CREACIÓN DE EMPRESA: Nunca se es pequeño para exportar servicios. Se puede exportar servicios como persona natural o como persona jurídica Sin embargo, es recomendable, aunque no obligatorio, que usted se constituya como persona jurídica, es decir cree empresa, para realizar negocios en el exterior. DEFINA LA MODALIDAD DE SUMINISTRO DEL SERVICIO: Según el Acuerdo General de Comercio en Servicios, AGCS, de la Organización Mundial del Comercio (www.wto.org) se han definido cuatro (4) formas o modalidades por medio de las cuales el empresario puede suministrar, es decir exportar el servicio: Suministro transfronterizo: Consiste en la prestación de un servicio de un país a otro país, en consecuencia el que traspasa la frontera es el servicio. Hace referencia a los servicios que se exportan a través de cualquier medio de comunicación: fax, teléfono, correo electrónico (Internet), entre otros. Consumo en el exterior: Un consumidor extranjero hace uso del servicio en otro país. Es decir, el comprador del servicio se desplaza al país que ofrece el servicio. Ejemplo específico el turismo, los turistas que se desplazan a Colombia a disfrutar el servicio y luego regresan a su país. Presencia comercial: Residentes nacionales que para el desarrollo de su actividad establecen presencia comercial en otro país. Hace referencia a todo tipo de inversión que se realice en el país receptor, es decir que para prestar el servicio se requiere establecer una empresa en el país de destino. Movimiento de personas: Desplazamiento físico de personas, de forma temporal, de un país a otro para suministrar el servicio. Hace referencia a los servicios que requieren el desplazamiento del proveedor del servicio al otro país, como las diferentes formas de prestar consultoría o asesoría.
CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO A EXPORTAR: A nivel internacional existen diferentes clasificaciones en materia de servicios, entre ellas se encuentran: W120 de la Organización Mundial del Comercio (OMC); CPC de las Naciones Unidas; EBOPS del Fondo Monetario Internacional y la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU, entre otras. En el caso colombiano el Ministerio de Comercio Industria y Turismo utiliza la CPC de las Naciones Unidas (www.unstats.un.org) ESTUDIO DEL MERCADO OBJETIVO: Esta actividad implica investigar los mercados potenciales para el servicio que se desea exportar, sus condiciones y exigencias. Se requiere analizar el comportamiento de la oferta y la demanda, el suministro local y el origen de las importaciones. Adicionalmente, es necesario analizar la afinidad cultural y comercial y las condiciones de acceso relacionadas con: pruebas de necesidad económica; prohibición de prestar los servicios a través de cualquiera de los modos de prestación; exigencia de presencia comercial; restricciones a la inversión extranjera y participación accionaria en las empresas; restricciones al ingreso de servicios profesionales y personas físicas; requerimiento de visas y necesidad de convalidación y homologación de títulos, entre otros. PREPÁRESE PARA EXPORTAR SERVICIOS: Cuando se toma la decisión de exportar servicios es necesario tener en cuenta que se exporta un intangible, por lo tanto, la preparación se debe orientar a generar confianza y credibilidad en el cliente potencial, demostrar capacidades, habilidades y experiencia, contar con material publicitario e imagen de talla mundial, efectuar presentaciones públicas, estar dispuesto a realizar alianzas estratégicas y entrar a hacer parte de redes empresariales, entre otras. REGISTRO COMO EXPORTADOR MEDIANTE EL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT): De acuerdo con las disposiciones legales vigentes (Decreto 2788 de 2004) cualquier empresa o persona natural que ejerza la actividad exportadora, debe obtener el RUT que lo habilite para tal efecto ante la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN) y además estará obligado a operar bajo Régimen Común, por adquirir la condición de exportador y/o usuario aduanero. Este documento se tramita en la página en Internet de la DIAN www.dian.gov.co ADQUIERA LA FIRMA DIGITAL: Esta actividad se realiza ante CERTICÁMARA, entidad filial de la Cámara de Comercio de Bogotá, situada en la Calle 26 68D-35, piso 5°, www.certicamara.com . Luego de obtener la firma digital, el empresario envía el nombre de la empresa, nombre del representante legal, dirección de correo electrónico, número de teléfono, fax, dirección y ciudad de domicilio a la dirección de correo electrónico del Grupo Operativo del Ministerio de Comercio Industria y Turismo registro@mincomercio.gov.co. El Ministerio envía al empresario el usuario y contraseña correspondiente y el empresario procede a diligenciar la declaración escrita de exportación de servicios. DECLARACIÓN ESCRITA SOBRE CONTRATOS DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS: El Ministerio de Comercio Industria y Turismo es el encargado de llevar el registro de la Declaración Escrita sobre Contratos de Exportación de Servicios, trámite que se efectúa ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) utilizando el Formulario Único de Comercio Exterior (FUCE) Forma 01, acción que se realiza previo al reintegro de divisas, según lo dispuesto en el Decreto 2681 de 1999 y la Circular Externa 14 de 2007. TRANSMISIÓN DEL CONTRATO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS Y FACTURAS COMERCIALES: A través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) el empresario transmite escaneados como archivos adjuntos el contrato de exportación de servicios y/o las facturas de prestación de servicios. En caso que los anexos no puedan ser escaneados, se deben radicar físicamente en el Ministerio de Comercio Industria y Turismo o enviar por correo certificado, dirigido al Grupo Tecnología y Comercio de Servicios. Cuando se trata de un contrato global el empresario puede transmitir este contrato y subir al sistema cada una de las facturas en la medida que se expidan. Este procedimiento es necesario para recibir los beneficios o los incentivos otorgados a los exportadores de servicios IVA y retención en la fuente.
ASPECTOS CLAVES DEL CONTRATO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS: El contrato de prestación de servicios se debe hacer siempre por escrito y debería contener por lo menos la siguiente información: Identificación de las partes, objeto del contrato que establezca claramente el servicio a exportar, valor del contrato, medio de pago y especificar que la empresa contratante no tiene negocios ni actividades en Colombia. MEDIOS DE PAGO: Uno de los aspectos claves del contrato de exportación de servicios es definir la forma cómo su cliente pagará la exportación del servicio. Existen varios instrumentos de pago internacional, como cartas de crédito, letras avaladas, garantías Stand by, entre otros, que aseguran la transacción. Es necesario canalizar los pagos a través de intermediarios financieros autorizados. REINTEGRO DE DIVISAS: Una vez que las divisas provenientes de la exportación sean canalizadas a través de un intermediario cambiario como un banco comercial, el empresario deberá diligenciar el Formulario de Declaración de Cambio N°5 ante el Banco de la República para legalizar la entrada de las divisas al país por concepto de exportación de servicios. CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS SOPORTE: Es necesario que el empresario conserve los documentos soportes de la operación de exportación de servicios, la certificación del país de destino del servicio sobre la existencia y representación legal del contratante extranjero y la declaración dado el caso, sobre el pago del impuesto de timbre que se genere por el contrato por un término de dos (2) años, para poner a disposición de las autoridades correspondientes, cuando así se requiera.
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