CARTAS DE CRÉDITO
Definición Carta de Crédito
Esta es una forma de hacer negocio entre un comprador y un vendedor que no se conocen, o que no se tienen la suficiente confianza, es usual que las cartas de crédito se utilicen, además de garantía de que se producirá el pago, como instrumento de financiación.
En esta forma de negociación un vendedor vende y un comprador compra (lo que implica de entrada que la carta de crédito ampara transacciones comerciales) y un banco intermediario garantiza el pago. El vendedor, en sus condiciones de venta estipula al comprador que exige carta de crédito como garantía de pago y le indica que se le cancele la carta de crédito.
Definición de Carta de Crédito en el Código de Comercio
El Artículo 1408 del Código del Comercio define el Crédito Documentario como:
“El acuerdo mediante el cual, a petición y de conformidad con las instrucciones del cliente, el Banco se compromete directamente o por medio de un Banco Corresponsal a pagar a un Beneficiario hasta una suma determinada de dinero, o a pagar, aceptar o negociar letras de cambio giradas por el Beneficiario contra la presentación de los documentos estipulados y de conformidad con los términos y condiciones establecidas”
Definición Carta de Crédito según las Entidades Bancarias
Según las Entidades Bancarias el medio de pago de mercancía en el ámbito internacional es la Carta de Crédito, consistente en el compromiso que adquiere el banco por solicitud de un cliente importador, mediante el cual, se obliga a pagar una determinada cantidad de dinero al vendedor en el exterior, siempre y cuando este último cumpla con las condiciones fijadas en la carta de crédito.
Para cumplir con el compromiso, es decir, efectuar el pago de la carta de crédito, el banco que la emite utiliza un banco corresponsal en el exterior.
Funcionamiento de la Carta de Crédito
Para ir introduciendo a los importadores colombianos en el funcionamiento de una carta de crédito, presentamos a continuación los procedimientos más comunes desde la apertura hasta la cancelación de la carta de crédito.
El vendedor, fija además las condiciones de pago especificando si la carta de crédito es a la vista, es decir, pagadera inmediatamente contra presentación de los documentos, o si concede algún plazo, indicando los intereses que se deben cancelar.
Los documentos mas frecuentemente solicitados son la factura comercial y la guía de embarque. Ocasionalmente se puede solicitar un certificado de inspección firmado por un experto independiente.
El vendedor exige que la carta de crédito sea confirmada e irrevocable. La confirmación ocurre cuando el banco del vendedor, conocedor del banco del comprador, decide responder por él ante el vendedor. Esto dará confianza al vendedor, ya que es su banco quien le responderá por el pago.
Se puede pedir además que le acepten despachos parciales. Es así mismo mandatario especificar la validez de la carta de crédito, deja una holgura que prevea cualquier retraso en la operación, ya que el banco no está obligado a honrar la carta de crédito si se presenta para su cobro después de su fecha máxima de validez.
Es frecuente en operaciones internacionales que paralelamente con la carta de crédito se expida una letra de cambio, en la cual el comprador acepta pagar al vendedor determinada cantidad de dinero en una fecha dada, la letra de cambio hace parte de los documentos requeridos en el cobro.
Conocidas las condiciones y aceptadas el comprador pide la apertura a su banco y la concesión del crédito si lo requiere. Usualmente, cuando el comprador y el vendedor residen en plazas diferentes, el banco notifica la operación.
Con la carta de crédito en la mano el vendedor procede a fabricar y a despachar la mercancía.
Inmediatamente se presenta al banco Avisador los documentos requeridos para cobrar la carta de crédito, así como el documento mismo de la carta de crédito, debidamente endosado por él represéntate legal.
Al presentarse los documentos en regla, la carta de crédito queda utilizada y para el comprador comienza a correr los plazos del crédito, si a ello había lugar. El vendedor recibe su dinero y la transacción queda completa. Los costos de esta operación se inician en el momento de la apertura cuando el banco cobra una comisión a quien ordena la operación, el otro costo, obvio es el interés que el banco cobra por la financiación. También se da otra serie de costos menores, como modificaciones, de prórroga, de gastos operativos, etc.
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