objetivo principal, ayudar al desarrollo mediante préstamos a largo y mediano plazo, con tasas ligeramente inferiores a la de los mercados internacionales.

BIEN:Es todo objeto concreto que sirve para satisfacer una necesidad humana o producir otro bien que satisfaga esa necesidad.

BIENES COMPLEMENTARIOS:Son aquellos bienes cuya demanda se incrementa cuando aumenta la de aquel bien que es su complemento.

BIENES DE CAPITAL:Son aquellos bienes producidos por el hombre para producir bienes de consumo u otros bienes de capital

BIENES DE CONSUMO:Son los bienes tangibles que sirven para la satisfacción directa de las necesidades individuales.

BIENES DE PRODUCCION:Son bienes que sirven para producir otros bienes o dar servicios productivos.

BIENES INTANGIBLES:Se denominan así a los servicios

BIENES LIBRES:Son aquellos bienes que sirven para satisfacer las necesidades, pero como su oferta supera ampliamente a la demanda y son obtenibles sin costo alguno, por lo tanto no son económicos. Existen pocos bienes libres.

BIENES PUBLICOS:Son aquellos bienes o servicios que son consumidos o utilizados colectivamente, aquel cuyos beneficios no se agotan o disminuyen por un usuario o consumidor adicional y de aquel, que es muy difícil o imposible excluir a las personas de su disfrute.

BIENES SUSTITUTIVOS:Son aquellos que pueden ser sustituidos unos por otros, en un proceso productivo o en la satisfacción de una necesidad.

BILATERALISMO:Práctica del comercio internacional parecida al trueque. Los egresos de divisas por importaciones se compensen por ingresos de divisa derivados de las exportaciones.

BILL OF LADING:Recibo dado al embarcador por las mercancías entregadas. Demuestra la existencia de un contrato de transporte marítimo y otorga derechos sobre la mercancía.

BIRF . BANCO MUNDIAL:Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - Banco Mundial, fue creado conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional en 1944, cuyo objetivo fue proporcionar un mecanismo de financiamiento a largo plazo para la reconstrucción de los países devastados por la II Guerra mundial y luego para financiar el desarrollo de infraestructura en países no industrializados. Cuenta con 144 miembros.

BL A LA ORDEN (to the Order):Cuando un BL es a la orden, el propietario de la mercancía (el poseedor del BL), puede convertirlo: en nominativo (mediante endoso), ponerlo a la orden de otra firma o dejarlo con el endoso firmado en blanco. Son los más utilizados.

BL AL PORTADOR (to the bearer):El poseedor del documento es el propietario de la mercancía

BL HOUSE:Cuando el BL lo emite un transitario. Es un documento no negociable, que no da derechos sobre la mercancía

BL NOMINATIVO:Son extendidos a nombre de una persona determinada, que podrá hacerse cargo de la mercancía previa identificación y presentación de uno de los BL originales. No admiten endoso

BULTO POSTAL:Es el bulto destinado a la importación y exportación de mercancías, sujeto al control aduanero y que circula por el correo conforme a los respectivos acuerdos internacionales. Su límite de peso es de 20 Kgs. Y no debe exceder de 1,05 mts. En su dimensión, ni de 2 metros la suma de la longitud y del contorno mayor

BULTO SOBRANTE:Mercancía sobrante. Mercancía por unidad de embalaje (caja, paleta, paquete, etc.) descargada de más. Los bultos sobrantes se pueden determinar una vez terminada la confrontación general de los cargamentos por el manifiesto de carga y los conocimientos de embarques.

BUQUE TRAMP:Estos buques no siguen rutas regulares sino que tocan los puntos donde tienen mercancía para cargar.

BUQUES CHARTER:Pueden fletarse para transportar productos para un fin o un período determinado

CABOTAJE:Es el paso voluntario y legal, de mercaderías nacionales o nacionalizadas, entre puertos ubicados en el territorio aduanero nacional

CAD:Pago contra documentos

CADENA DE COMERCIALIZACION:Para que un bien final llegue a su último destinatario que es el consumidor, se requiere lo que se llama cadena de comercialización.

CAF:Corporación Andina de Fomento

CAF - Currency Adjustement Factor:Factor de ajuste de moneda. Influye en el flete

CAG:Pago contra mercancía

CAJA DE CONVERSION:Es un "Banco Central" que aumenta (disminuye) la cantidad de moneda cuando las reservas internacionales experimentan un incremento (descenso) sobre la base de un tipo de cambio fijo. Si la relación que se establece es de uno a uno, por cada bolívar en circulación debe existir un dólar de respaldo en poder de la caja, también se conoce como Junta Monetaria.

CALETA :Servicio de movilización de la mercancía desde el vehículo de transporte hasta la zona de almacenamiento o viceversa.

CALL OPTION - Opción de compra:Contrato que ofrece a su poseedor el derecho, no la obligación, de comprar una cantidad de divisas a un tipo de cambio predeterminado durante un período de tiempo o bien en la fecha de vencimiento del contrato

CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL:Esta institución agrupa a los banqueros y hombres de negocios de un gran número de países. Presta asesoramiento sobre normas y procedimientos comerciales.

CAPITAN:Director técnico de la navegación y, además, es el que ejerce la autoridad suprema sobre todas las personas que se encuentran a bordo. El Capitán esta revestido por ministerio de Ley, de atribuciones extraordinarias no concedidas a ningún otro ciudadano del Estado, bajo pabellón se cobija y navega.

CARGA:Conjunto de mercancías que para ser transportadas son colocadas en un vehículo. Operación de colocación de mercancías en un vehículo de transporte.

CARGA CONSOLIDADA:Carga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidador), en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatarios finales.

CARIBANK:Banco de Desarrollo del Caribe, creado en 1970, es el organismo financiero de apoyo al proceso de integración y de y de desarrollo de los países del CARICOM, es un organismo autónomo y además son miembros Gran Bretaña, Colombia, Canadá y Venezuela.

CARICOM:Comunidad Económica del Caribe desde 1973, conformado por: Antigua, Barbados, Bahamas, Belice, Bermudas, Antillas Holandesas, Cuba, Dominica, Granada, Guayana, Guadalupe, Guyana, Haití, Islas Vírgenes, Jamaica, Caimán, Turcas y Caicos, Martinica, Montserrat, República Dominicana, Santa Lucia, San Cristóbal, San Vicente y las Granadinas, St Kitts y Nevis, Surinam,Trinidad y Tobago

CARRIER:Transportista

CARTA DE CREDITO:Es instrumento mediante el cual, un banco actuando por cuenta y orden de una persona natural o jurídica, se compromete, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en ella, a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o a su orden, o a pagar, aceptar o negociar las letras de cambio que libre el beneficiario.

CARTA DE CREDITO DOCUMENTARIO:Es un convenio mediante el cual, un banco (banco emisor) obrando a petición y de conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante), se obliga a efectuar el pago a un tercero (beneficiario) o a su orden, o a aceptar o negociar las letras de cambio (giros) que libre el beneficiario o a su orden que tales pagos sean efectuados o que tales giros sean pagados, aceptados o negociados por otro banco, contra entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando los términos y condiciones del crédito se hayan cumplido.

CARTEL:Es una organización de productores de una industria que se unen para tomar decisiones, fijar los precios o dividirse el mercado.

CATALOGOS:Folleto que describe un productos o un servicio y la empresa que lo fabrica o suministra, sirve para la publicidad de un producto o servicio

CCI:Cámara de Comercio Internacional

CEI:Comunidad de Estados Independientes. Desde 1991. Miembros: Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Azerbayán, Georgia, Armenia, Kazajastán, Turkmenistán, y Tayikistán

CEPAL:Comisión Económica para la América Latina, Es un organismo anexo al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, fue establecido en 1948 y sus objetivos básicos son: a) favorecer altas tasas de desarrollo en los países latinoamericanos y b) incrementar la cooperación económica y el comercio entre los países latinoamericanos y el resto del mundo.

CERTIFICADO DE ANALISIS:Documento que certifica que la naturaleza, composición, grado, etc, de la mercancía corresponde a la calidad contratada

CERTIFICADO DE DEPOSITO:Se exige en los casos en que la existencia de depósito previo obligue haberlo realizado antes de despachar la mercancía.

CERTIFICADO DE INSPECCION:Certificado que indica que las mercancías han sido examinadas y encontradas conformes con la mencionada en un contrato o una proforma. Lo realizan compañías especializadas. SGS, Bureau Veritas, Lloyd¨s, etc. Generalmente se inspecciona el 10% de la mercancía

CERTIFICADO DE ORIGEN:Documento que identifica las mercancías expedidas y declara expresamente dónde se fabricó las mercancía. Se utiliza principalmente para aprovechar ventajas impositivas que ofrecen algunos países con los cuales se han celebrado convenios

CERTIFICADO DE PESO:Es un documento en el que se hace constar el peso de la mercancía (neto y bruto) bulto por bulto.

CERTIFICADO DE SANIDAD :Documento que certifica que la mercancía ha sido examinada y se encuentra en perfectas condiciones para el consumo humano

CERTIFICADO DE SEGURO:Documento que prueba que se ha contratado el seguro sobre la carga durante la travesía como parte de una póliza de seguros global.

CERTIFICADO DE VALOR:Este documento indica que la factura contiene una declaración verdadera y completa del precio del producto

CFR - Cost and Freight - Costo y Flete :El vendedor debe pagar los gastos y flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido con el comprador y despacha la mercancía en aduana para la exportación, sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional debido a acontecimiento incurrido después del momento en que la mercancía fue entregada a bordo de buque, se transfiere al comprador cuando la mercancía traspasa la borde del buque en el puerto de embarque.

CFS:Container Freight Station - Estación de Fletes de Contenedores

CGC:Consejo de Cooperación del Golfo. Desde 1979. Agrupa a Arabia Saudí, Bahrein, Emiratos Arabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar.

CIF- Cost Insurance and Freight Puerto de Destino Convenido:El vendedor debe pagar los gastos y flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido con el comprador, contrata el seguro con cobertura mínima y paga la prima correspondiente y despacha la mercancía en aduana para la exportación

CIM:Carta de Porte Internacional para Ferrocarril

CIP – Carriage and insurance paid to – Transporte y seguro pagados hasta el lugar de destino convenidos:El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino mencionado por el comprador así como todos los gastos incurridos, incluyendo los de carga y descarga en el lugar de destino y debe contratar y pagar la prima de un seguro de cobertura mínima contra riesgo de pérdida o daño de la mercancía.

CIRCUNSCRIPCION:Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta ejercerá la potestad aduanera.

CKD -Complete Knock Down):Conjunto de partes, piezas y componentes para uso industrial que se importan conforme a una autorización emanada del organismo competente, siguiendo una política de incorporación de o partes y piezas nacionales. Las mercancías que se importan bajo régimen de CKD disfrutan de una rebaja de impuestos de importación, así como de la liberación de las restricciones cuantitativas, según las previsiones legales respectivas.

CLASIFICACION ARANCELARIA:Indicación correcta del código de la posición o partida, de la subposición o subpartida, del item y del subitem correspondiente a las respectivas mercancías

CLAUSULA DE ARBITRAJE:Se trata de la cláusula que se inserta en los contratos por la que se conviene y regula el procedimiento de arbitraje para la solución de diferencias o controversias en un contrato

CLAUSULA DE NACION MAS FAVORECIDA:Se aplica en tratados y acuerdos sobre comercio internacional, por lo cual un Estado o nación independiente, se obliga a conceder un tratamiento arancelario a los productos de la otra nación o Estado, que no debe ser peor que el que se otorgue a cualquier otra nación.

CLAUSULA ROJA:Permite al exportador disponer total o parcialmente del importe del crédito antes de presentar los documentos en él requeridos y aún antes de expedir la mercancía. Es una financiación del importador al exportador.

CLEAN BILL OF EXCHANGE:Es una letra de cambio que no tiene documentos anexados

CLEARING:Empleado para designar un mecanismo de liquidación de deudas por compensación, su puesta en práctica permite el intercambio comercial, sin uso de divisas, entre dos países cuya moneda, al menos la de uno de ellos, no son convertibles

CLIENTE DIRECTO:Es el que compra y paga los productos directamente al exportador.

CLUB DE PARIS:Comité ad hoc representativo de los gobiernos acreedores de un país determinado, los cuales en forma conjunta negocian la reestructuración de sus créditos a mediano plazo con países con problemas de balanza de pagos

CMR:Carta de Porte Internacional para transporte por Carretera

CODIGO ARANCELARIO:Serie numérica que identifica las distintas aperturas del arancel de aduanas. El código Arancelario esta basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías

COEFICIENTE DE ESTIBA:Ce = V/P; siendo V = Volumen (m3) y P = Peso (Tn3)

COLLECTION CREDITS:Son Créditos emitidos en la forma habitual pero disponibles para pago en las cajas del banco emisor, es decir, el banco emisor es el pagador. Es desaconsejable para el exportador, que le conviene mas que el banco pagador esté en su propio país.

COLLET SURCHARGE:Recargo por cobro del flete en destino

COMERCIO EXTERIOR:Intercambio de bienes y servicios en los cuales media un interés lucrativo y que se realiza con personas y organismos de otro país o países.

COMISION:Es un sistema de remuneración a un agente, corredor o vendedor, según el cual la retribución está en función de la cantidad o el valor de las mercancías vendidas (o compradas según los casos).

COMISO:Sanción consistente en la pérdida de las mercancías, de los vehículos en que se transporten, de los envases o recipientes que las contengan, y de las construcciones, instalaciones y equipos destinados principalmente para elaborarlas, recibirlas o depositarlas, de acuerdo con la ley especial que establezca la pena

COMPAÑIAS ASEGURADORAS:Empresas que se dedican a cubrir los riesgos involucrados en el comercio internacional

COMPROBACION - CONFRONTACION:Operación realizada al iniciarse la tramitación para el despacho de una mercadería, con el objeto de establecer la exactitud y correspondencia de las declaraciones y datos consignados en el documento aduanero respectivo, con los demás que sean necesarios.

CONCESIONARIOS:Son aquellos comerciantes que obtienen de los vendedores extranjeros el derecho de vender con carácter exclusivo en el territorio nacional o en una parte del mismo, en su propio nombre y por su propia cuenta, las mercancías que fabrican o distribuyen dichos vendedores y que suelen obligarse a no vender mercancías competitivas o incluso a vender exclusivamente las mercancías del vendedor extranjero.

CONDICIONES DE ENTREGA:Estas condiciones se reflejan en el contrato de compraventa para determinar las responsabilidades del exportador y del cliente. Estas condiciones definen exactamente a cargo de quien corren los riesgos en cada una de las etapas del viaje de las mercancías, desde la fábrica del exportador hasta el domicilio del cliente. En ellas se establece claramente la responsabilidad, tanto por las mercancías como por los diversos gastos.

CONDICIONES DE PAGO:Hay varias formas en que un exportador puede cobrar por sus mercancías exportadas, las que se conocen como las condiciones de pago. Pago al contado, pago en cuanta corriente, embarque en consignación, con letra de cambio y con carta de crédito.

CONDICIONES DE VENTA:Es la enumeración de los términos de venta del exportador, en ellas, usualmente, el exportador se reserva ciertos derechos, de acuerdo a un formato con cláusulas uniformizadas. En ocasiones incluyen cláusulas específicas a determinados productos. El exportador coloca sus condiciones de venta en su cotización y además en su acuse de recibo y aceptación de oferta.

CONFRONTACION DE DOCUMENTOS:Ver comprobación

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE:Recibo de las mercancía puestas a bordo de un barco, firmado por la persona o agente que se compromete por contrato a transportarlas

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE AEREO:Documento de consignación de flete aéreo rellenado por el expedidor o en su nombre. AWB. Da título sobre las mercancías

CONSEJO DEL MAR BALTICO:Creado en marzo de 1992. Miembros: Alemania, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Letonia, Lituania, Noruega, Polonia, Rusia y Suecia.

CONSENSO OCDE:Acuerdo entre los países más desarrollados para limitar las condiciones financieras de sus ofertas internacionales, evitando competencias financieras.

CONSIGNADOR:Persona que consigna o envía mercancía a un corresponsal

CONSIGNATARIO:Persona a cuyo nombre son despachadas las mercancías

CONSOLIDACION:Sistema de expedición de diversos paquetes de diferentes consignadores bajo un agente o destino común (Grupaje)

CONSOLIDACION DE CARGA INTERNACIONAL:Es la operación mediante la cual un operador, distinto del porteador transporta en el vehículo de éste, carga en forma agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales.

CONSORCIO:Es la asociación entre varias empresas para obtener un resultado común sin que los agrupados pierdan su personalidad jurídica o su independencia financiera.

CONTINGENTE:Un contingente es la eventual limitación para exportar o importar una determinada cantidad de mercancías, durante un tiempo determinado

CONTINGENTE ARANCELARIO:Cupo o cuota aplicable a determinada mercancía de exportación o importación, durante un período determinado, beneficiándose de un derecho arancelario mas bajo que lo normal, o de una excepción a restricciones cuantitativas.

CONTINGENTE CUANTITATIVO:Cuando se prohibe exportar o importador una determinada cantidad de mercancía, o durante un tiempo determinado un tipo de mercancía, o ambas prohibiciones juntas

CONTINGENTE DE IMPORTACIÓN:Es un método de control con el fin de proteger la industria nacional; mediante el cual el Estado asigna la cantidad de mercancía que puede importarse, condicionada a la compra en el país de una determinada cantidad de productos de origen nacional, o a la exportación de un determinado volumen de productos nacionales

CONTRABANDO:Consiste en la entrada ilegal de mercancías importadas sin pagar los correspondientes derechos aduaneros.

CONTRATO DE EXPORTACION:Es el contrato de compra venta entre partes situadas en diferentes países.

CONTROL ADUANERO:Conjunto de medidas tomadas con vistas a asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que la aduana está encargada de aplicar.

COOPERACION ECONOMICA DEL MAR NEGRO:Desde 1991. Miembros: Armenia, Azerbayán, Bulgaria, Georgia, Grecia, Moldavia, Rumanía, Rusia, Turquía y Ucrania.

CORRESPONSAL:Es el Banco establecido en otra plaza, el cual previo cobro de comisión de corresponsalía presta servicios a otros bancos que no posean plaza allí

COSTEO:Calculo del costo de fabricación , venta y entrega un producto

COSTES BANCARIOS CRED. DOC. :Estos gastos bancarios son: preaviso, notificación y confirmación, comisiones de pago, pago diferido, aceptación o negociación, los costes de las modificaciones, la no utilización del crédito, los intereses de la negociación y los costes de los mensajes.

COSTO DE VENTA:Son los derivados de todas las operaciones de venta de un producto, como gastos de publicidad y las comisiones de los agentes

COSTO UNITARIO:Es el cociente resultante de dividir el costo global de fabricación y venta de un producto determinado por el número de unidades fabricadas.

COSTOS FIJOS:Costos de hacer negocios, que dentro de los límites de la capacidad de producción y de la organización administrativa, permanecen invariables, independientemente del volumen de producción y de las ventas. Son, entre otros los alquileres, los salarios y el costo de la maquinaria y los equipos.

COSTOS MARGINALES:Los derivados de la producción de un volumen adicional de bienes. Esto requiere diferenciar los costos variables de los costos fijos, que permanecen más o menos constantes al incrementarse la producción.

COSTOS VARIABLES:Son los que varían con el volumen de producción o de ventas. Las materias primas etc.

COVENIN:Comisión Venezolana de Normas Industriales creada para la normalización de actividades de los diferentes procesos y procedimientos utilizados en la producción de bienes de consumo, como en la prestación de servicios.

COYUNTURA:Se refiere esencialmente a la evolución de las principales variables económicas en un período determinado, durante el cual no cambian otras variables, tales como población, dotación de recursos, relaciones de producción, entorno socio-jurídico. Etc.

CPA:Código de Procedimiento Aduanero

CPT Carriage paid to - Transporte pagado hasta el lugar de destino convenido:El vendedor paga el flete del transporte de la mercancía hasta el destino mencionado por el comprador así como todos los gastos incurridos, incluyendo los de carga y descarga en el lugar de destino El riesgo de pérdida o daño de las mercancías, así como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos que ocurran después del momento en que la mercancía haya sido entregada al primer transportista, se transfiere del vendedor al comprador

CRAWLING PEG:Es un esquema cambiario intermedio entre tasas fijas y flotantes.

CREDITO DOCUMENTARIO :Es un convenio en virtud del cual un banco (banco emisor), obrando a petición de un cliente (ordenante) y de conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro banco a efectuar dicho pago, contra presentación de los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificando, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del crédito.

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA ACEPTACION:El crédito es disponible contra aceptación de documentos y de un efecto librado a plazo (giro) contra un banco designado por el crédito (banco aceptador ) que puede ser el propio emisor. El banco aceptador asume el compromiso de pago al vencimiento independientemente si ha confirmado el crédito o no. El efecto puede ser descontado si el banco lo considera oportuno. Los gastos del descuento son por cuenta del beneficiario, a menos que el crédito especifique lo contrario

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA NEGOCIACION:El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de un efecto, a la vista o a plazo, librado contra el banco emisor o contra el ordenante del crédito. El banco negociador se limita a financiar al beneficiario por cuenta del banco emisor. El banco negociador compra por cuenta del emisor los derechos del beneficiario sobre el crédito. Puede ser negociado por cualquier banco.

CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA PAGO:Se pago al beneficiario contra prestación de los documentos indicados en el crédito. El crédito es disponible sin efectos. En el caso de pago a la vista puede exigir un efecto librado por el beneficiario contra el banco determinado en el crédito. Debe designar un banco pagador que puede ser el propio emisor. Si es pagadero a la vista y confirmado `por el banco pagador designado, este no puede demorar el pago en espera de los fondos, previa comprobación de los documentos. Si es pagadero A PLAZO y confirmado, el banco confirmador se compromete contra entrega de documentos a pagar al vencimiento. Si no fuese confirmado, el banco puede comunicar que toma los documentos sin compromiso. El vencimiento puede estar fijado mediante un plazo, fecha recepción mercancía, fecha embarque mercancía, fecha entrega de documentos, etc.

CREDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE:El crédito no puede ser modificado o cancelado sin el acuerdo del banco emisor, banco confirmador (si lo hubiese) y del beneficiario. Es un compromiso en firme por parte del banco emisor a favor del exportador. A falta de una indicación clara en el crédito, este será considerado como irrevocable. El crédito documentario irrevocable, puede ser confirmado o no confirmado.

CREDITO DOCUMENTARIO REVOCABLE:Pueden ser anulados o modificados por el banco emisor en cualquier momento y sin tener que avisar al beneficiario. Sin embargo el banco emisor queda obligado por todos los pagos, compromisos, aceptaciones o negociaciones efectuadas con anterioridad al recibo de la notificación de modificación o cancelación. Se desaconseja absolutamente su uso, ya que no es un compromiso de pago en firme. En la práctica no se emplean nunca, sal vo contadas excepcones.

CREDITO DOCUMENTARIO TRANSFERIBLE:Es emitido a favor de un beneficiario que no es quien produce la mercancía sino un intermediario, que ha establecido un contrato de venta con un comprador, pero depende de una tercera parte (el exportador), para suministrar la mercancía a su cliente. Especialmente indicado para las Trading Companys. El beneficiario puede dar instrucciones al banco pagador, aceptador o negociador para el crédito sea utilizable, parcial o totalmente, por uno o más beneficiarios de su país o de otro país. Si se quiere que un crédito documentario sea transferible, hay que especificarlo en las condiciones del crédito, indicando la mención transferible.

CREDITO STAND-BY:Es usado como sustituto de un aval. Es un aval de ejecución documentaria sujeto a los URU´s. Se pueden usar en cualquier tipo de transacción y están basados en el concepto de incumplimiento de contrato por parte del ordenante del crédito Stand-By

CREDITO TRANSFERIBLE:Cuando en el momento de la apertura del crédito documentario se autoriza al exportador a traspasar parte o la totalidad del crédito a un tercero (posiblemente a un proveedor).

CREDITOS REALIZABLES A LA VISTA:Es un documento que garantiza el pago cuando se entregan los documentos de despacho de la mercancía vendida, al Banco del exportador o cuando son recibidos dichos documentos por el Banco del país importador

CREDITOS ROTATIVOS O REVOLVING:Es un crédito de uso múltiple, donde cada vez que se realice una exportación y utilización de la carta de crédito, se regenera el monto disponible para una nueva exportación. La rotación se puede hacer en tiempo y en monto y puede ser acumulativa y no acumulativa..

CROSS BORDER LEASING DE EXPORTACION:Es una operación mediante la cual los bienes domésticos son arrendados en el exterior por una arrendadora nacional

CTBL:Combined Transport Bill of Lading. Documento de Transporte Multimodal

CUENTA CAPITAL:Partida que forma parte de las cuentas de la balanza de pagos que registra las salidas y entradas de capital de un país en sus transacciones con el exterior

CUENTA CORRIENTE:Es uno de los componentes de la balanza de pagos y registra la salida y entrada de las mercancías, servicios y transferencias de un país en sus transacciones con el exterior

CUENTAS DE NIVELACION DE CAMBIOS Y FONDOS DE ESTABILIZACION DE LA MONEDA:Tiene como función, controlar el valor externo de la moneda y el valor de las reservas del país, Los Fondos de ésta cuenta pueden usarse para la inversión en valores, compra de oro, etc. Según lo determinen las autoridades del país

CUOTAS DE IMPORTACION:Son los volúmenes (peso, cantidad) o valores (dinero) máximos que e pueden importar de determinados productos

CY:Container Yard - Almacen de Contenedores

DAF - Delivered at Frontier - Entregado en Frontera:El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha entregado la mercancía, despachada en aduana para la exportación en el punto y lugar convenidos de la frontera, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, asumiendo todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de entrega de la mercancía.

DDP - Entregada derechos pagados en lugar de destino convenido:El vendedor cumple con su obligación de entrega, cuando la mercancía es entregada a disposición en el lugar acordado en el país de importación. El vendedor asume todos los riesgos y gastos, incluidos derechos, impuestos y otras cargar por llevar la mercancía hasta el lugar, una vez despachada en aduana para la importación

DDU - Delivered duty Umpaid - Entregada derechos no pagados en lugar de destino convenido:El vendedor cumple su obligación de entrega de la mercancía, cuando entrega la mercancía a disposición en el lugar convenido del país de importación., asume tos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que entregue la mercancía. No retira la mercancía de la aduana para la importación.

DECLARACION:Acto por el cual se proporcionan, por escrito u oralmente, las informaciones necesarias para la aduana

DECLARACION DE ADUANAS:Es el documento presentado a las autoridades aduaneras por el importador o exportador (o su agente o transitario) para el despacho de las mercancías, con el fin de que aquel se haga cargo de las mismas

DECLARACION DE MERCANCIAS:La declaración que se realiza en la forma prescrita por la aduana, por la cual las personas autorizadas por ella indican el régimen aduanero que debe dársele a las mercaderías y proporcionan las informaciones necesarias para su aplicación.

DECLARACION DE TRANSITO:Documento que ampara las mercancías enviadas desde una oficina aduanera de origen o entrada a una oficina aduanera de destino o de salida y en el cual se especifica la ruta que deberá seguir el vehículo que las transporta.

DECLARACIÓN DE VALOR:Es el documento mediante el cual el consignatario de la mercancía declara ante la oficina aduanera el valor normal o base imponible de aquella.

DELEGACIONES:Son autorizaciones que concede el Ejecutivo Nacional a particulares para que realicen operaciones de importación y/o exportación de mercancías que le son reservadas por ley al Estado.

DEMERITO:En la Legislación Aduanera Nacional, se concede una rebaja de impuestos de importación al equipaje considerado como menaje de casa y vehículos, por demérito conforme al tiempo de uso.

DEPOSITO ADUANERO:Son recintos, bajo el control de la Aduana, en el cual las mercancías no cancelan los impuestos de importación. Se usan sobre todo, cuando un importador no sabe cual será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones de manipulación, tales como reacondicionamiento, reenvase, extracción o toma de muestras..

DEPOSITOS ADUANEROS - IN BOND:Régimen especial mediante el cual, las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo control y potestad de la aduana, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa por servicio de aduana, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales

DEPOSITOS TEMPORALES:Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente, en recintos cerrados, silos, áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de la zona primaria de la aduana, o en espacios geográficos próximos a las oficinas aduaneras

DERECHOS O IMPUESTOS MIXTOS :Combinación de derechos o impuestos específicos y ad-valorém establecidos por el arancel de aduana, aplicados a una misma mercancía

DERECHOS ANTIDUMPING:Gravámenes aplicados a la importación en condiciones de dumping.

DERECHOS DE ADUANA:Los gravámenes establecidos en el arancel de aduanas, aplicado a las mercancías que entran o salen del territorio aduanero.

DERECHOS E IMPUESTOS AD-VALOREM:Los establecidos por los aranceles aduaneros, consistentes en porcentajes, recaudados por la aduana con ocasión de la importación o exportación de mercancías

DERECHOS E IMPUESTOS ESPECIFICOS:Los establecidos por el arancel de aduanas, consistente en importes fijos que se aplican sobre unidades físicas de las mercancías

DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG):Son activos de Reserva creados por el fondo Monetario Internacional, permite la liquidez internacional sin los inconvenientes que traía el uso del dólar como moneda de reserva , relacionando su valor con una cesta de las 5 monedas mas importantes en el mercado internacional

DESCARGA:Operación por la cual las mercancías se sacan del vehículo en el cual han sido transportadas.

DESCRIPCION ARANCELARIA :Descripción de una mercancía según los términos de la nomenclatura arancelaria.

DESCUENTOS ADMISIBLES:Se admitirán en el precio de la mercancía facturada, y en consecuencia, no deberán incrementarse, los descuentos o rebajas que se otorguen por alguna de las siguientes causas: a) por cantidad, b) por nivel comercial, c) por pago al contado o pronto pago, d) de garantía

DESCUENTOS NO ADMISIBLES:No pueden admitirse a efecto de la determinación del valor normal de las mercancías, debiéndose incrementar por consiguiente al precio de la factura, los descuentos siguientes: a) los concedidos únicamente a los representantes, distribuidores exclusivos, c) descuentos sobre muestras, d) descuentos por pago anticipado, e) descuento por retraso en el plazo de entrega, f) descuento para compensar deficiencias en entregas anteriores.

DESPACHO:Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para nacionalizar las mercancías importadas, someterlas a otro régimen aduanero, o también para exportarlas

DESPLAZAMIENTO DE ROSCA:Es el peso del buque construido pero sin combustible, equipajes, tripulación ni carga.

DEUDA EXTERNA:Son las deudas de la República, otros entes públicos y privados en moneda extranjera

DEUDA FLOTANTE:Es la deuda contraída por la República que no estaba presupuestada

DEUDA NACIONAL:Es la deuda de una nación con el resto del mundo

DEUDA PRIVADA:Son las acreencias en moneda extranjera que contraen personas naturales y jurídicas de naturaleza privada.

DEUDA PUBLICA:Es la deuda contraída por la el Gobierno Nacional y otros entes oficiales tales como Institutos Autónomos, empresas del Estado, etc.

DEVALUACIÓN:Es kla reducción del tipo o tasa oficial a la cual una moneda se intercambia por otra.

DIAS HABILES:A los efectos del Reglamento de la Ley de Aduanas, se consideran días hábiles los días laborables en la Administración Pública Nacional.

DISTRIBUCION FISICA:Es todo lo que concierne al transporte y distribución de las mercancías, incluidos la manipulación de los materiales, la colocación en envases y el embalaje, así como el transporte por cualquier medio, almacenamiento, etc.

DIVISA:Cualquier moneda extranjera

DOBLE RECONOCIMIENTO:Consiste en una nueva identificación de los bultos, una nueva verificación de su peso y contenido y una nueva revisión de la declaración del contribuyente a objeto de fijar la que sea correcta

DOCUMENTOS DE EMBARQUE:Son todos los documentos que se requieren enviar con un embarque de su lugar de fabricación a su destino o que, inclusive son necesarios para las gestiones de financiamiento o transporte.

DRAW BACK - DEVOLUCION DE IMPUESTOS:Régimen aduanero que permite la devolución total o parcial de los impuestos de importación, así como de los impuestos internos, pagados por las materias primas y demás materiales utilizados en la producción, elaboración o acondicionamiento de mercaderías que sean exportadas.

DUMPING:Del ingles to dump, inundar el mercado. Práctica comercial, mediante la cual se venden mercancías en un mercado del exterior, a un precio mas bajo del que se vende en otro y aún en el mismo país del exportador. Su uso responde al interés de penetrar el mercado y eliminar la competencia, para posteriormente elevar los precios, aprovechando la circunstancia de un mercado cautivo

DUOPOLIO:Es una estructura de mercado en donde existen dos vendedores o productores

DUOPSONIO:Es una estructura de mercado en la cual existen solo dos compradores

E C U :Siglas de la Unidad Monetaria Europea - European Currency Unit. Se usa como una moneda para expresar las casas de cambio centrales, como una unidad de cuentas para operaciones en mecanismos de intervención y crédito y como unidad de referencia para la operación del indicador de referencia, sirve también como un activo de reserva, como medio de pago entre las autoridades monetarias de la Comunidad Europea.

ECONOMIA INTERNACIONAL :Es una rama de la ciencia económica que intenta explicar las causas y factores determinantes del origen y evolución de los flujos internacionales de bienes, servicios y capitales., así como la influencia de estos flujos sobre el bienestar de los países.

EFECTOS AL COBRO O VALORES AL COBRO:Son los valores recibidos del cliente por concepto de cobranzas, el Banco no lo abona ni paga hasta que no esté perfectamente conformado por el Banco Girado.

EFECTOS DE COMERCIO O EFECTOS MERCANTILES:Es un pagaré quirografario, emitido por una cantidad específica y con vencimiento en determinado día, son emitidos por firmas industriales, manufactureras y por compañías financieras

EIP:European Investment Partners. Programa Europeo que subvenciona la creación de empresas mixtas o inversiones en los países mediterráneos, Asia y Sudamérica

El conjunto de recursos líquidos, y de facilidades financieras que tengan aceptación universal de que disponen los países para afrontar sus pagos externos y saldar sus déficit de balanza de pagos:

ELS - Extra Lenght Surcharge:Recargo por longitud en el flete

EMBALAJE:Son los depósitos en los que se expende un producto, en las cantidades específicas, con la protección adecuada y en muchos casos, de forma que resulte atractivo para el consumidor

EMBARCADOR O EXPORTADOR:Es aquella persona que entrega al Armador o transportista la mercancía en el puerto de origen para su debida transportación, generalmente recibiendo como evidencia el contrato de transporte, un Conocimiento de Embarque o Bill of Lading

EMBARGO PREVENTIVO::Medida que tiene por finalidad el aseguramiento de los bienes durante la tramitación de un proceso o juicio

EMPRESA EXTRANJERA:Cuando el capital extranjero es propietario de mas del 51% del capital social de la empresa.

EMPRESA MULTINACIONAL:Es una unidad económica que opera en varios países, por lo general posee sucursales en varios países aunque la propiedad se encuentra registrada en uno.

EMPRESAS MIXTAS:Cuando el Capital nacional tiene entre el 51% y el 80% del capital social estas empresas tiene acceso a los campos que no reservados a las empresas nacionales

EMPRESAS NACIONALES: Cuando el 80%, del capital de una empresa este en poder de nacionales del respectivo país.

En términos bancarios es un acuerdo para intercambiar pagos de intereses de una obligación que por su naturaleza paga intereses fijos, por una cuyos intereses son flotantes y posteriormente se reserva el intercambio.:

ENVIOS URGENTES:Son mercancías que deben ser desaduanadas rápidamente y con prioridad, en razón de su naturaleza o porque responden a una urgencia debidamente justificada.

EQUIPAJE:Es el conjunto de efectos de uso o consumo del viajero conducidos al o a los países de su trayecto o destino, en cantidades y valores que no demuestran finalidad comercial.

EQUIPAJE ACOMPAÑADO:Es aquel que el pasajero o tripulante trae consigo al momento de su arribo al país, o que llega con el pasajero en el mismo vehículo que lo ha transportado al país

EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO:Es aquel que llega con anterioridad o posterioridad a la fecha de arribo del pasajero, cualquiera ea la vía del transporte utilizada

Es un complemento natural e indispensable del esfuerzo de apertura individual , como un instrumento de acercamiento a otras regiones o subregiones del mundo en apoyo a la apertura interna. :

Es un documento que imita a la factura real y que el vendedor emplea para hacerle saber al cliente el importe de la compra que desea facturar, o para facilitarle la obtención de determinados documentos como las licencias de importación o exportación.:

Es un término más amplio que se refiere a la reducción de barreras económicas entre dos o mas países, con el fin de unir sectores o industrias, como si pertenecieran a un solo país, en lugar de pertenecer a dos o más. :

Es una factura visada por la autoridad diplomática o consular en el puerto o lugar de la exportación. :

ESTABILIDAD MONETARIA:Se dice que existe estabilidad monetaria, cuando la unidad monetaria de un país no se altera sustancialmente con respecto a las demás monedas.

ESTIBA:Carga y descarga en la bodega de los barcos. Colocación de ésta carga

EUROBANCOS:Son bancos internacionales, tienen su propio capital accionario, normalmente con oficinas en Londres, sus operaciones principales son la captación y préstamos de fondos eurodólares

EUROBONO:Es un bono internacional, denominado en una moneda diferente a la de curso legal en el país donde se esta realizando la colocación. También se dice que los eurobonos son los que se colocan simultaneamente en dos países, suscritos ordinariamente por un sindicato internacional, colocados en diferentes plazas, todas distintas del país de la moneda en la cual la emisión esta denominada.

EURODOLAR:Es un depósito realizado en dólares en un banco situado en un país, donde el dólar no tiene curso legal.

EUROMONEDA:Es todo depósito efectuado en un banco situado en un país donde la moneda en que está representado el depósito no tiene curso legal.

Europalet = 1200 X 800 mm. Altura máxima = aprox. 1,70 m.:

EWS - Extra Weight Surcharge:Recargo por sobre peso en la contratación del flete

EXAMEN PREVIO:Revisión o inspección de la mercancía antes de someterla a un régimen aduanero determinado.

EXENCIÓN :Liberación o dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada directamente por la Ley.

EXONERACIÓN:Liberación o dispensa total o parcial de la obligación tributaria otorgada por el Ejecutivo Nacional en los casos autorizados por Ley, y en los términos por ella previstos.

EXPATRIACIÓN DE CAPITAL:Retiro de capital del país de origen para realizar inversiones en el exterior

EXPORTACION:Son las ventas de bienes y servicios de un país a otro país

EXPORTACION TEMPORAL:Régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre circulación en el territorio aduanero nacional, y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación cuando no hayan experimentados modificación alguna.

EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO:Régimen mediante el cual se permite exportar mercancías temporalmente a objeto de que sean sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior, mas el total de los gastos causados hasta el puerto de llegada.

EXPORTADOR:Es la persona que entrega al Armador la mercancía en el puerto de origen para su debida transportación, generalmente recibiendo como evidencia el contrato de transporte, un Conocimiento de Embarque o Bill of Lading.

EXPOSICION:Es una exhibición organizada donde las empresas, asociaciones, gobiernos o alguna otra entidad prepara una muestra de sus productos o servicios

EXPOSICION INTERNACIONAL:Es una exhibición organizada en otro país, donde las empresas, asociaciones, gobiernos o alguna otra entidad de un país, prepara una muestra de sus productos o servicios con el fin de buscar mercados para ellos.

EXPOSITOR:Organismo, Industrial o comerciante que concurre a una feria o exposición para exhibir y vender sus productos.

EXW-Ex Work - En Fábrica:El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía, en su establecimiento (fábrica, taller, almacen, etc), a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercancía, ni de despacharla de aduana y no soporta ningún gasto ni riesgo sobre la mercancía.

FACTURA:Es un documento fechado, que da el vendedor de un bien o servicio al comprador y en donde se señalan datos como los nombres del vendedor y el comprador, la cantidad, precio, descripción de la mercancía o clase de servicio vendido y el impuesto deducido por la venta.

FACTURA ADUANERA:Es igual a una factura comercial ordinaria pero presentada en la forma exigida por las administración aduanera de los países importadores.

FACTURA COMERCIAL:Instrumento que registra los detalles específicos en cuanto a cantidades, precio unitario, etc, de la transacción entre exportador e importador.

FACTURA CONSULAR:Esta factura contiene una detallada descripción de las mercancías que se van a importar a un país determinado. Suele estar impresa en el idioma del país importador y debe expresarse en dicha lengua. Los impresos se adquieren en el consulado del país importador y en ocasiones hay que extender hasta seis copias que se presentan posteriormente en el consulado para su legalización.

FACTURA PROFORMA:Proyecto de factura. Tiene por finalidad facilitarle al comprador hacer las gestiones previas, propias de una compra internacional (autorización de divisas, liberación de gravámenes, licencias, permisos, etc) además sirve para dar a conocer al importador con exactitud el precio que pagará por la mercancía y la forma de pago.

FAR:Fondo Andino de Reservas, con sede en Bogotá , se crea el 12/11/76 y entra en vigor el 8/6/78

FAS - Free a Longside Ship - Franco al Costado del buque:El vendedor cumple con la obligación de entregar la mercancía hasta el costado del buque, en el muelle o en barcazas en el puerto de embarque convenido, despachada la mercancía en la aduana para la exportación y asume todos los gastos hasta que coloca la mercancía al costado del buque en el puerto fijado, en la fecha y punto fijado por el comprador y dentro del período establecido y en la forma acostumbrada en ese puerto.

FBL:Conocimiento FIATA negociable para transporte multimodal

FCA - Free Carrier - Franco Transportista:El vendedor cumple su obligación cuando entrega la mercancía al transportista en el lugar o punto fijado por el comprador, despachada en aduana para la exportación , con la documentación legal exigida por las autoridades. Y asumiendo todos los gastos hasta esta entrega al transportista.

FCL - Full Container Load:Contenedor de carga llena.

FCLA- Full Container Load Allowance :Rebaja en el flete por uso del container completo

FEDER VESSEL:Buques alimentadores

FERIA COMERCIAL:Es una exhibición organizada para hacer posible que los industriales y proveedores den a conocer sus productos o servicios a los compradores potenciales.

FERIA COMERCIAL DE CARÁCTER ESPECIFICO:Donde concurren los industriales y comerciantes a exponer productos similares, de una misma rama industrial, Ejm Transporte, Químicos, calzado, etc.

FERIA COMERCIAL DE CARÁCTER GENERAL:Donde concurren los industriales y comerciantes a exponer todo tipo de productos

FERIA INTERNACIONAL:Es una exhibición organizada en un país determinado, para hacer posible que los industriales y proveedores de otros países, den a conocer sus productos o servicios a los compradores potenciales. Es el mecanismo mas útil que tiene un país para promover sus exportaciones.

FILO- Free in Liner Out:Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la desestiba en destino.

FINANCIACION PREVIA AL EMBARQUE:Es un anticipo, sobregiro o préstamo bancario que se puede obtener sobre pedidos confirmados por el cliente. Esta financiación puede ascender al equivalente del valor FOB del envío.

FIOS - Free in and out stowed:Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía. El flete solo cubre el flete marítimo.

FIRMAS ASOCIADAS COMERCIALMENTE AUTONOMAS:Aquellas que compran y venden por su cuenta y riesgo, pero en las que existe una vinculación comercial, financiera o de otra índole, con el vendedor extranjero.

FIRMAS ASOCIADAS SIN AUTONOMIA COMERCIAL:Aquellas cuyas transacciones sólo constituyen simples transferencias de mercancías de una sección a otra de una misma empresa

FIRMAS CON LICENCIA:Aquellas que han concertado acuerdos con otras personas para producir en otro país determinadas mercancías utilizando procedimiento y patentes, marcas de fábrica o de comercio, que den lugar a la obligación de un pago por el derecho de utilizar los procedimientos, patentes o marcas, bien al vendedor extranjero, bien a cualquier otra persona.

FLETADOR:Contrata la prestación del servicio de transporte marítimo de un Armador, a través de una Póliza de Fletamiento

FLETE:Es el precio que cobra el transportista al usuario por la prestación del servicio de transporte. Costo del transporte marítimo

FMI:Fondo Monetario Internacional , fue creado en 1994 y tiene por objeto, facilitar la expansión y desarrollo del comercio mundial, promover la estabilidad cambiaria y evitar devaluaciones competitivas y establece un sistema multilateral de pagos

FOB- Free on Board - Franco a Bordo :El Vendedor cumple con su obligación de entrega, cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido con el comprador. El vendedor con despachada en la aduana para la exportación con la documentación exigida por las autoridades, y entrega la mercancía a bordo del buque, en el puerto de embarque fijado, en la fecha o dentro del plazo establecido y de la forma acostumbrada en dicho puerto, y soporta todos los riesgos y gastos hasta que la mercancía esté sobre la borda del buque.

FORFAITING:Compra de letras de cambio aceptadas, créditos documentarios u otras promesas de pago, renunciando el adquiriente de estos efectos a cualquier derecho o demanda frente al exportador y los anteriores titulares.

FORMA A:Certificado de Origen del SPG (sistema de Preferencias Generalizadas) Es un documento de importación y demuestra el trato preferencial otorgado a los países en vías de desarrollo

FORMALIDADES ADUANERA:Conjunto de trámites que deben realizarse para dar cumplimiento a las disposiciones aduaneras

FPA - Free of Particular Average. :Franco de avería particular. Esta Cláusula protege a las mercancías contra pérdida, daños totales y averías gruesas.

FRA - Forward Rate Agreement:Es un acuerdo entre dos partes sobre el tipo de interés a aplicar en un depósito en una fecha futura.

FRANQUICIA:Liberación de gravámenes, otorgada con motivo del destino o procedencia de la mercancía.

FRANQUICIA DIPLOMATICA:Liberación de gravámenes concedida a los funcionarios o misiones diplomáticas y consulares, para las mercancías de uso personal u oficial.

FREE-SHOP:Equivalente a los almacenes libres de impuestos

FRONTERA:Límite que separa e identifica la división política de un territorio con respecto a otro.

FRONTERA ADUANERA:Límite del territorio aduanero

FUERZA MAYOR:Una Cláusula que limita las responsabilidades de los proveedores y transportistas bajo ciertas circunstancias.

FURGON:Vagón o carruaje que se utiliza para el transporte de mercancías

GARANTIA:Seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación n (crédito), ya sea mediante el compromiso de una tercera persona (garantía personal; fianza) o ya sea mediante un bien determinado (garantía real) que puede ser sobre un bien mueble o un bien inmueble.

GARANTIA DE CREDITO A LA EXPORTACION:Es una forma de póliza de seguros que protege a un exportador o a una institución que financia una exportación contra el incumplimiento del importador o cliente.

GARANTIA DE INDEMNIZACION:Documento que garantiza al agente o expedidor de la indemnización de cualquier riesgo o reclamación originado por el uso indebido de un BL

GASTO FOB:Gastos de recepción, arrastre y carga de una mercancía desde que se recibe en el puerto hasta que se carga a bordo.

GATT:Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, regula las relaciones comerciales entre las partes contratantes del mismo. Su objetivo de creación fue servir de órgano de negociación para la reducción de las barreras arancelarias y comerciales. Fue creado el 30 de octubre de 1947 y entró en vigor en enero de 1948, su sede es Ginebra, Suiza.

GIRO BANCARIO:Cheque entendido por un banco a otro banco pagadero a un tercero

GRAVAMENES:Son los derechos aduaneros y cualquier otro tipo de recargo de efectos equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario o cambiario, que incidan sobre las importaciones

GRUPAJE:Práctica de las maneras por la cual se agrupa (consolida) distintas cargas para hacer el transporte más económico.

GRUPO DE LOS TRES -G-3:Es un Tratado existente entre Colombia, México y Venezuela, se le considera un Acuerdo de Nueva Generación, en virtud de que incorpora los llamados nuevos temas del comercio internacional, como: inversiones, compras gubernamentales, propiedad intelectual. Establece normas compatibles con el GATT, actualmente OMC, que restringe o prohibe restricciones arancelarias y para-arancelarias tanto a las importaciones como a las exportaciones, para los países miembros al Acuerdo, para los países incorporados al Programa de Liberación. Se firmó el 13 de junio de 1994

GRUPO DE VISEGRAD:Acuerdo de Libre Comercio de Europa Central. Desde 1992. Miembros: República Checa, Eslovaquia, Hungría y Polonia.

GUIA AEREA:Documento que expide una empresa de transporte aéreo, como constancia de haber recibido del embarcador o del despachador, determinadas mercancías para transportarlas de un aeropuerto a otro. Tiene carácter de contrato de transporte de carga.

GUIA DE ENCOMIENDA:Documento que expide una empresa de transporte de encomiendas, como constancia de haber recibido del embarcador, determinadas mercancías para transportarlas hasta su destino. Tiene carácter de contrato de transporte.

HABILITACION:Las operaciones aduaneras que pueden realizarse en cada aduana principal o subalterna. También significa lapso fuera de las horas hábiles o en los días feriados durante el cual se practiquen operaciones aduaneras

HARTER PARTY:Cuando un exportador contrata un buque tramping. No esta regido por los mismos criterios de un BL Normal

HAWB - House Air Waybill:Es el AWB emitido por un transitario en lugar de una compañía aérea regular

HEDGING:Cobertura cubrirse contra la pérdida eventual por especulación mediante transacciones compensatorias en otras divisas.

HOLDING:Se utiliza para designar a una empresa que controla las actividades de otras mediante la adquisición de todas o una parte significativa de sus acciones

IATA:Asociación de Transporte Aéreo Internacional

ICEX:Instituto Español de Comercia Exterior

ILICITO ADUANERO:Hechos contrarios a las disposiciones legales que regulan la renta y la actividad aduanera. Conforme a la legislación aduanera nacional, el contrabando y la infracción aduanera constituyen ilícitos aduaneros

IMARCO:Instituto Marítimo de Arbitraje y Contratación. Organismo arbitral español especializado en términos marítimos

IMPORTACION:Es la compra de mercancías o servicios que se realiza entre dos países

IMPUESTOS:Es una carga obligatoria que los individuos y empresas entregan al Estado para contribuir a financiar sus gastos.

IMPUESTOS ADUANEROS:Son tributos exigidos por el estado con motivo de la realización de operaciones aduaneras.

IMPUESTOS AD-VALOREM:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible el valor de las mercancías

IMPUESTOS DE EXPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las exportaciones

IMPUESTOS DE IMPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las importaciones

IMPUESTOS DE IMPORTACION:Impuestos aduaneros aplicados a las importaciones

IMPUESTOS DIRECTOS:Son aquellos tributos que pagan directamente las personas o empresas..

IMPUESTOS ESPECIFICOS:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible una medida física (peso, longitud, capacidad)

IMPUESTOS ESPECIFICOS:Impuestos aduaneros que tienen como base imponible una medida física (peso, longitud, capacidad)

IMPUESTOS INDIRECTOS:Tributos cuya carga es trasladada por el sujeto pasivo a otra persona, la cual se considera gravada en forma indirecta. Como ejemplo tenemos a los impuestos aduaneros, en virtud de que lo pagado por tal concepto, constituye parte del costo de la mercancía y el consumidor final soporta la carga tributaria.

INFORME DE SOLVENCIA (crediticio):Son los informes que elaboran los bancos, las oficinas de investigación comercial y los funcionarios comerciales de las embajadas, oficinas de exportación, etc., sobre la situación financiera, la reputación y crédito de una empresa sobre, un posible cliente de la empresa que solicita el informe.

INFRACCION ADUANERA:Hechos violatorios de la legislación aduanera calificados por la misma como tal.

INSCRIPCION:Información que debe suministrar un expositor al organizador o prom

otor de una feria , exposición , misión o rueda de negocios.

INSUMOS BASICOS PARA LA EXPORTACION:Están constituidos por las materias primas, partes, componentes y bienes semielaborados destinados a ser transformados a través de un proceso productivo, para ser posteriormente exportados.

INTEGRACION:Desde el punto de vista económico, la integración es un proceso, mediante el cual dos o mas mercados nacionales, previamente separados y de dimensiones unitarias estimadas como poco adecuadas, se unen para formar un mercado ampliado de una dimensión mas idónea

INTEGRACION ECONOMICA:Es un proceso de creciente solidaridad e interpenetración estructural, cuyos mecanismos, instrumentos y objetivos quedan definidos en el programa consensual que le da origen y que conduce a mayores grados de unidad entre los espacios nacionales participantes.- Juan Mario Vaccino

INTEGRACION ECONOMICA TOTAL:Es el paso final de la integración, que además de involucrar una Unión Económica, supone la unificación de las políticas monetarias, fiscales, sociales, anticíclicas, como también, el establecimiento de una autoridad supranacional, cuyas decisiones sean obligatorias para todos los estados participantes en el proceso.

INTEGRACION REGIONAL:Es una integración llevada a cabo por países que comparten vínculos culturales, políticos, económicos y, que además constituyen un área geográfica bien definida

INTERMODAL, TRANSPORTE:Acarreo de la mercancía por varios medios de transporte (aéreo, marítimo, carretera o ferroviario)

INVESTIGACION DE CAMPO:Acopio de información sobre un mercado mediante visitas, entrevistas, sondeos, etc. Realizados en el sitio

INVESTIGACION DE MARKETING:Acopio de la información necesaria para decidir la mejor forma de vender un producto al mercado. Esta información se refiere a temas muy diversos, que van desde los métodos de distribución, hasta las actividades y los productos de la competencia, pasando por las características generales del entorno económico. Para muchos, la investigación de mercados es solo un elemento mas de la investigación de marketing.

INVESTIGACIÓN DE MERCADOS:Es la recopilación sistemática de información relativa a los mercados, tanto a través de investigación teórica, como de la práctica. La investigación de mercados esta especialmente orientada a determinar la demanda presente o futura de un producto en un mercado concreto, así como a conocer las características de esa demanda en cuanto a la calidad del producto y a los actores del mercado

JETRO:Corporación Japonesa de Comercio Exterior

JOINT VENTURE:Es una asociación para realizar una determinada actividad entre varios socios, suscriben un compromiso en donde unos aportan medios de capital, tecnología, medios de financiamiento y otros conocimientos del mercado, mano de obra, etc.

LAVADO DE DINERO:Es aquella operación que se realiza haciendo aparentar el capital y las ganancias ilícitas como si tuviesen un origen legítimo.

LCL:Contenedor de Carga menos Llena

LEASE-BACK :Es una modalidad de leasing en el cual el cliente hace el papel de proveedor, a saber, el propietario de bienes y equipos que necesita capital de trabajo se los vende a la arrendadora financiera, la cual, acto seguido se los arrienda como en un contrato ordinario de leasing

LEASING:Significa alquilar o arrendar un bien o inmueble con propósito de financiamiento

LEASING FINANCIERO:Ver arrendamiento financiero

LEASING OPERATIVO:El arrendatario tiene la facultad de revocar el contrato mediante aviso comunicado al arrendador, se diferencia del arrendamiento común, en que el arrendatario elige del fabricante o vendedor, el bien o los bienes que necesita arrendar; no contempla la posibilidad de transferir la propiedad del bien al arrendatario y el monto del alquiler a pagar no estrachamente correlacionado con la amortización del precio de adquisición del bien.

LETRA DE CAMBIO:Documento o título valor mediante el cual una persona física o jurídica (librador) ordena a otra (librado) pagar una cantidad a favor de un tercero, a su vencimiento.

LEVANTE DE UNA MERCANCÍA:La puesta a disposición por parte de una autoridad aduanera, de una mercancía a los fines previstos, en el régimen aduanero a que esté sometida.

LIBOR:Tasa de interés usada solamente para depósitos o préstamos a otros bancos de primera clase. Sin embargo se toma como base para establecer tasas a clientes o a otros bancos no considerados como de primera clase.

LIBRE CAMBIO:La situación de las relaciones económicas en que es posible el comercio internacional sin trabas comerciales ni barreras arancelarias verdaderamente importantes, y en la cual tampoco existen obstáculos serios para los movimientos de los factores de producción

LIBRE PLATICA:Autorización otorgada por las autoridades competentes a la llegada de una nave, aeronave u otro vehículo de transporten para que se realicen libremente las operaciones de embarque y desembarque.

LICENCIA DE EXPORTACIÓN:Documento que concede permiso para exportar mercancías especificadas dentro de un plazo concreto

LICENCIA DE IMPORTACION:Es la autorización oficial que permite la entrada de las mercancías en el país del importador. Si las mercancías no están sometidas a restricciones aduaneras se expiden automáticamente.

LIFO - Liner in Free Out:Cláusula de contratación de flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la estiba en destino.

LIMBO MONEY:Es el dinero disponible por las transnacionales en virtud de utilidades realizadas y que por determinadas regulaciones o circunstancias no pueden remitir al exterior en forma de dividendos. Este dinero es invertido en depósitos aplazo, fijo, mesas de dinero o en títulos de fomento de carteras, etc. Hasta que llegue la oportunidad de ser enviado al exterior.

LINER TERMS:Términos de línea. Cuando el buque es de servicio regular

LIQUIDACION DE DERECHOS E IMPUESTOS:Determinación del monto de los derechos e impuestos que deben percibirse.

LIQUIDEZ MONETARIA :Agregado de monedas y billetes en poder del público, mas los depósitos totales que éste mantiene en el sistema bancario, incluyendo los llamados depósitos especiales en el Banco Central.

LISTA DE EMPAQUE:Documento en el cual se consignan los detalles de cantidad, marca, peso, etc., de las mercancías transportadas en cada contenedor

LOADED ON BOARD:Indica que la mercancía fue cargada a bordo

MANIFIESTO:La lista de carga de un barco

MAQUILA :Tipo de industria caracterizado por utilizar insumos y tecnología en gran parte importados de un país determinado, empleando mano de obra local, y destinando la producción a la exportación hacia el país de donde se obtienen los insumos o hacia el país ordenado por éste.

MARCA DE ORIGEN:Es una declaración que llevan las mercancías o sus envases indicando el país en que se han fabricado, es decir, el país de origen.

MATE´S RECEIPT:Es un documento firmado por el Capitán del buque acusando recibo de la mercancía a bordo. En base a este documento, las navieras extienden el BL

MCCA:Mercado Común Centro Americano. Formado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

MERCADERIAS NACIONALES:Son aquellas mercancías producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, creadas o que han nacido en el territorio aduanero nacional, no exportadas definitivamente (o exportadas con carácter temporal), o las que han debido regresar a dicho territorio por no encontrar mercado en el exterior.

MERCADERIAS NACIONALIZADAS:Son mercancías que no obstante haber nacido o sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, o creadas en otro territorio aduanero, han cumplido con todos los trámites inherentes a su nacionalización, o sea, los relativos y necesarios para su aceptación, adjudicación, liquidación, pago y retiro

MERCADO:Más que un sitio físico donde se encuentran vendedores y compradores de un producto, representa un proceso en donde se fijan los precios por los vendedores y compradores de un bien o servicio.

MERCADO COMUN:Es un área económica integrada por varias naciones, en la que además de realizarse una unión aduanera entre ellas, se eliminan las restricciones a los movimientos de los factores productivos, lo cual significa que debe haber la libre circulación de bienes y servicios, del capital y del trabajo, con la eliminación total de los controles aduaneros internos y el levantamiento de las barreras arancelarias que pudiesen existir.

MERCADO COMUN DEL SUR - MERCOSUR:Es un Acuerdo de Integración Económica con vocación regional, firmado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, se le denomina también Tratado de Asunción y es un Acuerdo abierto a la participación de los demás países miembros de ALADI. Fue firmado el 26 de marzo de 1991.

MERCANCIAS EN LIBRE CIRCULACION:Mercancías de las cuales se puede disponer sin restricciones, desde el punto de vista aduanero.

MERCANCIAS EXTRANJERAS:Son aquellas que han sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas manufacturadas, o creadas en otro territorio aduanero, sin que hayan cumplido os los trámites necesarios para su nacionalización.

MISIONES COMERCIALES:Cuando industriales y comerciantes de un país, acuden a otro país para explorar ese mercado y realizar contactos comerciales. Por lo general se acompañan de catálogos donde se describen los productos a negociar.

MODULO:Estructura básica suministrada por el promotor de una feria o exposición

MONOEXPORTADORES:Se refiere a los países que concentran la mayor parte de sus exportaciones, en un solo bien, generalmente un producto primario

MTD - Multimodal Transport Document:Son los documentos de transporte multimodal, normalmente emitidos por las líneas navieras de contenedores para cubrir el despacho de mercancías de un lugar de toma de cargo a un lugar de entrega.

MUELLAJE:Las tasas pagadas por usar un muelle o servicios de muelle (Derechos de Muelle)

MUESTRAS:Parte representativa de una mercancía o de su naturaleza, que se utiliza para su representación o análisis.

MULTILATERALISMO:Se aplica al comercio entre muchos países no restringido por acuerdos de preferencia bilateral, cuyos intercambios no están nivelados entre pares de países, no obstante de que tienden a equilibrarse en cuanto a los saldos globales de cada uno de ellos. Este intercambio permite que funcionen las ventajas comparativas del comercio internacional, pues los compradores escogen los vendedores que ofrezcan los mas bajos precios y la mejor calidad, y exportan sus productos en donde existan demanda para ellos..

NACIONALIZACION:Régimen aduanero en virtud del cual las mercancías importadas son puestas, por la aduana, a disposición de los interesados, previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras y de otro carácter que sean necesarias, así como del pago de los derechos e impuestos a la importación eventualmente exigibles, pudiendo, en consecuencia, permanecer dichas mercancías en territorio aduanero a título definitivo.

NEGOCIABLE:Transferible, la letra de cambio negociable puede transferirse por cesión, endoso o entrega a un tercero.

NETO:Se aplica al peso de una mercancía restando el de los embalajes o envases que la contengan.

NOTA DE CONSIGNACION:La nota de consignación de las características de un embarque en particular

NOTA DE EMBARQUE:Es un impreso completado por el exportador y que viaja con las mercancías hasta la entrega a la empresa naviera y contiene la información referente a las mercancías y una descripción de la misma.

OBVENCIONES:Son las remuneraciones señaladas por la Ley a los denunciantes y aprehensores de efectos decomisados, y solamente serán procedentes a los fines de la Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento

OCDE:Organización de Cooperación y Desarrollo Económico

OEA:Organización de Estados Am,ericanos. Desde 1948. Agrupa a los 34 Estados Americanos independientes, con excepción de Cuba.

OFICINA DE ADUANA:Locales y sitios anexos donde se cumplen habitualmente las formalidades aduaneras.

ONU:Organización de las Naciones Unidas, Organismo que reúne a todas las naciones del mundo, y en el cual se lleva a cabo un buen número de negociaciones internacionales de gran alcance económico, político y social. Su objetivo principal es el desarrollo de los pueblos y el mantenimiento de la paz mundial; fue creado en el año 1945.

OPERACIÓN DE TRANSITO ADUANERO:Es el transporte de mercancía desde una oficina aduanera de partida a una de destino bajo el régimen de tránsito aduanero.

OPERACIONES ADUANERAS:Conjunto de actividades de tráfico de mercancías sujetas a la potestad aduanera.

ORDENANTE:Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a su banco comprometiéndose a efectuar el pago. Es el importador.

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO - OMC:Constituye la base legal e institucional del sistema multilateral del comercio, proporcionando las principales obligaciones contractuales que determinan la manera como los gobiernos enmarcan e implementan su legislación y regulaciones internas en materia de comercio. Así mismo constituye la plataforma sobre la cual se desarrollan las relaciones comerciales entre los países vinculados mediante el debate colectivo, la negociación. Fue firmado el 15 de abril de 1994 en Marrakech, Marruecos por los representantes de 117 países participantes en la Ronda Uruguay y puesto en vigencia el 1º de enero de 1995.

OTM:Operador de Transporte Multimodal

OUTSIDERS:Buques que no pertenecen a una conferencia marítima

OVERNIGHT TASA:Es la tasa de interés cobrada por el mercado interbancario proveedor de fondos, a bancos que no presentaron liquidez al final de un día bancario. Es un indicador de iliquidez en el mercado

PA - Pallet Allowance:Rebaja en la contratación del flete por mercancía paletizada.

PABELLON:Espacio que reserva un país o institución para la exhibición de sus productos

PACKING LIST: Es una lista donde se especifica el contenido de cada bulto de una operación de exportación

PAGO CONTRA ENTREGA DE DOCUMENTOS:Es un procedimiento de pago mediante el cual se garantiza que las mercancías solo se entregan al cliente cuando se haya abonado la cantidad que se expresa en la letra de cambio, o cuando el cliente haya aceptado la letra con vencimiento (pago) en una fecha determinada.

PAGO DE CALETA:Es la liquidacion de los servicios portuarios de movimiento de las mercancías desde los almacenes hasta el sitio donde la naviera lo indique.

PALETA:Plataforma de madera o metal sobre la que se colocan las mercancías para el almacenamiento o transporte mecánico

PALLET:Plataforma constituida por dos pisos unidos por largueros. Madidas: Universal = 1200 X 1000 mm.

PARTICIPANTES:Países, instituciones, industriales y comerciantes que concurren a una feria a exponer sus productos y servicios

PASAJERO:Son todas aquellas personas nacionales o extranjeras, que entren al territorio nacional o salgan de él por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, en calidad de transeúntes, turistas, residentes y otros.

PASE AL VAPOR:Documento mediante el cual el agente autoriza a la naviera a retirar la mercancía en él descrita, de los almacenes. Los funcionarios del almacén tendrán una copia del pase al vapor para confrontarla con la que presenta la naviera

PERÍODO DE GRACIA:Es el lapso comprendido entre la fecha de emisión de un empréstito y la del primer abono por amortización del principal o capital.

PLAFOND LIMITE MAXIMO ARANCELARIO:Es una combinación de contingente cuantitativo y arancelario. Se establece un tiempo determinado para la suspensión o prohibición de importaciones o exportaciones.

PODER NOTARIADO OTORGADO AL AGENTE ADUANAL:Documento notariado que extiende el exportador e importador a favor del agente aduanal, mediante el cual lo autoriza a actuar en su nombre en todas las operaciones relacionadas con la actividad exportadora e importadora o en los trámites aduaneros correspondientes.

POLITICA COMERCIAL:Conjunto de medidas gubernamentales que regulan el comercio internacional, se ocupa de los aranceles, prohibiciones, cuotas, y contingentes a la importación, incentivos a las exportaciones, creación de área de libre cambio, acuerdos bilaterales o multilaterales, así como la estructuración de uniones aduaneras y otras formas de integración.

POLIZA DE SEGURO:Es el documento que recoge las condiciones en que se aseguran las mercancías. Pueden ser nominativas o a la orden

POSTPANAMAX:Buque qu no pueden pasar el Canal de Panamá

POTESTAD ADUANERA:Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre algunos bienes, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes y, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera.

PRECINTO:Sello de plomo, banda pegada o cualquier otra cosa que al abrirse se rompa. El precinto sirve para como medio de control, para evitar la apertura de cajones, contenedores, fardos u otro bulto o embalaje que asegure, sin que pueda evidenciarse.

PRECIO FOB DE EXPORTACION:Está constituido por la suma del precio del producto a puerta de fábrica, mas los gastos de transporte al lugar habilitado para la exportación y los necesarios para su colocación a bordo, incluyendo las tasas y los impuestos internos que se causen con motivo de su producción y exportación

PRECIO FOB NETO DE EXPORTACION:Diferencia entre el Precio FOB de Exportación y los gastos de comercialización causados y pagados en el exterior con ocasión de la exportación, mas los descuentos por ventas y otros gastos similares realizados en el exterior.

PRECIO NORMAL:Es aquel que se estima pudiera fijarse para las mercancías de importación, como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro, en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios

PRECIO OFICIAL DE REFERENCIA:Precio fijado por el Estado, generalmente con carácter temporal, para algunas mercancías de importación y exportación, y que constituye la base mínima imponible para el cálculo de los tributos aduaneros correspondientes.

PRECIO PROBABLE:Es el precio alcanzado en el territorio nacional por una mercancía idéntica a la importada en fecha anterior o próxima a la de valoración

PRECIO USUAL DE COMPETENCIA:Es el precio que habitualmente se aplica en las transacciones comerciales en condiciones de libre competencia para mercancías extranjeras idénticas o similares a las que se valoran.

PREENTRADA:El proceso de presentación de documentos en la aduana antes de la expedición o llegada de la mercancía

PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL - PAR:Es un instrumento multilateral establecido en el Tratado de Montevideo y esta destinado a amparar la totalidad del intercambio comercial originario de los países pertenecientes a la ALADI y consiste en una reducción porcentual de los aranceles aplicados por los países miembros de ALADI a las importaciones recíprocas de todos los productos originarios de sus territorios, salvo los incluidos en las respectivas listas de excepciones, que no recibirán el beneficio antes señalado, al ingresar al país de que se trate.

PREFERENCIAS:Son medidas que otorgan un acceso privilegiado a los bienes importados de un país en relación a los otros bienes, comúnmente a través de reducciones arancelarias, o mediante el levantamiento de cuotas y restricciones cuantitativas.

PRESENTACION DE MERCANCÍAS EN ADUANA:Acción de poner mercancías a la disposición de la aduana, para el cumplimiento de las formalidades aduaneras.

PRIMA RATE:Es la tasa cargada por los bancos comerciales norteamericanos a las empresas prestatarias de primera clase por préstamos a corto plazo. Esta tasa se cobra generalmente a las 50 empresas mas grandes de los Estados Unidos.

PRIMIUM - Prima:Es la cantidad que cobra el emisor de una opción y que le compensa el riesgo de cambio que asume.

PROMOCION DE EXPORTACIONES:Es el esfuerzo que realiza un país para promover las exportaciones no tradicionales y así reducir la dependencia de sus exportaciones en pocos artículos, generalmente productos primarios.

PROTECCIONISMO:Es el conjunto de políticas que tienden a reducir las importaciones, ya sea para beneficiar a la producción interna o bien para eliminar un problema de balanza comercial.

PROTESTA DE MAR:Puede ser por averías, naufragio, abordaje o incumplimiento de la presentación de la carga.

PROVISIONES DE A BORDO:Ingreso bajo potestad aduanera de los víveres y provisiones liberados del pago de impuestos de importación, destinados al uso y consumo de los pasajeros y tripulantes de vehículos que realicen transporte internacional de carga o pasajeros.

PUERTO FRANCO:Es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías

PUERTO LIBRE:Territorio sometido a régimen aduanero especial, en el cual pueden ingresar mercancías procedentes del exterior, libres de los gravámenes aduaneros, impuestos internos y restricciones cuantitativas, dentro del término y limitaciones previstas en la Ley.

PVD:Países en Vías de Desarrollo

PVD - ALA:Países en Vías de Desarrollo de Asia y América Latina

RANCHO:Víveres y provisiones destinados al uso o consumo de los pasajeros y tripulantes de vehículos que realicen transporte internacional. Se considera también rancho, el material de reparación y accesorios para estos vehículos

REASEGURO:Es el contrato en virtud del cual una empresa aseguradora, llamada reasegurador, asume en todo o en parte el riesgo ya asegurado por otro asegurador, comprometiéndose mediante el cobro de una prima, a resarcir en todo o en parte a dicho asegurador directo la indemnización que éste tenga que pagar en caso de producirse el siniestro.

RECARGO POR CONGESTION:Pago extra cobrado por la naviera además del flete, para cubrir el tiempo que deben esperar los buques antes de atracar o descargar en los puertos congestionados.

RECINTO FERIAL:Espacio donde se realiza una feria.

RECIPROCIDAD:Es la práctica de un país de entregar a otro país concesiones comerciales idénticas a las que éste concede.

RECONOCIMIENTO PREVIO:Ver examen previo

RECURSO:Acto por el cual una persona ejercita su derecho de reclamación o de petición ante la autoridad competente.

REDESCUENTO:El redescuento no es mas que la recepción de documentos (letras, o pagarés) a corto plazo que han sido descontados por instituciones financieras privadas e ingresan al Banco Central por endoso.

REEMBARQUE:Acción material de volver a embarcar una mercancía ya descargada.

REEXPORTACION:Exportación desde un territorio aduanero, de mercancías que han sido importadas anteriormente.

REGIMEN ADUANERO:Tratamiento aplicable a las mercancías sometidas al control de la aduana, de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación

REGIMEN DE DEPOSITO DE ADUANA:Régimen aduanero, en virtud del cual las mercaderías importadas son almacenadas bajo control de la aduana en un lugar designado a este efecto (depósito de aduana) sin pago de los derechos e impuestos a la importación.

REGIMENES SUSPENSIVOS DE DERECHO: Denominación genérica de los regímenes aduaneros que permiten la entrada o salida de las mercancías a/o desde el territorio aduanero, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación o a la exportación.

REGISTRO:Acto de fechar y numerar el documento en que se indica la operación o régimen aduanero a que debe someterse la mercancía

REGLAS DE ORIGEN:Disposiciones o normas específicas para determinar el origen de las mercancías

REIMPORTACION:Importación en un territorio aduanero de mercancías que han sido exportadas anteriormente desde el mismo territorio

REINTEGRO:Repetición de pago, devolución o restitución de lo pagado indebidamente por tributos, intereses, sanciones y recargos.

REMATE ADUANERO:Oferta y adjudicación de mercancías en pública subasta, realizada por la administración aduanera, conforme al procedimiento legalmente establecido.

REMESA:Utilizado en relación con los flujos de divisas. Es el dinero que envía a su país de origen la persona que trabaja en el extranjero.

REMESA DOCUMENTARIA:Es una letra de cambio que esta acompañada de ciertos documentos que deben ser entregados al librador contra pago o aceptación de su importe.

REMOLQUE LIGERO:Si el PMA es inferior a 750 Kgs.

RENUNCIA A LA CONSIGNACION DE MERCANCIAS:Designación de otra persona por parte del consignatario para declarar las mercancías. Tal designación puede hacerse mediante el endoso del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda, según el caso. Así como también, mediante escrito dirigido a la autoridad aduanera correspondiente, anexando la documentación de propiedad de las mercancías.

REPATRIACION DE CAPITALES:Es el regreso al país de origen del dinero invertido en empresas de otros países

REPOSICION CON FRANQUICIA ARANCELARIA :

REPOSICION DE EXISTENCIAS (STOCKS):Régimen aduanero que permite importar, por una sola vez, con liberación del pago de los impuestos de importación, mercancías equivalentes en cantidad, descripción, calidad y características técnicas, a aquellas respecto a las cuales fueron pagados los impuestos de importación, y que fueron utilizadas en la producción de mercancías exportadas previamente, con carácter definitivo

REQUISA:Examen que practica la autoridad aduanera en los vehículos, a fin de establecer la legalidad y condición de la carga y del rancho

REQUISA:Examen que practica la autoridad aduanera en los vehículos, a fin de establecer la legalidad y condición de la carga y del rancho.

RESERVAS DE UN CREDITO DOCUMENTARIO:Si los documentos no cumplen estrictamente los términos y condiciones establecidas en las condiciones del crédito, entonces se habla de reservas.

RESERVAS INTERNACIONALES:Son los activos denominados en moneda extranjera que los Bancos Centrales mantienen para hacerle frente a las necesidades de divisas de sus respectivos países

RESTRICCIONES CUANTITATIVAS A LA IMPORTACION:Consiste en fijar administrativamente un volumen determinado de importaciones, ya sea en unidades físicas o en valores. Debido a las prohibiciones, el estado no permite que se importen ciertos tipos de productos por considerarlos dañinos para la economía o salud de la nación

RETIRO:Acto por el cual la aduana autoriza a los interesados a disponer de una mercancía que ha sido objeto de un despacho

RIESGO POR PAIS:Son los riesgos financieros originados por la situación política o económica imperante en el país del comprador

ROL DE TRIPULACION :Nómina de los tripulantes de las naves, aeronaves y demás vehículos de transporte, con indicación de los datos exigidos por la legislación vigente.

ROLL ON ROLL OFF:Buques para transporte de carga rodada

RUEDAS DE NEGOCIOS :Cuando exportadores e importadores de uno o varios países, acuden a otro país y realizan negociaciones de compra venta, con exportadores e importadores del país anfitrión. Generalmente, los exportadores llevan muestras y catálogos de los productos, acompañando el equipaje.

RUPTURA DE CARGA - Breaking Bull:Es la descomposición total o parcial del container en sus elementos para proceder a su almacenaje o transporte al receptor de carga.

RUTAS LEGALES:Unicas vías de transporte autorizadas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes para el tráfico de las mercancías que se importen o exporten o circulen en tránsito.

SALA DE CONFERENCIAS:Lugar disponible dentro del complejo ferial para que los expositores, instituciones, fabricantes, comerciantes puedan dar a conocer sus productos, mediante charlas o conferencias

SDT:Declaración de cargadores para el transporte de mercancías peligrosas

SEA WAYBILL (SWB):Documento de Embarque No Negociable. Permite el acceso a la mercancía de la parte consignada contra identificación. Util para venta de la mercancía en tránsito.

SEGURO:Es un contrato por el cual una parte se obliga, mediante una prima, a indemnizar las pérdidas o los perjuicios que pueden sobrevenir a la otra en casos determinados o fortuitos o de fuerza mayor; o bien a pagar una suma determinada de dinero, según la duración o eventualidades de la vida o de la libertad de una persona.

SEGURO DE CREDITO:Es un contrato bajo el cual la empresa de seguros acuerda reembolsar a un mayorista, fabricante o intermediario, por las pérdidas fuera de lo común, ocasionadas por la falta de pago de cuentas por cobrar o por la insolvencia del deudor

SELA:Sistema Económico Latinoamericano- Organismo regional de consulta, coordinación, cooperación y promoción económica y social conjunta, de carácter permanente, con personalidad jurídica internacional, integrado por Estados soberanos latinoamericanos. Integrado por Argentina, Barbados, Bolívia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Guyana, Haiti, Honnduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

SELLOS ADUANEROS:Sellos que pone la aduana para la aplicación de ciertos regímenes aduaneros (tránsito aduanero, en particular), generalmente con el fin de prevenir o de permitir la constatación de cualquier daño a la integridad de los bultos o de los dispositivos de cierre de los vehículos o de los equipos de transporte. Pueden servir también de medio de identificación de las mimas mercancías

SERVICIOS DE BULTOS POSTALES:Comprende las operaciones aduaneras de importación y exportación de mercancías por correo

SHORT FORM BL - Blank Back:Se trata de un documento que no incluye todas las condiciones del contrato de transporte marítimo en el reverso del documento. Siempre ha de ser aceptado, a no ser que un crédito documentario especifique que no se acepta este tipo de BL.

SICRI:Sistema de Información Central de Riesgo -Es una lista de todos los deudores de los bancos que lleva la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

SIECA:Es la Secretaría Permanente del Mercado Común Centroamericano, con personalidad jurídica propia.

SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS:Nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes, las notas de las secciones, de los capítulos y de las subpartidas, así como las reglas generales para la interpretación que figuran en el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, dado en Bruselas el 14-06-83

SISTEMA DE PREFERENCIAS GENERALIZADAS:Son regulaciones destinadas a promover el comercio de los productos de los países en desarrollo, beneficiándolos con un tratamiento preferencial, que básicamente consiste en una disminución total o parcial de los gravámenes arancelarios. Los principios de éste Sistema fueron acordados en el marco de la UNTAD

SISTEMA MONETARIO INTERNACIONAL - SMI:Es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos que ordenan los pagos originados en las transacciones económicas internacionales

SISTEMA MULTILATERAL DE PAGOS:Sistema de liquidación de los saldos generales en el comercio de bienes, servicios o capitales entre países, consistente en el pago mediante medios monetarios o activos líquidos. Un país deudor cuando paga a otro acreedor, su pago puede ser utilizado por este último para saldar su deuda con un tercero.

SOBORDO:Documento que contiene una lista de las mercancías que constituyen el cargamento de la nave, aeronave y demás vehículos de transporte, en el momento de su llegada o salida a/o desde el territorio aduanero.

SOBRESTADIA:Dinero pagado por el exportador por los retrasos en la carga, descarga o por ocupar espacio en un puerto o almacén más allá de un plazo especificado.

SOBREVALUACION:Es el término aplicado a una moneda cuando puede comprar mas externamente cuando se cambia por una divisa, que cuando internamente se gasta o invierte en la compra de bienes y servicios nacionales

SPOT - Contado.:Es el cambio de compra venta de una moneda respecto a otra (generalmente USD)

SPREAD - Diferencial:Diferencia entre tasa de interés tomadora y prestadora.

STAND:Espacio donde cada expositor exhibe sus productos.

STANDARD & POOR´S CORPORATION:Es la agencia de calificación de riesgo crediticio norteamericana mas importante a nivel mundial

STRIKE PRICE - Precio de Ejercicio:Es el tipo de cambio prefijado en una opción de divisas.

SUBVALUACION:Es el término aplicado a una moneda cuando puede comprar más en su país de origen que cuando se cambia por una divisa para aplicarse en la compra de bienes y servicios importados.

SUSTITUCION DE MERCANCIAS:Régimen aduanero que permite introducir al territorio aduanero nacional con liberación de impuestos de importación, mercancías extranjeras que reemplazan a aquellas previamente nacionalizadas, que por haber resultado defectuosas o con diferentes especificaciones a las convenidas, deben retornar al extranjero.

SWAP:Venta y compra simultanea de una divisa en cantidades aproximadamente iguales en términos de vencimiento diferentes.

SWAPTIONS:Opciones sobre SWAPS

SWIFT - Society for Worldwide Interbank Financial Telecomunication:Mensajes de intercambio electrónico de datos entre bancos.

TAKEN IN CHARGE:Significa que la mercancía fue tomada para carga.

TARA:Peso que se rebaja en las mercancías por motivo de los embalajes, vehículo o cosa semejante en que están incluidas

TARA:Precio que no se aprecia en las mercancías por motivo de los embalajes o envases que las contienen. Con la Tara el precio se denomina bruto y sin ella peso neto.

TARIFA:Es un elemento de determinación tributaria. Representa la cantidad relativa de tributos aplicables aun hecho imponible. Puede ser ad-valorem, específica o mixta.

TARIFA AD-VALOREM:Es la cantidad porcentual del tributo aplicable al valor de las mercancías, para determinar el monto de la obligación tributaria. El valor en este caso constituye la base imponible.

TARIFA ESPECIFICA:Es la cantidad de tributo aplicable a una medida (unidades del sistema métrico decimal) de las mercancías, para determinar el monto de la obligación tributaria. El peso, la longitud o la capacidad en este caso constituyen la base imponible.

TARIFA MIXTA:Es una mezcla o combinación de las tarifas ad-valorem y específica. La obligación tributaria se determina aplicando tanto una cantidad porcentual de tributo al valor de las mercancías, como una cantidad de tributo a una medida de la misma.

TASA:Tributo exigido por el Estado, con motivo de la prestación de un servicio individualizado en el sujeto pasivo de la obligación. Equivale al precio fijado por el servicio público recibido.

TASA ADUANERA :Prestaciones pecuniarias que impone el estado, como consecuencia de la prestación de servicios vinculados a las actividades aduaneras.

TASA DE ALMACENAJE:Cantidad de dinero que debe pagar el usuario de los almacenes, patios y demás dependencias adscritas a la aduana, por la permanencia o depósito de mercancías en dichos lugares, según el volumen, peso o valor.

TASA POR CONSULTA DE CLASIFICACION ARANCELARIA:Cantidad que se debe pagar por consultar a la unidad competente, la clasificación arancelaria de cualquier mercancía.

TASA POR SERVICIOS DE ADUANA:Cantidad de dinero que debe pagar el usuario por el servicio que le prestan las aduanas para determinar el régimen aplicable a las mercancías sometidas a su potestad.

TERRITORIO ADUANERO:Territorio de un Estado en el cual las disposiciones de su legislación aduanera son aplicables.

THROUGH BL:Si el transporte marítimo lo efectúa mas de un transportista uno de los documentos que podrá cubrir la totalidad de la expedición en el Through BL

TIPO DE CAMBIO:Precio al cual una moneda nacional se cambia por una moneda extranjera

TLC:Tratado de Libre Comercio . Desde 1994. Miembros: Canadá, Estados Unidos y México

TLVO - Total Loss of Vessel Only :Pérdida total efectiva. El asegurador paga el cargamento solamente si el buque queda destruido. Es la mínima garantía.

TONELADA CORTA - Short Ton:2000 libras = 907,18 kgs.

TONELADA DE PESO MUERTO:Incluye el peso de la carga y de los consumibles de un buque

TONELADA LARGA - Long Ton:2240 libras = 1016,16 kgs.

TONELADA METRICA-MetricTon:2204 libras = 1000 kgs.

TRANSBORDO:El proceso de transferir la carga de un medio de transporte a otro

TRANSITARIO:La parte responsable de organizar la exportación y/o importación de la carga

TRANSITO:Es el paso legal y voluntario, por territorio aduanero nacional, de mercancías extranjeras destinadas a su consumo en otro territorio aduanero

TRANSITO ADUANERO:Es el régimen aduanero aplicable a las mercancías transportadas de una oficina aduanera a otra (de una de partida a una de destino), bajo control aduanero.

TRANSITO ADUANERO INTERNACIONAL:Es la operación en la cual solo se efectúa en el territorio aduanero nacional el paso de las mercancías

TRANSITO ADUANERO NACIONAL:Es la operación en la cual la aduana de partida o de destino es una aduana nacional

TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS:Carga hasta el límite de 20 Kgs. O 100 decímetros cúbicos, que sea transportada por vehículos de pasajeros en compartimientos especiales. Excluye animales vivos, explosivos o materiales que constituyan riesgo físico para las personas.

TRANSPORTE MULTIMODAL, INETRMODAL O COMBINADO:Es la operación de tránsito aduanero, mediante el cual el transporte de mercancías se realiza por dos o más modos diferentes de transporte, desde un lugar donde el operador del transporte multimodal se hace cargo de las mercancías a otro lugar designado para su entrega, situado en un país diferente.

TRASBORDO:Traslado de mercaderías efectuado bajo control aduanero en una misma aduana, desde una unidad de transporte a otra, o a la misma en distinto viaje, incluida su descarga a tierra, para continuar a su destino.

TRATADO:Convenio en el cual se establecen acuerdos entre dos o mas personas o países, sobre cualquier materia o acerca de varias materias.

TRIBUNAL ANDINO DE JUSTICIA:Donde se dirimen los problemas legales que surgen entre los países que conforman la Comunidad Andina, se crea el 28/05/79, con sede en Quito, Ecuador y se instala el 5/01/85

TRIPULANTES:Son todas aquellas personas que al arribar o al salir un vehículo del territorio nacional, por cualquier lugar habilitado para operaciones aduaneras, se encontraren a bordo del mismo, prestando servicios en calidad de empleado del transportador.

UBICACIÓN ARANCELARIA:Determinación del Código Arancelario correspondientes a las respectivas mercancías

UN:Naciones Unidas

UNCTAD:Conferencia sobre Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas.

UNIDAD MONETARIA:Es la expresión en términos de moneda de todos los precios y valores de un país

UNION ADUANERA:Sistema de integración que supone la supresión inmediata o gradual de las barreras aduaneras y comerciales a la circulación de mercancías entre los países que constituyen la unión, además frente a terceros países se aplica a las importaciones un arancel aduanero común

UNION ECONOMICA:Constituye la consolidación del mercado común, se eliminan las barreras al comercio, existe una tarifa externa común para terceros países, hay libre circulación de los factores de la producción y existe la armonización de las políticas económicas de los estados que conforman la unión.

UNION POSTAL UNIVERSAL U.P.U.:Es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas que tiene por objeto facilitar las relaciones entre los pueblos a través del correo. Se fundó el 1/07/48 y cuenta con 148 países miembros.

URU:Usos y Reglas Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional

VALOR C&f - Cost and freight:Costo y flete. El precio se entiende por mercancía puesta en precio de destino, flete pagado, seguro no.

VALOR CIF - Cost, Insurance and Freight:Costo, seguro y flete, significa que el precio se entiende por mercancía puesta en puerto de destino, flete y seguro pagado.

VALOR CIF & E - Cost insurance freight and exchange:El precio facturado por el exportador comprende (además del costo de la mercancía, el seguro y el flete), los gastos a que puede dar lugar el cambio y la negociación de su letra; estos gastos no pueden facturarse como extras.

VALOR EN ADUANA:Para calcular los derechos aduaneros que hay que aplicar, la Aduana define el concepto de Valor en Aduana, que es el de mercancía más todos los gastos (seguro, transporte, etc) que se hayan producido hasta el momento de pasar la aduana. Sobre este valor en aduana, se aplicará el tipo de arancel al cual este sometida la mercancía y el país de origen. El resultado de aplicar el arancel del valor en aduana se aplica el IVA correspondiente. Este valor es el Valor de la Mercancía.

VALOR EX -FABRICA Ex Works.:La mercancía es puesta, a disposición del comprador en el local habitualmente previsto, en el vehículo del comprador. Están incluidos en el precio apenas el embalaje necesario y los gastos para colocación de la mercancía en el vehículo transportador.

VALOR FAS - Free along side:Franco al costado del navío. El precio se entiende por mercancía puesta al costado del navío en el puerto convenido, con todos los gastos y riesgos hasta dicho puerto a cargo del vendedor.

VALOR FOB - Free on board:Franco a bordo. El precio se entiende por mercancía puesta a bordo del barco, con todos los gastos, derechos e impuestos y riesgos a cargo del vendedor hasta el momento en que la mercancía ha pasado la borda del barco

VALOR NORMAL :Precio normal, precio que, en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios, se estima que pudiera fijarse para las mercancías de importación como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia, entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro.

VALOR REAL:El precio al que son vendidas las mercancías en condiciones de libre competencia

VALORES DECLARADOS:Son envíos (cartas, impresos, cajas o paquetes postales) que pueden contener dinero metálico, billetes de banco o valores al portador, prendas o demás objetos preciosos y en general todo documento que represente valor en efectivo

VISITA DE RECEPCION Y CONTROL A BORDO DE AERONAVES:Operaciones por las cuales la aeronave es visitada por funcionarios de la aduana, a su llegada al aeropuerto o durante su permanencia en él, con el objeto de: a) recibir y examinar los documentos de la aeronave, b) registrar y vigilar la aeronave.

VISITA DE RECEPCION Y CONTROL A BORDO DE NAVES:Operaciones por las cuales la nave es visitada por funcionarios de la aduana, a su llegada al puerto o durante su permanencia en él, con el objeto de: a) recibir y examinar los documentos de la nave, b) registrar y vigilar la nave

VISITANTE:Son los industriales, comerciantes y cualquier persona que visita un recinto ferial o una exposición.

VISTA DE ADUANA:Funcionario técnico aduanero encargado de aforar las mercancías

WALL STREET:Es una dirección pero se emplea para referirse a las bolsas de valores de Estados Unidos, Bolsa de Valores de Nueva York y la Bolsa Americana de Valores.

ZONA ADUANERA:Area de circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósito, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas y , en general, por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga y descarga y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas.

ZONA DE ALMACENAMIENTO:Area integrada por patios, depósitos, y demás lugares de almacenamiento de las mercancías

ZONA DE LIBRE COMERCIO:Están formadas por dos o más Estados en las que se han eliminado los aranceles y otras barreras al comercio, las mismas tienen como objetivo mejorar la competitividad, incrementar las exportaciones y dinamizar la economía. Sistema de Integración que rige en un área formada por dos o más Estados que de forma inmediata o paulatina suprimen las barreras aduaneras y comerciales entre sí, pero manteniendo cada uno frente a terceros países, su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio

ZONA DE PREFERENCIAS COMERCIALES:Son acuerdos donde dos o más países se dan un tratamiento arancelario mas favorable que el concedido a otros países que se encuentran fuera del acuerdo preferencial.

ZONA DE VIGILANCIA ADUANERA :Parte determinada del territorio aduanero donde la aduana ejerce poderes especiales en virtud de los cuales aplica o puede aplicar medidas especiales de control aduanero.

ZONA FRANCA:Cualquier enclave nacional creado por las autoridades competentes de cada Estado, con el fin de considerar las mercancías que allí se encuentren fuera del territorio aduanero para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro impuesto. En las Zonas Francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de origen o de destino. Se pueden cargar y descargar, transbordar, almacenar y manipular mercancías. En casi todos los países del mundo existen Zonas Francas, las cuales ofrecen ventajas fiscales como suspensión de derechos aduaneros, IVA e impuestos especial es, no se aplican restricciones cuantitativas o cualitativas, etc.

ZONA FRANCA INDUSTRIAL:Zona franca en la cual las mercancías que se admiten pueden someterse a operaciones de transformación o perfeccionamiento legalmente autorizadas.

ZONA MARITIMA ADUANERA:Espacio marítimo donde la aduana ejerce jurisdicción de acuerdo con la legislación correspondiente

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