viernes, 14 de mayo de 2010

Sistema armonizado para la descripción y codificación de mercancías - S.A. 2ª Parte



Sistema armonizado para la descripción y codificación de mercancías - S.A.



Descripción: Es una clasificación de mercancías, ordenadas de acuerdo con los criterios de clasificación basados en las materias primas y etapa de producción de las mercancías.


Esta basada en la Nomenclatura del consejo de Cooperación Aduanera (NCCA) del CCA y cuenta además con un conjunto de notas explicativas y de normas de interpretación vinculantes, ya que forman parte del protocolo del Convenio.


Constituye el núcleo central de todo el proceso de armonización de las clasificaciones económicas internacionales llevado a cabo conjuntamente por la Oficina de Estadísticas de las Naciones Unidas (UNSO) y la Oficina de Estadísticas de las Comunidades Europea (EUROSTAT).


Objetivos: Armonizar:


Las clasificaciones de comercio exterior para garantizar una correspondencia directa entre ellas.


Las estadísticas de comercio exterior de los países y garantizar la comparabilidad internacional de las mismas.


Contenido: Mercancías que son objeto de comercio internacional.


Estructura: Para los propósitos de clasificación arancelaria, el Sistema Armonizado proporciona una estructura jerarquizada que se distribuye en 21 Secciones identificadas en romanos, más 3 niveles de agregación con 98 Capítulos, 1241 Partidas y 5019 Subpartidas, que se identifican mediante códigos con 2, 4, 6, 8 y 10 dígitos.

Unidades Clasificatorias: Transacciones sobre mercancías que son objeto de comercio internacional.


Metodología


Para ser completamente coherente, un sistema de clasificación debe asociar cada producto individual con una sola partida y subpartida a la cual ese producto puede ser únicamente asignado. Por consiguiente, debe contener reglas diseñadas para asegurar que un producto dado sea clasificado en una sola y misma partida y subpartida.


El S.A. incorpora una serie de disposiciones preliminares presentando los principios en los cuales se basa y estableciendo reglas generales para asegurar una interpretación legal uniforme.


1. Para ello existen seis reglas, conocidas como Reglas Interpretativas Generales.


Regla No.1 La clasificación se determina por los textos de las partidas y por las notas de Sección o de Capitulo.


Regla No. 2 (a) La primera parte de esta regla extiende el alcance de una partida que se refiere a un artículo para cubrirlo no solamente completo sino también incompleto o sin terminar. La segunda parte de la regla, estipula que los artículos completos desarmados o sin armar, por ejemplo por conveniencias de empaque, manejo o transporte, serán clasificados en la misma partida como articulo armado.


Regla No. 2(b) los productos con más de un material o substancia, deben clasificarse de acuerdo con los principios de la Regla 3, a menos que otra partida se refiera a ellos en su estado completo o mezclado.


Regla No. 3 estipula los principios de clasificación de mercancías en el caso de ser clasificables en dos o más partidas:


Regla No. 3(a) la mercancía debe estar clasificada en la partida que proporcione la descripción más especifica.


Regla No. 3(b) se refiere a productos consistentes en un ensamble de diferentes artículos y productos presentados en conjuntos o surtidos. Pos aplicación de esta regla, la mercancía se clasifica en la partida aplicable al material o componente que le confiere su carácter esencial.


Regla No. 3(c) se aplica cuando la mercancía no puede ser clasificada por aplicación de la regla 3(a) o la regla 3(b) e indica que la mercancía debe ser clasificada en la última partida en orden numérico entre aquellas susceptibles de tomarse en cuenta para determinar su clasificación.

Regla No. 4 cuando el producto no se encuentre específicamente comprendido en ninguna partida del Sistema Armonizado (por ejemplo es nuevo en el comercio internacional), se clasificará en la partida que contiene artículos con mayor analogía.


Regla No. 5(a) regula la clasificación de cajas, estuches y continentes similares, presentados con los artículos con que fueron concebidos.


Regla No. 5(b) los envases importados con las mercancías que contengan.


Regla No. 6 La clasificación en las subpartidas de una partida debe determinarse, con referencia a los principios aplicables a la clasificación en las partidas de cuatro cifras. Para fines de clasificacion, sólo son comparables subpartidas del mismo nivel.


Las notas de sección o de capítulo, incluyendo notas de subpartidas.


Ciertas secciones y capítulos están precedidos por notas, que, como las reglas interpretativas, forman parte integral del Sistema Armonizado y tienen el mismo carácter legal. La función de las notas es definir el alcance preciso y los limites de cada subpartida o partida (o grupo de partidas, capítulo o sección).


Las notas de subpartidas se refieren exclusivamente a la interpretación de subpartidas.


Las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado.


En el S. A. las partidas (con sus subpartidas) están organizadas en 98 capítulos y estos en 21 secciones. Como regla general, las mercancías están dispuestas en el orden de su grado de manufactura: materias primas, productos no trabajados, productos semi - terminados, productos terminados.


La misma progresión existe dentro de los capítulos y partidas.


Tomado de la OMC (organización mundial de comercio)

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